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Ensayo Tal


Enviado por   •  14 de Julio de 2014  •  760 Palabras (4 Páginas)  •  219 Visitas

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C. JUEZ PRIMERO DE DISTRITO CON RESIDENCIA

EN CHETUMAL, QUINTANAN ROO.

AUGUSTO TURCOTT CARDENAS en mi carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de BANCO UNIÓN, S. A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE en liquidación, hoy en quiebra tal y como lo acredito con las copias certificadas de la Escritura 51,049, Volumen 1230 de fecha 4 de marzo de 2004, tirada por el Licenciado ROBERTO NUÑEZ Y BANDERA, Notario número 1 del Distrito Federal y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos, los estrados de este H. Juzgado, autorizando en los términos del artículo 27 de la Ley de Amparo al LIC. DIONICIO GARCIA ZUÑIGA con Cédula Profesional número 4454101, registrada en el Sistema Computarizado para el Registro Único de Profesionales del Derecho, ante los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, con el número de Registro Único: 89789, de igual manera autorizo para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos a los Pasantes en Derecho MARGARITA FRANCO NORIEGA, JOSE CARLOS MUÑIZ JIMENEZ, CLAUDIA LILIANA ROJAS ABASOLO Y EDHER SÁNCHEZ RODRÍGUEZ asÍ como al C RAUL ROBERTO JUAREZ GONZALEZ, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo.

Que por medio del presente escrito, vengo a demandar el AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL, en contra de los actos que señalaré a continuación como reclamados, y a fin de ajustarme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Ley de Amparo manifiesto:

I.- Nombre y domicilio del quejoso: se encuentra precisado en el proemio de esta demanda.

II.- Nombre y domicilio del tercero perjudicado:

A).- INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, hoy INSTITUTO DE FOMENTO A LA VIVIENDA Y REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, cuyo Apoderado señaló en el Juicio Natural como domicilio para oír y recibir notificaciones el predio marcado con el número 474, de la Avenida Álvaro Obregón, Colonia Centro, de la Ciudad de Chetumal, Estado de Quintana Roo.

B).- INSTITUTO DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO por sus siglas IPAE, quien es causahabiente del INSTITUTO DE FOMENTO A LA VIVIENDA Y REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, antes INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, al haber adquirido los derechos litigiosos y de propiedad de la superficie de terreno de SIETE MILLONES SETECIENTOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS, ubicados en el Municipio de Solidaridad (antes de Cozumel), del Estado de Quintana Roo, quien señaló en el Juicio Natural como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el predio marcado con el número 161, de la Calle Álvaro Obregón, entre Jalapa y Tonala en la Colonia Roma, de la Delegación Cuauhtemoc, C.P. 06700 de la Ciudad de México, Distrito Federal, y por estar

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