FUNDAMENTOS DE DERECHO.
Enviado por 27071997 • 7 de Febrero de 2016 • Ensayo • 7.408 Palabras (30 Páginas) • 291 Visitas
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERA UNIDAD: NATURALEZA DEL DERECHO
DEFINICIÓN DE NORMA: Es toda regla de conducta de observancia obligada. También se puede definir una norma diciendo que es toda expresión que contenga un deber ser.
DIVERSOS TIPOS DE NORMAS:
- NORMAS MORALES: Son las que determinan la bondad o la maldad que existe en la conducta humana. Ejemplo: Debes respetar y obedecer a tus padres, debes ayudar a tus semejantes.
- NORMAS RELIGIOSAS: Son aquellas que nos señalan la forma de practicar una determinada religión, con sus ritos y ceremonias. Ejemplo: Debes ir los domingos a misa, no debes robar ni matar.
- NORMAS DE TRATO SOCIAL: Son aquellas que nos indican la manera correcta de comportarnos en nuestras relaciones sociales. Ejemplo: Debes vestir adecuadamente al asistir a fiestas o ceremonias.
- NORMAS JURÍDICAS: Son las que crea el Estado y pueden imponerse por la fuerza. Ejemplo: No conducir vehículos en estado de ebriedad, no estacionarse en lugares prohibidos.
CARACTERÍSTICAS DE LOS DIVERSOS SISTEMAS NORMATIVOS
NORMAS MORALES | NORMAS RELIGIOSAS | NORMAS DE TRATO SOCIAL | NORMAS JURÍDICAS |
Unilaterales | Unilaterales | Unilaterales | Bilaterales |
Internas | Internas | Externas | Externas |
Autónomas | Heterónomas | Heterónomas | Heterónomas |
Incoercibles | Incoercibles | Incoercibles | Coercibles |
UNILATERALIDAD Y BILATERALIDAD: Una norma es unilateral, cuando únicamente impone obligaciones sin otorgar derechos; a su vez, una norma es bilateral cuando impone obligaciones, pero también otorga derechos.
INTERIORIDAD Y EXTERIORIDAD: Una norma es interna cuando requiere que la conducta realizada se lleve a cabo por convicción para que pueda tener valor. En cambio, una norma es externa cuando se realiza la conducta como lo establece la norma, sin que sea necesaria la convicción en el sujeto obligado.
AUTONOMÍA Y HETERONOMÍA: Una norma es autónoma cuando el propio sujeto obligado a cumplirla es quien la crea. En cambio, una norma es heterónoma cuando es creada por un órgano o sujeto distinto al que debe cumplirla.
COERCIBILIDAD E INCOERCIBILIDAD: Una norma es coercible cuando puede ser impuesta por la fuerza y aún en contra de la voluntad del sujeto obligado a cumplirla. A su vez, una norma es incoercible cuando no puede imponerse a la fuerza ni contra la voluntad del obligado.
CONCEPTO DEL DERECHO: Al derecho, considerado como una ciencia, se le puede definir diciendo que es un conjunto de normas jurídicas, que regulan de manera coercitiva la conducta y la convivencia social de las personas, para que exista orden y paz entre ellas.
DIVERSOS SIGNIFICADOS DE LA PALABRA DERECHO:
DERECHO OBJETIVO: Es el conjunto de normas jurídicas que integran los códigos, leyes, reglamentos y que en conjunto forman el ordenamiento jurídico de un país determinado. Por ejemplo: La constitución, el Código Civil.
DERECHO SUBJETIVO: Es la facultad o atribución que las normas jurídicas otorgan a las personas para realizar una determinada conducta por ejemplo: votar, recibir educación, expresar ideas, reunirse o asociarse.
DERECHO VIGENTE: Es el conjunto de normas jurídicas, que en un lugar y en una época determinados, se considera obligatorio su cumplimiento.
DERECHO POSITIVO: Son las normas jurídicas que efectivamente se cumplen y se observan, estén o no vigentes. La positividad en el derecho consiste en que se observen real y efectivamente sus normas o preceptos.
[pic 1]
[pic 2]
Derecho Constitucional
Derecho Administrativo
Público Derecho Penal
Derecho Procesal
Derecho Fiscal
Derecho Laboral
Social Derecho Agrario [pic 3]
Derecho de la Seguridad Social
Derecho Económico
Objetivo Derecho Civil[pic 4]
...