Estatuto Centro de Estudiantes
Enviado por agustin.b • 9 de Julio de 2018 • Reseña • 1.665 Palabras (7 Páginas) • 77 Visitas
PRIMERA PARTE: CUERPO DE DELEGADOS
Artículo 1: Cada uno de los cursos del establecimiento educativo debe poseer un delegado titular y uno suplente en representación de todos los alumnos del aula.
Artículo 2: Los delegados se votan al comienzo del año lectivo, y cada uno de los alumnos del curso podrá realizar un voto. El estudiantes que obtenga mayor cantidad de votos asumirá como delegado titular de dicho curso, y el que obtenga la segunda mayor cantidad asumirá como suplente.
Artículo 3: La función del delgado titular es asistir a las reuniones del Centro de Estudiantes, y comunicarle a la Comisión Directiva las problemáticas, sugerencias y propuestas de los alumnos de su curso. El delegado suplente será el que suplante al titular, cuando este se encuentre ausente.
Artículo 4: Los delegados cumplen su función durante un año, es decir, que se vuelven a votar esos puestos en el comienzo de cada ciclo lectivo.
Artículo 5: Los delegados pueden ser reelegidos cuantas veces sean votados por sus compañeros.
SEGUNDA PARTE: COMISION DIRECTIVA
Artículo 1: La C.D. del C.E. asumirá en su cargo por el voto popular de todos los estudiantes del establecimiento. Y dirigirá los proyectos y trabajos del mismo.
Artículo 2: Los miembros que deben componer la C.D. son (por orden de jerarquía) el Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, Primer Vocal, Segundo Vocal, Tercer Vocal.
Artículo 3: La C.D. puede optar por no utilizar los puestos de Segundo y Tercer vocal, si considera que no son de suma importancia, para cumplir sus objetivos.
Artículo 4: La C.D. debe tener un docente a cargo, que cumpla la función de guiar los pasos de los estudiantes, acompañando y aconsejándolos. Además de, en el caso de que sea necesario, participar de las reuniones.
Artículo 5: Los objetivos de los miembros de la C.D. son:
-Presidente: Organizar y guiar las reuniones, ser el nexo con la dirección, organizar proyectos institucionales, garantizar el cumplimiento del Estatuto, buscarle solución a las necesidades del alumnado, trabajar en conjunto con Centros de Estudiantes de otros establecimientos, tomar las decisiones que influyan en el desarrollo de proyectos y procesos.
-Vicepresidente: Garantizar el correcto uso de las funciones del Presidente. Sustituir al mismo, cuando se encuentre ausente. Además de convocar al cuerpo de la C.D. a reuniones extraordinarias; y ser el nexo con los vocales.
-Secretario: Poseer el registro de cartas y documentos que recibe o envía el C.E.; además de ser quien redacta las que se envían. Es quien redacta cada una de las actas de las reuniones, por lo tanto, quien debe tener en su poder el Libro de Actas.
-Tesorero: Administra los fondos del C.E., y debe poseer todos los recibos de compras que se hayan realizado, es decir, debe tener un control riguroso sobre el capital que ingresa y egresa de la Tesorería. Además debe rendir cuentas frente a la C.D., cuando el Presidente lo requiera.
-Primer Vocal: Cumple el rol de comunicarle al Presidente las necesidades de los estudiantes, al mismo tiempo que le sugiere soluciones para estas problemáticas. Garantiza el correcto uso de las funciones del Tesorero.
-En el caso de que la C.D. posea Segundo y Tercer Vocal los cursos que representaran se dividirán de la siguiente forma:
*Primer Vocal: Quinto y Sexto Año
*Segundo Vocal: Tercer y Cuarto Año
*Tercer Vocal: Segundo y Primer Año
Artículo 6: La duración de los cargos de la C.D. del C.E. será de dos años.
TERCERA PARTE: ELECCIONES DE LA C.D.
Artículo 1: La etapa de la campaña electoral comenzara el 16 de septiembre del año de elecciones. Por lo tanto habrá tiempo hasta ese día inclusive para la presentación de las listas.
Artículo 2: Las elecciones serán realizadas el día 16 de octubre y votaran todos los alumnos anotados previamente en el padrón electoral, podrán votar los integrantes de la C.D. y del Cuerpo de Delegados. En caso de que se presente una sola lista, esta asumirá sin la necesidad de una elección.
Artículo 3: La C.D. electa comenzara su mandato al principio del próximo año lectivo luego de las elecciones, y lo terminaran dos años después. La C.D. que se retira continuara su mandato hasta el final del ciclo lectivo.
Artículo 4: Una vez realizadas las elecciones se realizara una reunión entre la C.D. saliente y la entrante para planificar un acto de transición en la que serán testigos el alumnado y los directivos del establecimiento.
Artículo 5: La C.D. entrante heredara de su anterior, el Libro de Actas, los fondos, el sello, la documentación, el Estatuto y el nombre del C.E. Además de cualquier otra pertenencia directa del C.E.
Artículo 6: Una C.D. puede ser reelegida solo una vez, por lo tanto puede tener dos mandatos consecutivos.
CUARTA PARTE: REUNIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS
Artículo 1: En las reuniones, ya sean ordinarias o extraordinarias, participaran la C.D., el Cuerpo de Delegados y en caso de ser necesario los Directivos de la escuela o el Docente a Cargo. Los estudiantes que participen poseerán VOZ Y VOTO. Pueden además asistir invitados por razones influyentes, pero únicamente poseerán VOZ.
Artículo 2: Las reuniones ordinarias se realizaran obligatoriamente en el horario escolar, cada quince días aproximadamente.
...