FORMAS DE ORIGEN DE ESTADO
Enviado por escalona.1966 • 10 de Marzo de 2013 • 868 Palabras (4 Páginas) • 512 Visitas
JORGE ENRIQUE PABON APONTE
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA
PERSONA: Es todo ente capaz de ser sujeto de derechos y obligaciones.
PERSONA NATURAL: Son todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición.
PERSONA JURÍDICA: Es una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, de ser representada judicialmente y extrajudicialmente.
PERSONA JURÍDICA PRIVADA: Son las corporaciones y fundaciones y as u vez las corporaciones se clasifican en asociaciones o soc o compañías.
PERSONA JURÍDICA PUBLICA: Son las que persiguen fines de interés público o social.
EL ESTADO FEDERAL: Es una asociación de estados sometidos en parte a un poder único y que en parte conservan su independencia, Ej: USA, Suiza, Canadá, Méjico, Brasil, Argentina y Venezuela.
ESTADO UNITARIO: Es el que solo posee un centro de impulsión política y gubernamental, titular es el Estado. Ej. Colombia, España, Italia, Ecuador, Francia, Portugal.
CENTRALIZACION: Es el fenómeno jurídico político que consiste en que todas las tareas y funciones se radican en la persona jurídica Estado, sea manejado desde la capital.
DESCONCENTRACION: Es la radicación de competencias y funciones en dependencias ubicadas fuera de la sede principal del organismo o entidad administrativa. Ej. El Estado actuando a través de los Ministerios.
DESCONCENTRACION TERRITORIAL: Implica desplazamiento de funciones de la capital hacia las provincias.
DESCONCENTRACION JERARQUICA: Otorgamiento de funciones de las autoridades superiores a las inferiores sin que exista desplazamiento físico. Ej: Al presidente le corresponde ejercer todas las funciones aditivas, sin embargo pasa esas funciones a los ministros y estos a su vez a inferiores.
DELEGACION: Transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores u otras autoridades con funciones afines o complementarias. El funcionario que es titular de una función (delegante) la traslada a otra autoridad (delegatario) para que ejerza en nombre de aquel. El acto de delegación siempre será escrito y en él se determinara la autoridad delegataria y asuntos de ella, la delegación exime de responsabilidad al delegante, estará en cabeza del delegatario. Excepción: no podrá transferirse mediante delegación la expedición de reglamentos de carácter general, funciones que por naturaleza o por mandato constitucional o legal no son susceptibles de delegación.
DESCENTRALIZACION: Es la facultad que se otorga a las entidades públicas diferentes del estado para gobernarse por sí mismas, mediante la radicación de funciones en sus manos para que las ejerzan autónomamente.
CONTROL JERARQUICO: Es el que ejerce la autoridad superior sobre las autoridades o funcionarios inferiores con fundamento en rango o autoridad. Control sobre las personas de los funcionarios: Comprende las facultades de designación, poder disciplinario y retiro del servicio, la ley determina cual es el funcionario superior competente para nombrar los empleados del respectivo organismo, para sancionarlos y tomar decisiones sobre el retiro
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