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Ensayo sobre Análisis de la Sentencia de Unificación 130 de 2013.


Enviado por   •  23 de Julio de 2016  •  Ensayo  •  716 Palabras (3 Páginas)  •  200 Visitas

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Ensayo sobre Análisis de la Sentencia de Unificación 130 de 2013

El tema de pensiones en Colombia aborda una compleja normatividad donde cada caso en sentencia nos arroja o nos plantea la necesidad de aclarar algunos artículos adicionando o detallando en bien de que el estado por medio del Sistema de Seguridad Social Integral en este caso el Sistema General de Pensiones, sea consecuente con los principios establecidos constitucionalmente como lo es la Solidaridad, que hace hincapié al hecho de llegar a la población más vulnerable partiendo de los mismos derechos irrenunciables dentro del campo de aplicación para todo afiliado y/o beneficiario. En su mayoría de los casos, relacionados a este aparte, con la tercera edad cobijada bajo connotación de circunstancia de debilidad que tanto expresa este principio balo los aspectos de condición económica, física o mental.

Cabe anotar que si tomamos la parte literal del objeto del Sistema de Seguridad Social Integral amparada en la ley 100 de 1993 nos encontramos con la referencia “calidad de vida acorde a la dignidad humana”,  lo cual enmarcaría una afectación a la integridad de la persona (dignidad humana) con un carácter judicial que transformaría los derechos constitucionales del Sistema en mención, a derecho fundamental e implicaría la obligatoriedad al acatamiento de las tutelas citadas.

Siendo más puntual el caso es que el Acto Legislativo 01 de 2005, en su contenido se inclina a respetar ciertos aspectos de la Ley 100 de 1993 como es el de las condiciones dadas para los cotizantes al 1° de abril de 1994, como el tener 40 o más años de edad y más de 15 años cotizados para esta fecha y desde ese punto de vista se pensionaría a los 60 años el caso de un hombre por ejemplo, pero leyendo las condiciones para el año 2010, nos encontramos que debe cumplir la edad de jubilación (60) hasta el 31 de diciembre de 2014; para el caso de tener los 40 años hasta el 1° de abril de 1994, aun cumpliendo los 60 años del 2 de abril al 31 de diciembre de 2014, que es la fecha máxima, no clasificaría porque solo cuenta hasta el 1° de abril del 94 los 40. Son detalles para analizar. Sin embargo, también se invalida ciertos traspasos a otro régimen de pensión con el fin de no perder derechos.

La demanda de inconstitucionalidad deja entrever que la ley debe ser consecuente con cada uno de los factores establecidos para el reconocimiento del pago de la liquidación de las pensiones y no poner fin de forma extrajudicial a la búsqueda de derechos pensionales no atendidos por medio de transacciones laborales.

A medida que  pasa el tiempo la necesidad de pertenecer a un régimen de pensiones se va acreditando. Dependiendo de los mecanismos que se utilicen, en defensa de sus derechos. Ofreciendo a los cotizantes dos regímenes que tienen el mismo fin, beneficiar a las personas de una manera u otra. Dicho derecho se obtiene con base al determinado número de semanas de cotización dependiendo de del monto depositado en la respectiva cuenta. La cual es privada. Ofrece a los usuarios deferentes beneficios dependiendo del régimen pensional al cual se pertenece.

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