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MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO


Enviado por   •  7 de Abril de 2012  •  1.982 Palabras (8 Páginas)  •  3.193 Visitas

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TEMA I.

MEDIOS PREPARATORIOS

Concepto:

Son aquellos procedimientos, anteriores al juicio que tienden a proporcionar a quien los promueve elementos de conocimiento o de prueba que le permitirán promover un juicio mercantil posterior sea ordinario o ejecutivo.

Fundamento :

Los juicios mercantiles tanto ordinarios como ejecutivos se inician con la presentación de la demanda: pero en algunos casos, ésta no puede iniciarse, ya porque el que ha de intentarla carece de algún antecedente , sin cuyo conocimiento la cuestión podría ser erróneamente planteada, ya porque sea necesario constatar un hecho a verificar una prueba para evitar que pudiera desaparecer por la acción del tiempo o de la persona que va a ser demandada.

El juicio podrá prepararse:

1.-Pidiendo declaración bajo protesta el que pretenda demandar, de aquel contra quien se propone dirigir la demanda acerca de algún hecho relativo a su personalidad o a la calidad de su posesión o tenencia.

2.- pidiendo la exhibición de la cosa mueble que, en su caso haya de ser objeto de acción real que se trate de entablar

3.-Pidiendo al comprador al vendedor o el vendedor, al comprador, en el caso de evicción, la exhibición de títulos u otros documentos que se refiera a la cosa vendida.

4.-Pidiendo un socio o comunero la presentación de los documentos y cuentas de la sociedad o comunidad, al consocio o condueño que las tenga en su poder.

5.-Pidiendo el examen de testigos, cuando éstos sean de edad avanzada o se hallen en peligro inminente de perder la vida, o próximos a ausentarse a un lugar con el cual sean difíciles las comunicaciones y no sea posible intentar la acción, por depender su ejercicio de un plazo o de una condición que no se haya cumplido todavía.

6.-Pidiendo el examen de testigos para probar alguna excepción, siempre que la prueba sea indispensable y los testigos e hallen en alguno de los casos señalados en la fracción anterior.

7.-Pidiendo el examen de testigos u otras declaraciones que se requieran en un proceso extranjero, y

8.-Pidiendo el juicio pericial o la inspección judicial cuando el estado de los bienes, salud de las personas, variaciones de las condiciones, estado del tiempo, o situaciones parecidas hagan temer al solicitante la pérdida de un derecho o la necesidad de preservarlo.

Que se pide en la diligencia preparatoria.

Que debe expresarse el motivo porque se solicita y el litigio que se trata de seguir o que se teme

Cuando se ejercita la acción que procede.

Procede contra cualquier persona que tenga en su poder las cosas que en ellas se mencionan, mediante notificación personal. Se correrá traslado por el termino de 3 días a aquel contra quien promueve. Para que manifieste lo que a su derecho convengan.

En los escritos deberán ofrecerse las pruebas, las que admitirse se recibirán el la audiencia que debe celebrarse dentro del plazo de 8 días, y en donde se alegue y en la misma se resuelva la exhibición solicitada .

Que pasa cuando se pide la exhibición de un documento archivado en oficina pública.

Si el juez concede la diligencia preparatoria, mandará que se practique por el actuario, ejecutor o secretario, acompañado del peticionario, en el domicilio del notario. Corredor o de la oficina respectiva. Dejándoseles a éstos, cédula de notificación en la que se transcriba la orden judicial, para que se realice la inspección, sin que ningún caso salgan los originales.

Se expedirán copias certificadas por duplicado, a costa del solicitante , autorizadas por el notario, corredor o servidor público. Con la anotación de haberse extendido por mandamiento judicial, señalando la fecha del mismo , datos de identificación del procedimiento y fecha de expedición, de las cuales una se entregará al solicitante mediante razón de recibo en autos, y la otra quedará agregada al expediente.

De que tiene Obligación el Tribunal.

Ordenar se expidan copias certificadas de todo lo actuado en los medios preparatorios a juicio de que se trate.

Que pasa cuando se promueve el juicio

Promovido el juicio las partes podrán exhibir las copias certificadas de lo actuado, para que se agreguen las actuaciones originales de los medios preparatorios que se hubieren tramitado , para lo cual deberá hacerse la petición desde el escrito de la demanda o contestación y de no hacerse así no se recibirán dichos originales, al igual que cuando se hubieren extraviado o destruido.

Que Sucede cuando se cita al Deudor

Si el deudor fuere hallado o no en su domicilio, y el notificador se cerciore de ser la persona citada le entregará una cédula en la que contenga la trascripción integra de la providencia que se hubiere dictado ,a l propio interesado , a su mandatario , al pariente mas cercano que se encontrare en la casa, a sus empleados , a sus domésticos o a cualquier otra persona que viva en el domicilio del demandado , se le entregará también copias del traslado de la solicitud debidamente selladas y cotejadas.

Si no comparece el deudor que procede

Si se le hubiera hecho un apercibimiento de ser declarado confeso, así como cumplidos los requisitos se le tendrá como confeso en la certeza de la deuda, y se despachará auto de embargo en su contra siguiéndose el juicio conforme marca la ley para los dos de su clase.

Medios Preparatorios.

Procedimiento judicial mediante el cual se preconstituyen pruebas, ya sea como documento fundatorio probatorio.

Juicio Ordinario

Fracc I

Solicitud dirigida al juez, (Agregando el pliego de posiciones) prueba confesional y versará sobre la posesión o tenencia.

Fracc II

a. Que la persona a la que se pida la exhibición del mueble la tenga en su poder

b. Que sea la persona a la que se va a demandar

c. La acción de intentarse sea una acción real declaración del derecho sobre una cosa.

Fracc III

a. Primero es reciproco del comprador al vendedor y a la inversa

b. Solo en caso de evicción debe salir en defensa de la cosa vendida.

Concepto de eviccion:

Pérdida de un derecho por sentencia, firme y en virtud de un derecho anterior al ajeno.

Fracc IV

a. Acreditar carácter de socio o comunero

b. Que los documentos se encuentran en poder de la sociedad, consorcio o comunero

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