El viejo Contrato de transporte terrestre
Enviado por Guadalupe Gonzalez • 25 de Junio de 2017 • Documentos de Investigación • 880 Palabras (4 Páginas) • 284 Visitas
Contrato de transporte terrestre
Por este presente contrato, se celebra por la señora Gladis Boyet ventura, de nacionalidad mexicana, con edad 19 años, con domicilio en el municipio de Cuautitlán Izcalli, estado de México , colonia el dorado, mz 32, lt 24, calle poniente 17, con numero de identificación de expedida por el INE (GMVLMR80070501M100), así mismo denominándose porteador(a), por la otra parte el sr, pancho López Ruiz , de nacionalidad mexicana, con edad 20 años, con domicilio Cuautitlán Izcalli, estado de México, colonia américas 2, mz 42, lt 709, calle Quirihuas , con numero de identificación expedida por el INE (GZFAJL75120909H400), así mismo denominándose cargador, acreditando su personalidades, bajo los fundamento legales del articulo 2.3,2.5 bis , del código civil del estado de México.
Declaraciones
Primera- el cargador, pancho López Ruiz, declara, que es una persona física, con las cualidades de entrega, sin ningún inconveniente el cargamento, Contando con 10 años de experiencia, por lo cual no será ningún problema, la entrega.
Segunda- el cargador, , pancho López Ruiz menciona que durante el viaje se llevara por lo menos 2 ayudantes, que estarán supervisando , la mercancía.
Tercera- la porteador(a) Gladis Boyet ventura, declara que la carga, será de (Tequila, Vodka, Whisky, etc.), de forma licita, que será entregado, en su domicilio mencionado anteriormente.
Cuarta-la porteador(a) Gladis Boyet ventura, manifiesta y declara, estar de acuerdo con el servicio del cargador, Eduardo bautista Juárez, siempre que este no tengan ninguna causa, que lo desvincule de sus responsabilidades durante, el transcurso del viaje.
Clausulas
Primera- , el cargador se obliga a realizar por su propia cuenta y riesgo y con su propio medio de comunicación, el transporte de cajas de licor (Tequila, Vodka, Whisky, etc.), desde el municipio de Cuautitlán Izcalli, hasta el municipio de valle de Chalco, estado de México.
Segunda-el precio del transporte es de $1, 000,000.00 (Un millón de pesos 00/100 M. N.) por un total de 1000 cargas de cajas de tráiler transportado hasta la Ciudad de Puerto Vallarta, Jalisco
Tercera-. El CARGADOR es el responsable de proporcionar al PORTEADOR la información necesaria con respecto a las características de la mercancía así como su especie para su transportación.
Cuarta- la porteador(a) tiene el derecho de revisar la mercancía para el reconocimiento de la misma el cual podrá hacerlo ante la presencia del CARGADOR o antes la presencia de dos testigos.
Quinta- En caso de averías o perdidas de las mercancías, o accidentes en el transcurso del camino, la cantidad que el PORTEADOR deberá pagar se ajustara en proporción directa a tales daños o perdidas, tomando el valor de lo declarado como base para hacer los ajustes necesarios, los daños averías o perdidas serán valuados y dictaminados por un perito designado de común acuerdo por las partes.
Sexta- la forma de pago será en efecto al instante, de la cantidad de 1.000.000/ un millón de pesos en (m/n) , una vez entregado el cargamento con bienestar.
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