Ensayo constitucional. Principio de Legalidad
Enviado por MIGMAD28301 • 19 de Febrero de 2018 • Ensayo • 1.382 Palabras (6 Páginas) • 174 Visitas
La distribución del Poder Público en Venezuela está claramente definida en el Titulo IV, Capítulo I, Articulo 136 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 “Articulo 136. El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral”. Cada uno de estos cinco órganos jurídicos como expresa la Constitución está debidamente separados, son autónomos e independientes entre sí, teniendo sus propias competencias constitucionales y legales específicas. El Poder Legislativo esta conformado por la Asamblea Nacional que la componen los Diputados o Diputadas, el Poder ejecutivo que lo compone el Presidente de La Republica, el Vicepresidente o Vicepresidenta y los Ministros o Ministras, además de los funcionarios que determine la constitución y la ley, el Poder Judicial que lo componen el Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales, el Ministerio Publico, la Defensoría Publica, los Órganos de Investigación Penal, los Auxiliares y funcionarios o funcionarias de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los ciudadanos o ciudadanas que participan en la administración de justicia autorizados conforme a la ley y los abogados o abogadas debidamente autorizados para el ejercicio, el Poder Ciudadano que según mandato constitucional (Articulo 273 del Capítulo IV) está integrado por: el Defensor o la Defensora del Pueblo, el Fiscal o la Fiscal General y el Contralor o Contralora General de la Republica, por último el Poder Electora se ejerce por el órgano rector que es el Consejo Nacional Electoral y demás órganos subordinados a este como lo son: la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política Financiamiento.
Además del Poder Público Nacional, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en este mismo Artículo 136 que la distribución del Poder Público lo conforma también el Poder Estadal que está bajo la administración directa de un Gobernador o Gobernadora (Poder ejecutivo), un cuerpo Legislativo que lo integran los Diputados o Diputadas del Consejo Legislativo Regional, la Contraloría del Estado (Poder Ciudadano) y un Poder Judicial Estadal ejercido por las sedes regionales de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura), es de resaltar que el Capítulo III, Articulo 159 de La Constitución de la Republica Establece, que: Los Estados son entidades autónomas e iguales en lo político, con personalidad jurídica plena, y quedan obligados a mantener la independencia, soberanía e integridad nacional, y a cumplir y hacer cumplir esta Constitución y las leyes de la República.
El Capítulo IV, Articulo 168, establece que los Municipios constituyen la unidad primaria de la organización Nacional, gozando además de autonomía dentro de los límites y alcances contemplados en la Constitución y en Ley, siempre y cuando no menoscabe ni interfiera en las atribuciones de los demás entes. Al igual que los Estados, éstos tienen personalidad jurídica, y son representados por un Alcalde que ejerce el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo lo ejerce el Consejo Municipal a través de los Concejales Municipales y el Poder Ciudadano que es ejercido por la Contraloría Municipal.
Según lo establecido en el Artículo 136 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como disposición fundamental que regula la distribución del Poder Público además reza que: Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaboraran entre sí en la realización de los fines del estado. A cada uno de los poderes corresponden según la Carta Magna (Articulo 137) y la ley, las atribuciones de los órganos que lo ejercen, a los cuales se sujetan las actividades que realicen, tomando esto como punto de partida al análisis del Principio de Legalidad. El Principio de Legalidad es:
Un sistema de leyes que debe ser cumplido y otorga a la aprobación a determinadas acciones, actos o circunstancias, La legalidad es, entonces, todo lo que se realice dentro del marco de la ley escrita y que tenga como consecuencia supuesta el respeto por las pautas de vida y coexistencia de una sociedad dependiendo de lo que cada una de ellas entienda por tal concepto (Abdelkarim Y Bosignori) 2012, vol. 35.
Partiendo del concepto de Legalidad se dice entonces que los Poderes Públicos del Estado Venezolano en el ejercicio del poder están sujetos a la voluntad de la ley y de su jurisdicción y no a la voluntad de las personas, tal como también en el mismo sentido lo expresan los Artículos 7 y 137 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela sobre el sometimiento de los Poderes del estado a la Constitución.
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