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Etapa Del Proceso Penal


Enviado por   •  28 de Mayo de 2013  •  671 Palabras (3 Páginas)  •  752 Visitas

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LA PRIMERA ETAPA DEL PROCESO SERÁ la instrucción Fiscal en la que no se probará sino que se investigará. El Ministerio Público a través del fiscal recoger todos los elementos que le permitirán sustentar o no una acusación, de manera que esta será la etapa del juicio en la que se deberá recabar la información que posteriormente se presentará al Tribunal Penal.

En consecuencia, la Instrucción Fiscal reemplazará al actual Sumario en el que el Juez Penal tiene que impulsar la investigación y pasara a ser responsabilidad del Ministerio Público conforme lo que prevé la Constitución y entre sus funciones estaría el disponer u ordenar que se realice la indagación policial por un plazo no mayor a ocho días, para bajo su dirección investigar los hechos puestos en su conocimiento antes de dictar el llamado auto de instrucción fiscal que reemplazará al actual auto cabeza de proceso. Este auto, deberá ser debidamente motivado y contener la descripción del hecho que será objeto de la investigación, los datos personales del imputado (en caso de estar identificado), la fecha de inicio de la instrucción y el nombre del fiscal que estará a cargo de la misma.

La Policía Judicial deberá investigar la Dirección del Ministerio Público y no de manera independiente o separada de éste.

Dirección de la investigación

La dirección de la investigación por parte del Ministerio Público está prevista actualmente, tanto en la Constitución Política como en la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada el 19 de marzo de 1997. Este punto es de suma importancia ya que en el proyecto se recalca la ineficiencia probatoria de todo acto procesal que vulnere garantías constitucionales y la ineficacia se extiende a todas aquellas pruebas que, de acuerdo con las circunstancias del caso, no hubiesen podido ser obtenidas sin su violación y fueren consecuencia necesaria de ella. De esta manera se insiste en la legalidad del proceso, de obtención de las evidencias y se impide que esta clase de pruebas inconstitucionalmente obtenidas se constituyan en el común denominador de los procesos penales en el Ecuador.

Obligaciones del Juez Penal

A pesar de que esta Etapa de Instrucción Fiscal estará dirigida por el Ministerio Público, el Juez penal estará obligado a realizar un seguimiento de la investigación y para el caso de decisiones que impliquen la limitación de una garantía constitucional, como las medidas de aseguramiento reales y personales se prevé que solo podrán ser dictadas o revocadas por el Juez Penal.

De igual manera, todos los actos procesales como en el que se ordena el allanamiento, la conclusión de la instrucción fiscal, la decisión sobre las excepciones, la cesación o caducidad de medidas cautelares tales como la prisión preventiva, la calificación de las garantías para el beneficio de excarcelación entre las que se han incluido las que pueden otorgar las

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