Funciones para los equipos directivos
Enviado por flaviacalvo • 31 de Mayo de 2020 • Informe • 916 Palabras (4 Páginas) • 188 Visitas
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[pic 9] Al realizar un análisis comparativo entre la res. 5534/04 y el documento sobre la descripción de todas las tareas asignadas a los actores de la institución en el marco de la ESRN, se puede observar el encuadre que tiene este último dentro de la Ley Educativa Nacional 26206/06 y dentro de la Ley Orgánica de Educación de la Provincia de Río Negro N° 4819/12, partiendo de la observación que el estudiante se lo considera un sujeto con derechos y deberes, y se reconoce y tiende a enriquecer la diversidad cultural existente, así como el derecho social a la educación, estableciendo la obligatoriedad de la misma. Según la ley 26206/06 se busca “pensar en la igualdad y la calidad de nuestra educación con el más pleno acceso” (clase 1, pag.10), por su parte la ley provincial establece en su título 8 explicita “las principales políticas de inclusión destinadas a modificar situaciones de desigualdad que vulneren el derecho a la educación” (clase 1, Pag.10).
Este nuevo enfoque educativo se ve representado por el cambio de perspectiva en las funciones que se establecen para los equipos directivos, es por ello que en las tareas que se le asignan en la ESRN se vislumbra un enfoque más volcado a lo pedagógico y comunitario, con un clara preponderancia de la vista centrada en el estudiante, su trayectoria y el trabajo en equipo.
Si tomamos las distintas dimensiones institucional, pedagógica, comunitaria y administrativa se podría decir en palabras de Pilar Pozner (2000, pag.8) “ Hasta no hace demasiado tiempo era común que las autoridades de la enseñanza definieran sus tareas utilizando el concepto de administración escolar (…)”, esto se ve representado en las funciones administrativas referidas a registrar, recolectar, archivar información y realizar informes que poseían ( aún en realidad poseen) los equipos directivos llevando a una burocratización de la vida escolar.
Así mismo se ve un cambio muy marcado en cuanto a la estructura de poder, ya que la res. 5534/04 dentro de las funciones del vicedirector explicita una clara subordinación al mismo al establecerlo como “ asistente”, en cambio en la ESRN se establece que “ la función directiva debe entenderse como una sólida relación director-vicedirector, que armónicamente y en forma equilibrada, se proyecta para lograr los objetivos propuestos en la comunidad educativa” ( ESRN). Este cambio también se amplía hacia otros actores como ser padres, tutores, docentes y la comunidad educativa en general, que pueden ser partícipes y tener una voz activa en la institución. Esta nueva distribución del poder se ve reflejada en la importancia que se le da al estudiante como protagonista, lo que lleva a que los equipos directivos se tengan que centrar más en lo pedagógico, es función del director en la ESRN propiciar las trayectorias escolares relevantes en un ambiente de democratización de saberes, así como propiciar trayectorias escolares continuas y completas, con la res. 5534/04 se limita a la planificación, gestión y evaluación del proceso formativo. Se deja de lado con dicha resolución también el reconocimiento de la diversidad social existente, en tanto la ESRN reconoce la pluralidad y la establece como oportunidad de nuevos aprendizajes, siendo este reconocimiento necesario al entender de Silvia Guitz (2011) para diseñar una “buena escuela” en que todos ingresan sin ser discriminados, se trabajan contenidos socialmente significativos, lo que lleva a un buen rendimiento interno para que los chicos aprendan y baja la taza de ausentismo y deserción.
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