Evolución Del Codigo Civil Mexicano
Enviado por rovice • 16 de Febrero de 2013 • 5.549 Palabras (23 Páginas) • 491 Visitas
EVOLUCIÓN DEL CODIGO CIVIL MEXICANO
El sentido de universalidad que tiene la historia se encuentra en su íntima relación con el continuo camino de la propia vida humana y en ella radica su razón y su poder. El hombre va haciendo la historia y la guardia la memoria de sus hechos, matiza la profunda dimensión de su existencia; dándole autoconocimiento. De ahí que como ciencia de la cultura sea la que más se acerca a la vida, en cuya indestructible relación reside simultáneamente su debilidad y su fuerza. En esa síntesis de su camino, el hombre trata de descifrar el enigma de su naturaleza; de ahí que al considerar esa reflexión, José ortega y Gasset afirmaba ¨ El hombre no tiene naturaleza, sino que tiene…. Historia’’. En la síntesis de su vivir, el hombre se convierte en historia.
Herotodo , padre de la historia, en el primero de sus nueve libros, pretende realizar la exposición de sus investigaciones y detener el tiempo para que no se desvanezcan con él, los hechos de los hombres y para que no queden sin gloria las grandes y maravillosas obras, así de los griegos como de los bárbaros, y sobre todo, la causa por la que se hicieron la guerra.
Como no podemos dejar de apreciar en todo relato de orden cronológico, la misma manifestación humana que es la creadora del derecho, esto es, de todo derecho y de todo el derecho, las líneas subsecuentes proyectan darle al lector un panorama en el que los tiempos se vinculen, de manera que el ayer, el hoy y el siempre, resulten de lo lógica continuidad que impone el desarrollo de las instituciones jurídicas civiles.
Las fuentes indican que ha existido una escuela histórica sobre la evolución del derecho, fundada por Federico Carlos de savigy, que entiende que no cabe considerar al orden normativo aisladamente, ni separarlo sea del porvenir que se dirige. De ahí que sea básico estudiar las fórmulas de las instituciones jurídicas desde su origen y desarrollo, modificaciones y transformaciones, a fin de conocerlas y entender su sentido. He ahí el significado de los estudios histórico.
José castán tobeñas en su derecho civil español, común y foral señala que el estudio del desenvolvimiento del derecho civil, entraña simultáneamente un interés histórico- porque muestra la aparición de un sistema orgánico del derecho privado destinado a ser carne y sangre de las legislaciones modernas y interés sociológico por que presenta una grandiosa evolución que puede ser seguida a través de etapas muy bien definidas. De ahí que entre otros aspectos de sus observaciones, destaca singularmente la fecunda aportación del sistema jurídico romano, que por conducto de los códigos de Justiniano y de napoleón, ha venido a ser la base del nuestro. En referencias a la filosofía de la historia- el mismo maestro español- invoca a Guillermo Federico Hegel, quien afirmaba que la misión del espíritu romano en la historia universal ha consistido en la realización de la idea del derecho sin embargo, no soslaya los elementos que aportaron los pueblos que sometieron a las normas romanas, particularmente, ciertos matices diferenciales convergentes, como el elemento germánico- que infundió al derecho un espíritu social que le había faltado al romano que giraba sobre el individuo y su libertad - que le dio conciencia de su existencia como miembro de su comunidad. En ello participa también el elemento canónico, cuyas direcciones éticas y religiosas le dan un profundo sentido de espiritualización- modificando la estructura básica del derecho de familia- así como el elemento indígena, que por si variedad de pueblo a pueblo, permite considerar su contenido, complejidad e importancia. Estos factores contribuyeron a lo que se conoce como fenómeno histórico llamada recepción del derecho romano, que permitió se le invocara, observara por los tribunales, estudiara y se enseñara en las universidades europeas.
APORTACIÓN DE ESPAÑA
En el orden de los orígenes del derecho civil español, los estudios históricos han podido distinguir cronológicamente, cinco etapas, que corresponden todas y cada una de ellas, a épocas muy definidas de su desarrollo.
PRIMERA ETAPA. Época primitiva.- las brumas y efemérides de la historia, registran que la península ibérica estuvo habitada por distintos pueblos, con manifestaciones culturales propias, que deban a la regiones que poblaban la peculiaridad de sus propias costumbres y desde luego que observaban sus propios reglas y usos sociales.
Entre estos pobladores aparecen los iberos, los celtas, fenicios, griegos y cartagineses que no obstante la huella social que por sus caracteres dejaron en los territorios colonizados, encontramos pocos datos de una verdadera organización jurídica cuyas fórmulas no han llegado hasta nosotros. Los iberos llegaron a España del norte de África y al parecer se asentaron primeramente en lo que es hoy la provincia de Huelva. Luego ocuparon la parte oriental. Su prestigio permitió que la palabra iberia designara toda la península y fue uno de los pueblos prerromanos más civilizados. Cuando en el siglo ll a. c., los romanos entraron a España, los iberos se habían confederado con los celtas y estuvieron asentados en todo el occidente de Europa, desde las islas británicas en el norte hasta la península ibérica en el sur. Los galos, cuya tenaz resistencia venció julio cesar, eran un conjunto de pueblos celtas. Entre ellos, fenicios y griegos fueron mercaderes y colonos y los cartagineses- bajo el mando de Amílcar barca- dominan España, hasta que llegue el romano, tanto soldado como gobernante. Los fenicios fueron dueños del mediterráneo durante siglos. Sus naves iban y venían entre tiro y su colonia española de Tharsis. En España fundaron varias ciudades florecientes como Cádiz y ejercieron una amplia influencia cultural. Cartago-según la leyenda de Virgilio- fue fundada por la Reyna Dido y como colonia tenido tiro y Sidón. Sus ejércitos dominaron la mayor parte de la península en el siglo III a.C.
SEGUNDA ETAPA. Época de dominación romana.- la gran urbe conquistar la península e impone su autoridad, no sólo por la fuerza de sus armas, sino también por la de sus leyes. Ellos reflejan una cierta unidad jurídica que opaca las costumbres indígenas. En este periodo destaca la concurrencia entre las leyes de la metrópoli con las particulares que generan en forma especial y peculiar, como lo fueron los edictos provinciales de los gobernadores, así como las leyes de colonias y municipios; aún cuando sus disposiciones se contraían más a la organización política y administrativa que al derecho civil.
TERCERA ETAPA. Época de dominación.- La invasión de los pueblos germanos determina el rompimiento del fenómeno de unidad jurídica. Los bárbaros profesaban
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