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Ensayo De Juicios Orales Baja California


Enviado por   •  16 de Agosto de 2011  •  1.075 Palabras (5 Páginas)  •  1.543 Visitas

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NUESTRO NUEVO SISTEMA DE ENJUICIAMIENTO PENAL; conceptos preliminares, primer borrador.-

Presentación para la Barra de Abogados de Ensenada, A.C. 28-III-08.

1.- Pocos estarían dispuestos a decir que nuestro actual sistema de justicia penal es satisfactorio; entre los abogados parece predominar la idea de que es necesario un cambio profundo, sustancial, pero al igual que en tantos otros aspectos, tampoco en éste sabemos qué cambio hace falta. No obstante, en años recientes se ha generalizado la tesis de que el cambio debe ir por la ruta de la oralidad; la expresión (repetida insistentemente en todos los códigos procesales vigentes desde hace muchos años) se ha puesto de moda.

2.- Hoy tenemos ya publicados dos ordenamientos que tienden a impulsar un nuevo sistema de justicia:

Un nuevo Código de Procedimientos Penales (P.O.19-X-07) que si otra cosa no ocurre entrará en vigor el 1º de junio de 2009 en Mexicali; en Ensenada el 1º de junio de 2010 y el 1º de junio de 2011 en los demás municipios;

Una Ley de Justicia Alternativa (P.O.19-X-07) que tiende a impulsar la mediación y la conciliación como formas de solución de controversias.

3.- La manera en que llegó a nuestra vida pública este nuevo Código de Procedimientos Penales pone en evidencia que los bajacalifornianos aún vivimos bajo el complejo de Quetzalcóatl que nos legaron nuestros antepasados; seguimos creyéndonos incapaces de hacer por nosotros mismos los cambios trascendentes. Seguimos teniendo necesidad de que sean otros que vienen de fuera los que nos traigan los cambios, los que nos digan cómo resolver nuestros problemas, inclusive los de índole estrictamente local. Nuestros políticos no confían en los profesionales bajacalifornianos. Sienten la necesidad imperiosa de traer personas de otros lares. En reciprocidad tampoco nosotros confiamos en ellos. (Esto pone en entredicho, evidentemente, nuestra capacidad de subsistir como entidad federativa).

4.- A continuación algunas características del nuevo sistema, vistas en un primer y superficial acercamiento:

a).- Se crea un Centro Estatal de Justicia Alternativa que tiene por objeto aliviar la enorme carga litigiosa de nuestro Poder Judicial. Sabiendo que nuestra cultura es poco proclive al arreglo voluntario de las controversias, todavía es impredecible el futuro de esta nueva institución.

b).- Se autoriza la mediación y conciliación inclusive en materia penal, restringida (por supuesto) a los delitos de poca monta. Esta decisión debería venir acompañada de otra: recoger las enseñanzas de la doctrina del derecho penal mínimo y darle una buena sacudida a nuestro Código Penal para que sean delitos únicamente las conductas verdaderamente graves.

c).- Este sistema de mediación y conciliación fácilmente puede degenerar en una serie de mecanismos que propicien la corrupción rampante. El riesgo es que todo se vuelva negociable, que sólo el que no tenga dinero pase por un proceso penal. Esto debiera llevarnos a una nueva reflexión sobre lo esencial del derecho penal en cuyo ejercicio no debiera estar interesado únicamente el ofendido, sino principalmente la sociedad. El delito de peculado de nueva cuenta dejará de ser grave. Hace apenas dos años hubo una reforma para considerarlo grave. Ningún funcionario público ha sido procesado bajo ese esquema.

d).- El mal uso del idioma es una de las características muy visibles del nuevo código: lenguaje redundante, repetitivo, confuso, palabras ca-rentes de sentido técnico. Cualquier abogado con mediana

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