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El contrato de prenda


Enviado por   •  25 de Junio de 2019  •  Ensayo  •  1.493 Palabras (6 Páginas)  •  524 Visitas

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Universidad del Istmo

Facultad de Derecho y Ciencias Políticas  

Licenciatura en Derecho y Ciencias Políticas

Derecho Comercial I

Trabajo de Investigación

Asignación Grupal

Preparado por:

Profesor de la asignatura:

Junio de 2019

Índice

Introducción …………………………………………………………………...….….…        3

  1. PRENDA ……………………………………………………………………        4

1.1 Concepto ……………………………………………………………….        4

1.2 Requisitos esenciales de los contratos de Prenda …………………….        4

1.3 Características del contrato de prenda…………………………………        4

1.4 Elementos de existencia………………………………………………….        5

 2.1 Elementos de validez …………………………………………………….        5

 2.2 Derechos del acreedor prendario ……………………………………….        5

 2.3 Obligaciones del acreedor prendario …………………………………….        5

III Conclusiones ………………………………………………………………………. …. 6

IV Bibliografía ………………………………………………………………………… ….7

V Glosario ……………………………………………………………………………... ….8

             

Introducción

El contrato de prenda fue el segundo derecho real de garantía sobre cosa ajena que conocieron los romanos. Para garantizar el pago de las deudas, primero surgió una garantía personal otorgada por otra persona distinta del deudor, que fue la fianza, que posibilitaba ante la insolvencia del deudor accionar contra el fiador. Pero como éste también podía ser insolvente, los romanos comprendieron que si una cosa respaldaba con su valor, el pago de lo adeudado, era más difícil evadir su cumplimiento. Así surgió la fiducia, por la cual el deudor entregaba una cosa suya en propiedad al deudor, que se la devolvía de buena fe una vez cumplida la deuda.

  1. PRENDA
  1. Concepto

La prenda es un derecho real accesorio de garantía que tiene como función accesoria el asegurar al acreedor el cumplimiento y satisfacción de su crédito, mediante un poder especial que se le confiere sobre la cosa pignorada.

Es requisito esencial de la prenda, la puesta en posesión del acreedor del bien mueble ofrecido en garantía del crédito, que puede ser propiedad del deudor o de un tercero, constituyéndose así, con ese desplazamiento de la posesión, la prenda sobre el bien mueble entregado.

La prenda no otorga a quien la posee la posibilidad de venderla, puesto que la prenda solo traslada la posesión y no el dominio del bien pignorado.

  1. Requisitos esenciales de los contratos de Prenda

Existen requisitos esenciales a los contratos de hipoteca según lo señala el Código Civil en su artículo 1548:

“Artículo 1548. Son requisitos esenciales a los contratos de prenda e hipoteca:

1.        que se constituya para asegurar el cumplimiento de una obligación principal;

2.        que la cosa pignorada o hipotecada pertenezca en propiedad al que la empeña o hipoteca;

3.        que las personas que constituyan la prenda o hipoteca tengan la libre disposición de sus bienes o, en caso de no tenerla, se hallen legalmente autorizadas al efecto.

Las terceras personas extrañas a la obligación principal pueden asegurar ésta, pignorando o hipotecando sus propios bienes.”

El inmueble que es objeto de la hipoteca debe ser transferido una vez se cumpla la obligación con el acreedor o entidad bancaria y el acreedor no podrá apropiarse del bien de la cosa dada en hipoteca, según lo establecen los artículos 1549 y 1550:

“Artículo 1549. Es también de esencia de estos contratos que, vencida la obligación principal, puedan ser enajenadas las cosas en que consiste la prenda o hipoteca para pagar al acreedor.

Artículo 1550. El acreedor no puede apropiarse las cosas dadas en prenda o hipoteca, ni disponer de ellas.”

1.3         Características del contrato de prenda

  • Es un contrato típico, porque se encuentra reglamentado en la ley.
  • Es un contrato unilateral, porque sólo nace la obligación para el acreedor de devolver la cosa dada en prenda. Sin embargo se convierte en un Contrato bilateral imperfecto porque genera derechos y obligaciones para ambas partes.
  • Es un contrato accesorio, ya que garantiza una obligación principal. Su objeto debe ser un bien mueble.
  • Es un contrato oneroso, porque reporta utilidad para ambas partes. Puede ser otorgada por el deudor o por un tercero (en garantía de un crédito ajeno).
  • Es indivisible: hasta que la obligación principal no se cumple completamente, la obligación accesoria de garantía se mantiene. Articulo 1551 Código Civil.
  • Es un contrato real, pues su perfección exige la entrega de la cosa. La regulación normalizada del contrato obliga a la entrega en posesión del bien mueble, pero puede también acordarse una prenda sin desplazamiento para cierto tipo de bienes, cuya entrega se lleva a cabo de modo simbólico, normalmente ligado a la inscripción en un registro público (Registro de Bienes Muebles).
  • Se transmite la prenda a través del orden sucesivo de herencia. Artículo 1562

1.4         Elementos de existencia

  • Consentimiento. Es el acuerdo de voluntades sobre la creación de obligaciones.
  • Objeto. El objeto jurídico directo es la creación de obligaciones; el indirecto es el dar, consistente en la transmisión temporal del objeto dado en prenda; el material es el bien mueble enajenable dado en garantía, el cual debe de existir en la naturaleza y estar dentro del comercio.

1.5         Elementos de validez

  • Capacidad. Toda vez que con la prenda se constituye un gravamen real sobre un bien en caso de ser representante, se requiere tener las facultades de dueño, o sea, poder ara actos de dominio, por lo tanto no pueden constituirla el tutor, la albacea, el padre en ejercicio de patria potestad y, en términos generales los administradores.
  • Ausencia de vicios de la voluntad. Al igual que los demás contratos se debe presentar el consentimiento el cual debe ser libre y no se debe ver afectado por circunstancias como el error, fuerza el dolo.
  • Causa lícita. Ésta debe ir conforme a la Ley y si no es así el contrato será nulo.
  • Formalidades. El contrato de prenda debe otorgarse en escrito y por duplicado para que cada uno de los contratantes tenga un ejemplar. Asimismo para que surta efectos frente a terceros, es necesario que la fecha conste en forma fehaciente e indubitable, sea porque se protocolizó o ratificó ante notario o juez, o bien se inscribió en el Registro Público de la Propiedad.
  • Para que la prenda se tenga por perfeccionada, se requiere de la traditio, o sea la entrega ya sea real o jurídica de la cosa objeto de la prenda (pignus).        

        1.6         Derechos del acreedor prendario

  • Derecho de retención. El acreedor tiene derecho a retener la cosa dada en prenda, mientras que no se cumpla la obligación garantizada. Artículo 1562.
  • De persecución y preferencia.
  • De enajenación. El acreedor a quien oportunamente no hubiese sido satisfecho su crédito, podrá proceder a la enajenación de la prenda en la forma prevenida por el Código Judicial. Articulo 1563 Código Civil

1.7         Obligaciones del acreedor prendario

  • Conservar la cosa. El acreedor debe conservar la cosa dada en prenda en el estado en que la recibió y no tiene derecho a usarla, salvo que lo autorice expresamente el deudor prendario.
  • Restituir la cosa. Una vez que la deuda ha sido liquidada y pagada, el acreedor tiene obligación de restituir la cosa dada en prenda.

III. Conclusiones

La prenda como derecho real de garantía, tiene el fin primordial de garantizar el cumplimiento de una obligación.

Según nuestro Codigo Civil puede darse en prenda todas las cosas muebles que están en el comercio, con tal que sean susceptibles de posesión.

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