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Escrito por el que se promueven medios preparatorios a juicio


Enviado por   •  1 de Octubre de 2019  •  Práctica o problema  •  666 Palabras (3 Páginas)  •  164 Visitas

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ESCRITO POR EL QUE SE PROMUEVEN MEDIO PREPARATORIOS

C. JUEZ DE LO MERCANTIL EN TURNO

PRESENTE

Medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil, Yo Karla Alejandra Soriano Vivas en mi carácter de endosatario en procuración de Carlos Herrera Silva, señalando domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el despacho ubicado en: Oxford 14, Juárez, 06600 Juárez, CDMX. Ante usted me compadezco a exponer:

Que vengo a promover medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil en contra de Cristian Eder Arroyo Reynoso con domicilio ubicado en: Emiliano Zapata N° 13, San Martin Cuautlalpan, Chalco, Estado de México.

Me fundo para hacerlo bajos las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:

HECHOS

I.        El día 28 de noviembre del 2018, el Sr. Carlos Herrera Silva emitió un pagare por la cantidad de $900,080.00 (Novecientos mil ochenta pesos 00/100 M/N) a él hoy demandado Cristian Eder Arroyo Reynoso debido que este mismo le pidió prestado para poder celebrar su boda y este se comprometió a pagar el 28 de marzo del 2019. Ese mismo día que se emitió el pagare, se le entrego el efectivo justo y exacto con la cantidad que se mencionó anteriormente. El aseguro pagar en 28 de marzo del 2019 dicha cantidad sin atrasos y se mencionó el lugar que se pagaría que está ubicado en: Isabel la católica 1198, Independencia, 03630 Ciudad de México a las 15:30 horas.

II.        El día 27 de marzo del 2019, el C. Carlos Herrera Silva, llamo por teléfono al demandado Cristian Eder Arroyo Reynoso para confirmar la cita para el pago y no le contesto.

III.        El día 28 de marzo del 2019, el C. Carlos Herrera Silva acudió al lugar indicado para recibir el dinero, llegando desde las 15:15 horas para evitar retrasos, y espero alrededor de 3 horas a que llegara el hoy demandado y marcándole varias veces siendo rechazadas todas sus llamadas.

IV.        Al día siguiente al anterior hecho, el C. Carlos Herrera Silva, volvió a llamar al demandado y en los meses siguientes no había contestado.

V.        El día 15 de abril del 2019, lo pudo localizar en su domicilio ya mencionado, y al llegar a su casa le dijo que él no le debía nada y que la firma del pagare no era de él y que no realizaría ningún pago.

Para dar veracidad a lo antes mencionado presento las siguientes:

PRUEBAS

1.        UNICA. PRUEBA BASE DE LA ACCION consistente en:

•        Titulo de crédito: PAGARÉ con la cantidad de: $900,080.00 (Novecientos mil ochenta pesos 00/100 M/N)

DERECHO

I.        Son aplicables en cuanto al fondo de los artículos 1151 al 1167   y demás relativos al Código de Comercio.

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