Formacion De Contratos. Civil 3
Enviado por adrieliscarolina • 30 de Marzo de 2014 • 880 Palabras (4 Páginas) • 216 Visitas
Formación de los contratos.
El proceso de formación de contrato no es otra cosa que la formación del consentimiento en sentido técnico, la integración de la voluntad de las partes.
Este proceso generalmente se produce de manera instantánea. Puede inclusive coincidir con la ejecución de las obligaciones de ambas partes. Tomo una caja de cigarrillos y pago su precio. El acuerdo de voluntades sobre el objeto de la venta y el precio se producen en un solo momento, que coincide con la ejecución de las prestaciones respectivas.
Fundamento legal, art. 1138 “Si a solicitud de quien hace la oferta, o en razón de la naturaleza del negocio, la ejecución por el aceptante debe preceder a la respuesta, el contrato se forma en el momento y en el Jugar en que la ejecución se ha comenzado.
El comienzo de ejecución debe ser comunicado inmediatamente a la otra parte.”
La Oferta.
La oferta es una manifestación de voluntad hecha por una persona (oferente, solicitante, proponente) a un sujeto determinado (destinatario u oblado), o al público, con la finalidad de celebrar un contrato y que debe contener los elementos para su existencia. El destinario está en la libertar de aceptarla o no.
Entonces tenemos que en si es el acto mediante el cual una parte propone a la otra, expresa o tácitamente, la celebración de un contrato
Requisitos de la Oferta.
a. La oferta debe ser seria. Cuando se hace con ánimo jocoso o didáctico no produce efectos. Si se hace con reservas, o con la posibilidad de modificarla, no es jurídicamente una oferta verdadera.
b. Debe contener los elementos necesarios para la existencia del contrato, ( vendo tal articulo por mil bolívares), de manera q baste la simple aceptación del destinario para que se forme el contrato
c. Debe ser dirigida a persona o personas determinadas, puede ser dirigida al público en general.
d. Debe ser comunicada a la otra parte, por ser un negocio jurídico unilateral.
La Caducidad.
Es la pérdida o extinción de una acción o un derecho por inacción del titular en plazo perentorio, o, también por incumplimiento de recaudos legales. Otra variante de caducidad es la no concreción de un derecho por su sujeción a una condición no cumplida o a un evento que no ocurre en el momento o de la manera prevista.
La Aceptación.
Es la manifestación de voluntad del destinario otorgando su conformidad a la oferta, es decir, es la declaración de voluntad formulada por la persona a quien va dirigida la oferta, expresando su adhesión.
Fundamento legal, art. 1137. El contrato se forma tan pronto como el autor de la oferta tiene conocimiento de la aceptación de la otra parte.
La aceptación debe ser recibida por el autor de la oferta en el plazo fijado por ésta o en el plazo normal exigido por la naturaleza del negocio.
El autor de la oferta
...