FUENTE PENAL
Enviado por princesamonse • 5 de Septiembre de 2013 • 2.622 Palabras (11 Páginas) • 219 Visitas
INTRODUCCIÓN
En derecho, cuando nos referimos a fuentes que la dan origen estamos señalando el origen, valga la redundancia, o principio del mismo. Y en derecho penal, la ley penal es la única fuente de la misma, por lo que tiene una función decisiva en la garantía de la libertad.
Esta función suele expresarse en la máxima nullum crimen, nulla poena sine lege. Que quiere decir que sin una ley que lo haya declarado previamente punible ningún hecho puede merecer una pena del derecho penal.
Y, como quiera que la Ley es la única fuente del derecho penal, se debe entender la misma como desarrollo del principio de legalidad consagrado no sólo en la Constitución Política del Estado, sino que también por el propio Código Penal vigente; por lo que, su desarrollo y análisis resulta indispensable, teniendo en cuenta lo fundamental de la Ley penal en su producción y en su aplicación al hecho punible, como caso concreto.
En este sentido, el presente trabajo tiende a desarrollar, con las limitaciones del caso, lo concerniente a la Ley como única fuente del derecho penal, por lo que se desarrolla en siete puntos, en los que, como es obvio, se aplica la dogmática nacional en cada uno de ellos; así mismo, se desarrolla sucintamente el principio de legalidad a que se refiere el artículo 2, numeral 24, inciso l) de la Constitución Política del Estado. Para al final esbozar algunas conclusiones e incluir la respectiva bibliografía consultada para el desarrollo del presente trabajo.
Esperando cumpla sus objetivos trazados, presentamos el presente trabajo y lo ponemos a disposición y evaluación del maestro del curso así como de los estudiantes que tengan alcance al mismo.
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QUE ES UNA FUENTE
El término fuente, que proviene del latín fons, tiene distintos usos. La palabra se encuentra, por ejemplo, vinculada al agua: una fuente es el manantial que brota de la tierra y el aparato que expulsa agua en plazas, calles, casas o jardines. En este último caso, la fuente suele ser decorativa, con esculturas y figuras que la embellecen.
En un principio, las fuentes cumplían con un rol funcional.
QUE ES UNA FUENTE DE DERECHO
Las fuentes del Derecho, son todo tipo de norma, escrita o no, que determina que tan vinculado se encuentra el comportamiento de los ciudadanos y de los poderes de un Estado o comunidad, estableciendo reglas para la organización social y particular y las prescripciones para la resolución de conflictos. En general, cuando se habla de fuentes del derecho, se refiere a todas aquellas reglas que integran el marco normativo, que imponen conductas positivas o negativas (de hacer o no hacer) a los habitantes de un Estado.
El conjunto de las fuentes del Derecho es muy heterogéneo. La jerarquía de las fuentes hace que en la llamada pirámide normativa, la cúspide de nuestro Derecho se encuentre ocupada por la Constitución, como norma de normas. Bajo ella, rigen las normas que cuentan con carácter de ley formal, mientras que en la base de dicha pirámide hallamos los reglamentos.
NOCIÓN DE FUENTES DEL DERECHO En un sentido gramatical significa el origen, principio o fundamento de donde procede una cosa.
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La expresión fuente del derecho se usa para designar el origen del derecho, es decir, la manera como el orden jurídico brota para su observancia. Se dice también que fuente significa hecho creador de derechos, o bien los modos de manifestación de la voluntad social preponderante, voluntad cuya presencia da carácter positivo al derecho. CLASIFICACIÓN DE LAS FUENTES DEL DERECHO. Fuentes reales (o materiales): Son aquellos factores o elementos que determinan el contenido de las normas jurídicas; En otras palabras, son las circunstancias y situaciones sociales, políticas, religiosas y económicas que contribuyen a la formación del derecho y deben ser tomados en cuenta por los legisladores para crear normas jurídicas. P/ej.: la revolución mexicana dio origen a los artículos 27 (propiedad y repartición de tierras) y 123 (protección al trabajador) constitucionales. Fuentes históricas: Se entiende como tal todo medio que sirve para conocer el derecho que estuvo en vigor en el pasado y que sirve para entender el presente. Las fuentes históricas están integradas por todos aquellos documentos antiguos (inscripciones, papiros, libros) que contienen el texto de una ley o conjunto de leyes. Son documentos que contienen la información del derecho vigente en otra época, en base en los cuáles nos inspiramos para crear una determinada ley o institución jurídica, por ejemplo: las leyes de indias, el código de Hamurabi, la declaración de los derechos del hombre y ciudadano de la 1789, etc. Fuentes formales: Son los procesos de creación de las normas jurídicas. Para poder obtener derecho de éstas fuentes es necesario seguir una serie de actos que darán como resultado una determinada norma jurídica.
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CLASIFICACIÓN DE LAS FUENTES FORMALES. La idea de un procedimiento nos imagina una serie de pasos o etapas ligadas entre sí con un propósito. Así entendido, cada fuente formal se constituye por una serie de etapas o momentos que se suceden en orden, con vistas a cierto cometido. Las fuentes formales del derecho son: 1. La Legislación 2. La Costumbre 3. La Jurisprudencia 4. La Doctrina 5. Los principios Generales del Derecho LA COSTUMBRE Es la más antigua de las fuentes formales del Derecho. Se le considera la repetición constante de una conducta que la sociedad acepta como obligatoria. Cuando se presentan los dos elementos: a). Material u objetivo, repetición constante, y b) Subjetivo o psicológico, su aceptación por la sociedad, se acepta como costumbre obligatoria, conocida también como Derecho consuetudinario. En los sistemas jurídicos de Derecho Escrito, como el nuestro, no tiene validez absoluta, porque “contra la observancia de la ley no puede alegarse desuso, costumbre o práctica en contrario”. Sin embargo, las propias leyes autorizan en algunas disposiciones que se aplique la costumbre, por ejemplos los artículos 7º y 283 de la Ley Federal del Trabajo aceptan la aplicación de la costumbre.
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De lo anterior podemos derivar que la costumbre constituye una fuente del Derecho cuando las propias leyes lo autorizan expresamente, siempre y cuando no vaya en su contra. LA JURISPRUDENCIA Se conoce como la principal fuente formal indirecta, ya que su función principal es interpretar el sentido de la ley, o llenar las lagunas que aparecen en el sistema jurídico. Son las resoluciones de los tribunales que por mandato de ley son de observancia obligatoria; constituyen la jurisprudencia, según lo dispone la Constitución en el séptimo párrafo de su artículo 94: “La ley fijará lo términos en que sea obligatoria la jurisprudencia que establezcan los tribunales el Poder
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