FACULTAD DE LAS CIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Enviado por DENIS ANDREA MINDINERO ANGULO • 12 de Abril de 2018 • Trabajo • 12.905 Palabras (52 Páginas) • 76 Visitas
TALLER DE CASOS DEL IVA
Denis Andrea Mindinero A
UNIVERSIDAD DEL VALLE
LESGISLACIÓN TRIBUTARIA II
FACULTAD DE LAS CIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN
CONTADURIA PÚBLICA, VII SEMESTRE
ZARZAL VALLE
2018
TALLER DE CASOS DEL IVA
Denis Andrea Mindinero A
Docente
ISABELINO LASSO
UNIVERSIDAD DEL VALLE
LESGISLACIÓN TRIBUTARIA II
FACULTAD DE LAS CIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN
CONTADURIA PÚBLICA, VII SEMESTRE
ZARZAL VALLE
2018
INTRODUCCIÓN
El tema que presentaremos en éste trabajo es sobre la forma que se debe contabilizar ciertas operaciones mercantiles.
Éste se realiza con el objetivo de aprender cómo realizar los asientos contables cuando se me presentan casos especiales de IVA y retención en la fuente.
Es importante conocer diferentes escenarios que se pueden presentar a la hora de contabilizar y qué conceptos del Estatuto Tributario, leyes y decretos nos permiten realizar la operación acorde a la ley
Se consultaron varias fuentes para la obtención de la información como el Estatuto Tributario y la ley 1819 de 2016.
OBJETIVOS
GENERAL
- Aprender a contabilizar cada ejercicio planteado por el profesor
ESPECIFICOS
- Argumentar de manera jurídica el porqué de la contabilización, tomando en cuenta lo referente a IVA y retenciones.
- Contabilizar la operación dada en el taller
La empresa INVITA LTDA es gran contribuyente, NIT 900.222.222-8.
- Fecha de presentación de la declaración: marzo 18 del 2018.
- Fecha en que se presentó: marzo 18 del 2018.
- Administración: Dian, Cali.
- Actividad económica: 5154 (COMERCIO AL POR MAYOR DE FIBRAS TEXTILES)
- Representante legal: Andrés Varela Gutiérrez
- Contador público: Denis Andrea Mindinero AnguloTp 1081201123.
Tuvo las siguientes operaciones para el bimestre:
- Compra telas a una sociedad responsable del régimen común por valor de $30.000.000
La transacción o asiento contable se hace de acuerdo con lo que se encuentra estipulado en decreto 2629 de 1993 y el decreto 2650 de 1993 por el cual se modifica el Plan Único de Cuentas para comerciantes.
Con respecto al IVA, se realiza de acuerdo al artículo 184 de la ley 1819 la cual modifica el artículo 468 del Estatuto Tributario, donde la tarifa general del impuesto sobre las ventas es del 19%.
Para el caso de la retención en la fuente en el artículo 401 del ET menciona “El Gobierno podrá establecer retenciones en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta susceptibles de constituir ingreso tributario para el contribuyente del impuesto sobre la renta, que hagan las personas jurídicas y las sociedades de hecho”. Para la ejecución del artículo 401 en el artículo 801 del ET señala que “Con el fin de unificar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias se crea la unidad de Valor Tributario” y es en artículo 868-1 del E.T que encontramos una tabla con los UVT correspondientes y el decreto que lo respalda, que es el decreto 1512 de 1985, artículo 5, literal M., donde se establece en 27 UVT.
La resolución 000063 del 14 de noviembre del 2017 fijo $33.156 como el valor de la Unidad de Valor Tributario para el 2017, con base en esto la base a aplicar la retención en la fuente por compras es de 895.212.
En este caso debemos aplicar retención en la fuente ya que hay base, el porcentaje es el 2,5% y es definido por el decreto 2418 de 2013 Art. 1 (Recopilado en el Decreto 1625 de 2016, Artículo 1.2.4.9.1). Artículos 401, 868-1 numeral 78 del E.T.
El artículo 615 del ET, parágrafo 2 obliga a los responsables de retención en la fuente por IVA a entregar certificado bimestral por cada retención efectuada a solicitud del beneficiario del pago, cumpliendo los lineamientos del artículo 381 del estatuto
En el caso que fuera Gran Contribuyente aplicaría Reteiva el reteiva, el artículo 437-2 establece que actuarán como agentes retenedores del impuesto sobre las ventas en la adquisición de bienes y servicios gravados quienes se encuentren catalogados como grandes contribuyentes por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, sean o no responsables del IVA. Es decir que debe aplicar reteiva por ser gran contribuyente, el porcentaje de retención lo encontramos en el artículo 42 de la ley 1607 de 2012 que es el 15% del valor del IVA.
Código | Concepto | Debe | Haber |
1435 | Mercancía no fabricada por la empresa | 30.000.000 |
|
2408 | IVA descontable 19% | 5.700.000 |
|
236549 | Retefuente por compras 2.5% |
| 750.000 |
2367 | Reteiva | 855.000 | |
2205 | Proveedores |
| 34.095.000 |
Total | 35.700.000 | 35.700.000 |
- Compra materiales para la producción de camisas por valor de $10.000.000
La transacción o asiento contable se hace de acuerdo con lo que se encuentra estipulado en decreto 2629 de 1993 y el decreto 2650 de 1993 por el cual se modifica el Plan Único de Cuentas para comerciantes.
Con respecto al IVA, se realiza de acuerdo al artículo 184 de la ley 1819 la cual modifica el artículo 468 del Estatuto Tributario, donde la tarifa general del impuesto sobre las ventas es del 19%.
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