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Fol Garantias Y Articulos


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2013  •  1.120 Palabras (5 Páginas)  •  356 Visitas

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Artículo 64. Derechos de información y consulta.

1.El comité de empresa tendrá derecho a ser informado y consultado por el empresario sobre aquellas cuestiones que puedan afectar a los trabajadores.

Se entiende por información a la transmisión de datos por el empresario al comité de empresa. Por consulta se entiende el intercambio de opiniones y la apertura de un diálogo entre el empresario y el comité de empresa sobre una cuestión determinada. En los procedimientos de información y consulta, el empresario y el comité de empresa actuarán en cumplimiento de sus derechos y obligaciones recíprocas.

2 El comité de empresa tendrá derecho a ser informado trimestralmente:

Sobre la evolución general del sector económico a que pertenece la empresa.

Sobre la situación económico de la empresa y la evolución reciente y probable de sus actividades, así como sobre la producción y ventas.

Sobre las previsiones del empresario de celebración de nuevos contratos incluidos los contratos a tiempo parcial.

De las estadísticas sobre el indice de absentismo y las causas.

3 También tendrá derecho a recibir información al menos anualmente, relativa a la aplicación en la empresa del derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres.

4 El comité de empresa, con la periodicidad que procede en cada caso, tendrá derecho a:

Conocer el balance, la cuenta de resultados. La memoria y, en el caso de que la empresa, prevista la forma de sociedad por acciones o participaciones. Los demás documentos que den a conocer a los socios

Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en la empresa.

Ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves-

El comité de empresa tendrá derecho a recibir la copa básica de los contratos y la notificación de las prórrogas y de las denuncias correspondiente a los mismos en el plazo de diez días siguientes a que tuvieran lugar.

5 El comité de empresa tendrá derecho a ser informado y consultado sobre la situación y estructura del empleo en la empresa o en el centro de trabajo. Tendrá derecho a ser informado y consultado sobre todas las decisiones de la empresa que pudieran provocar cambios relevantes en cuanto a la organización del trabajo y a los contratos de trabajo en la empresa. El comité de empresa tendrá derecho a emitir informe sobre las siguientes cuestiones:

Las restructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales definitivos o temporales. De aquélla.

Las reducciones de jornada.

el traslado total o parcial de las instalaciones.

Los procesos de fusión absorción o modificación del estatus jurídico de la empresa,

Los planes de formación en la empresarial.

La implantación y revisión de sistemas de organización y control de trabajo.

6 La información se deberá facilitar por el empresario al comité de empresa que permitan a los representantes de los trabajadores proceder a su examen adecuado y preparar, en su caso, la consulta de informe. La consulta deberá realizarse en un momento y con un contenido apropiados, y de tal manera que permita a los reperesentantes reunirse con el empresario

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