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Ensayo De La Teoria Pura Del Derecho


Enviado por   •  9 de Marzo de 2014  •  3.361 Palabras (14 Páginas)  •  368 Visitas

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HANS KELSEN LA TEORÍA PURA DEL DERECHO.

Hans Kelsen elaboro la teoría pura del derecho, con el afán de analizar y explicar al Derecho como un fenómeno social involucrando ideologías y la moralidad.

El autor maneja el término de Derecho Puro porque quiere eliminar cualquier disciplina que no se vea involucrada con el Derecho, se dice que la relación del derecho con la biología, la psicología, con la ética y la teología pierde fuerza y originalidad al derecho.

Prevalece la división del acto por una parte de modo subjetivo y objetivo, tratándose del modo objetivo es el mas puro y el que se apega mas a la ley, por tanto los actos deben ser interpretados de acuerdo a lo jurídico, al interpretarse de la manera mas objetiva posible se esta mas cerca de estar practicando el derecho puro, si un acto no se mantiene relación con una ley entonces no es un delito, es necesario que un acto aparentemente ilícito este escrito en una norma para considerarse como delito.

La justicia es el que regula el orden social justo además la justicia es una idea irracional, que lo consideremos para el querer y el obrar humanos.

El positivismo del derecho liga hechos con otros, pero hay que fijar que no se trata de una liga de la causa y efecto, por ejemplo, la pena no sigue al delito como efecto de una causa, al existir un hecho ilegal por obviedad debe aplicarse la consecuencia jurídica, y por tanto se enlaza con la normas contenidas en el derecho.

La Teoría Pura del Derecho, rompe con la idea de que los hombres infringen o violan el Derecho, al cometer un acto antijurídico por tanto trata de demostrar que el Derecho no es infringido o violado por la antijuridicidad, sino que cumple con su función.

El Derecho en conjunto con las normas y leyes, regulan la conducta de los hombres cuando un legislador afirma que por ejemplo quien comete homicidio debe ser castigado, este señalamiento es para determinar que los hombres se abstengan de matar, robar, violar y a su vez se castigue al o los sujetos que cometan actos indebidos, con la finalidad de promover en ellos una conducta adecuada.

La teoría del Derecho en término general, es heredero del Derecho Natural, debido a que existe una dualidad es decir el Derecho subjetivo y objetivo, público y privado, la relación de Derecho y Estado con la funcionalidad de regular el orden jurídico positivo, como también los limites de su contenido.

La autonomía en el ámbito del derecho no existe como tal si no que esta se proporciona de manera limitada, nadie puede concederse derechos a si mismo, los derechos y obligaciones de los individuos son aplicados de manera general para no llegar a una ventaja, como también esta idea de la autonomía aun en la ramificación de derecho, el objetivo que maneja el Derecho privado aun siendo tal, no tiene autonomía.

El deber jurídico en la teoría pura del Derecho es manejada como la normas del Derecho es decir se aplica a la conducta y el equilibrio de los hombres a manera que se conceda individualizadamente (derechos y obligaciones), por ejemplo el perjudicado puede manifestar su voluntad, por medio de elementos como lo es la demanda y la institución encargada de suministra y mediar situaciones agravantes, esto cuando el acto antijurídico sea cometido por otro es decir la ilegalidad que produjo este ultimo.

En el Derecho objetivo maneja a la facultad jurídica como un contenido posible y necesario y el Derecho subjetivo no es distinto del objetivo, sino el Derecho objetivo se encamina a un sujeto en específico, conjugándose como el deber de hacerse.

La relación del Derecho con la persona es la siguiente, persona es aquel individuo que tiene deberes y facultades jurídicas, y de hay se desplaza el concepto de persona jurídica y persona física, entonces la persona física no es el hombre como tal si no que es un personaje que se rige por normas reguladoras de su conducta humana, y la persona jurídica son los entes en colectividad.

La relación jurídica es la relación entre dos hechos, en el que por un lado consiste en una conducta humana encuadrada en forma de deber jurídico y el otro de facultad, Por su parte el orden jurídico es un sistema de normas jurídicas, es decir la colectividad de normas que constituye una unidad. Según la clase de norma, se pueden distinguir dos clases de órdenes, la primera clase refiere a la conducta del hombre, la otra clase refiere a una moral.

El objeto de la ciencia del derecho es el comportamiento humano y lo constituyen las normas jurídicas, el comportamiento o conducta humana esta contenida en las normas jurídicas, en los órganos jurídicos se produce el derecho que puede ser descrito y conocido por la ciencia jurídica, que posee un carácter constitutivo y produce su objeto al concebirlo como una totalidad significativa, la ciencia del derecho es la que se encarga de describirlo ya que a diferencia del derecho producido prescribe algo, lo enunciado por la ciencia del derecho no obligan ni facultan a nada ni a nadie, pueden ser verdaderos o falsos, mientras que las normas producidas por la autoridad jurídica no son ni falsas ni verdaderas, solo son válidas o inválidas y obligan y facultan a los sujetos del derecho.

La ciencia del derecho es limitada a la distribución y al conocimiento de las normas jurídicas y las relaciones que entre los hechos por ellos determinados, cuando existe una ciencia social diferente de la ciencia natural es necesario describir su objeto según un principio que se diferencie de la causalidad en el cual la sociedad es un orden normativo del comportamiento humano, el comportamiento humano es el enlace de los actos de los individuos entre sí y con otros hechos según el principio de causalidad, la ciencia de la sociedad a la ciencia de la naturaleza solo puede contraponerse cuando la sociedad es entendida como un orden normativo de la interacción humana.

El Derecho regula su propia creación, el orden jurídico es un sistema en una serie escalonada de diversas zonas normativas del estado, la cual se jerarquiza de la siguiente forma. el grado supremo de un orden jurídico estatal esta formado por la constitución, cuya función esencial consiste en determinar los órganos, como lo es el Legislativo, Ejecutivo y judicial, y el procedimiento del a creación de normas jurídicas generales, es decir, de la legislación.

El grado inmediato lo constituyen las normas generales creadas por el procedimiento legislativo, cuya función consistes no solo en determinar los órganos y el procedimiento, sino, en esencia, también el contenido de las normas individuales, creadas de ordinario por los tribunales y las autoridades administrativas.

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