Funciones y normatividad área de personería jurídicas
Enviado por JUAN FELIPE CEDENO HERNANDEZ • 15 de Junio de 2016 • Informe • 9.245 Palabras (37 Páginas) • 237 Visitas
Santiago de Cali, enero 13 de 2016
Doctor:
JAVIER MAURICIO PACHON ARENALES
Director Jurídico
Asunto: Funciones y normatividad área de personería jurídicas
Cordial saludo,
La Gobernación del Departamento del Valle del Cauca en conjunto con el Departamento Administrativo Jurídico – Personerías Jurídicas tienen la competencia de mediante resolución de reconocer, inscribir, aprobar y cancelar entidades privadas sin ánimo de lucro cuya objeto social esté enmarcado en :
- Entidades educativas (Ley 115 de 1994),
- Entidades de Salud (prevención tratamiento y rehabilitación de la enfermedad (ley 10 de 1190, Decreto 1088 de 1991, resolución 13565 de 1991),
- Entidades Deportivas (clubes y ligas) que fomentan la práctica de un deporte y sus modalidades (Ley 181 de 1995, al Decreto 1228 de 1995) y,
- Organismos comunales ( JAC, JVC Y ASOCOMUNALES) de primero y segundo grado (ley 743 de 2002 y Decreto Reglamentario 2350 de 2003).
- Tramite de Recuperación de la Nacionalidad Colombiana (lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia, artículo 96 numeral 2 inciso final, en concordancia con la Ley 43 del 1º de Febrero de 1993 y Decreto No. 0207 de Febrero 1º de 1993, artículo 25 de la Ley 43 de Febrero 1º de 1993 y,
- Carta de Naturaleza Nacionalidad Colombiana por adopción ( Artículo 9º.- (Sic) de la Ley 43 de febrero 1º de 1993),
- Tramite de licencia, permisos y nombramientos a Notarios de 2ª y 3ª categoría en propiedad, y Procesos de designación de los mismos: Decreto 2148 de 1983 que reglamentó el Decreto Ley 960 de 1970 y el Decreto Ley 2160 de 1973, Decreto 3454 del 2006 que reglamento la Ley 588 de 2000, acuerdo 011 de 2010, decreto 2163 de 1970.
- Expedición de certificados de inspección vigilancia y control sobre las instituciones de utilidad común que tienen su domicilio principal en el Departamento, de conformidad a lo establecido en el artículo 23 del Decreto 1529 de Julio 12 de 1990.
- Tramite de Quejas Investigación Administrativas de entidades sin animo de lucro ( Inspección Vigilancia y Control ) Decreto 1529 de julio 12 de 1.990
- Expedición de Certificados de Existencia y Representación Legal de las entidades privadas sin ánimo de lucro inscritas en la Gobernación del Valle del Cauca.
- Expedición de certificado de existencia y representación legal para Registro Único de Proponentes de conformidad al artículo 17 del Decreto 1510 de julio 17 de 2013
- Expedición de Certificados Históricos por pérdida de competencia (Entidades sin Ánimo de Lucro). Dirigidos exclusivamente a las cámaras de comercio. De las entidades reconocida por la Gobernación del Departamento del Valle del Cauca con anterioridad al 2 de enero de 1.997 (Artículo 40 y 148 del Decreto 2150 de 1.995).
- Tramite registro de libros como: Libros de Asociados, de Actas de Asamblea General y de Actas de Comité Ejecutivo, libro de afiliados.
A continuación relaciono el total entidades inscritas y registradas a la fecha 2016
Clase Entidad | Total Inscritas |
Juntas de Acción Comunal | 2230 |
Juntas de Vivienda Comunitaria | 157 |
Asociación Comunal de Juntas | 31 |
Entidades Educativas | 2306 |
Clubes Deportivos | 2253 |
Entidades del sector Salud y Educación | 209 |
TOTAL | 7186 |
Sugerencia y Requerimientos para Área de Personería Jurídica
Teniendo en cuenta que el próximo 30 de Abril se realizarán a nivel nacional las elecciones de los nuevos dignatarios de organismos comunales, de primer y segundo grado, quienes se posesionaran el 1° de Julio del mismo año (cada cuatro años), como lo establece el artículo 32 de la Ley 743 de 202; es menester disponer del personal técnico y Profesional necesario (10 aprox) para evacuar con celeridad y calidad la información contenida en las actas y soportes de elección con el fin de elaborar la respectiva resolución de inscripción y algunas de reconocimiento de personería Jurídica, con el fin de introducir a la base de datos dicha información; igualmente se debe disponer de estas resoluciones a la mayor brevedad (requisito sine quanom) para efectuar la siguiente elección de dignatarios ante la Asociación Comunal de Juntas, organismo de 2° grado, las cuales se realizan el último domingo del mes de Julio y se posesionan el 1° de Septiembre de 2016.
De igual modo el Área presenta una Falencia de personal profesional capacitado para adelantar la función de Inspección y vigilancia sobre las ESAL de nuestra competencia, ya sea de oficio, o queja sobre irregularidades administrativas, financieras y de patrimonio, para lo cual es indispensable contar con un profesional de la contaduría pública
REQUISITOS
ENTIDADES EDUCACIÓN (ASOCIACIONES, CORPORACIONES, INTITUCIONES Y/O FUNDACIONES) (Ley 115 de 1994),
REQUISITOS PERSONERIA JURIDICA ENTIDADES EDUCATIVAS Ley 115 de 1994 (General de la Educación) Educación formal Y educación para el trabajo y el desarrollo humano Reconocimiento de Personería Jurídica: 1. Solicitud debidamente firmada por el Representante Legal y dirigida al señor Gobernador del Departamento, que tenga la siguiente información: -Nombres, apellidos y número de documento de identidad y lugar de expedición Fecha de la solicitud Nombre, domicilio, dirección, teléfono y telefax, si lo tiene de la entidad petición de quien asumirá la Representación Legal de la entidad, así como la dirección y teléfono de éste. Dicha información será verificada. 2. Acta de sesión en la cual conste la constitución de la entidad, en la cual indique la fecha y lugar de reunión, nombre y firma de las personas asistentes con sus respectivos documentos de identidad, la aprobación de los estatutos, la elección o designación del Representante Legal y de los demás dignatarios suscrita por el presidente y el secretario de las sesiones. 3. Los estatutos de la entidad firmados por el presidente y secretario. 4. Certificación que acredite la efectividad de los aportes, que se acreditarán mediante acta de recibo de aportes suscrito por el representante legal y el revisor fiscal de la entidad. 5. Fotocopia de la tarjeta profesional del Contador Público (Revisor Fiscal) y aceptación del cargo. Derechos de reconocimiento de personería jurídica $ 39.100 Casillas 25 y 26 primer piso Gobernación REEMPLACESE LA DENOMINACION DE EDUCACION NO FORMAL POR EDUCACION PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO. Ley 1064 de 2.006 CONTENIDO DE LOS ESTATUTOS ENTIDADES EDUCATIVAS
Al final de los estatutos se hará constar el hecho de su aprobación. El contenido de los estatutos en ningún caso podrá ser contrario al orden público, a las leyes o a las buenas costumbres. OBJETO SOCIAL: Promover el desarrollo y la formación del ser humano a través de la Educación Formal y la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, mediante la asesoría, estímulo, promoción, orientación, y apoyo a procesos e instituciones educativas que adelanten educación, investigación educativa, desarrollo de la comunidad. El adelanto de su objeto social la (FUNDACION O CORPORACION O ASOCIACION) podrá adelantar las siguientes actividades:
Para alcanzar el logro de estos objetivos la entidad podrá ejecutar y celebrar toda clase de contratos con entidades oficiales y privadas, para el apoyo a la educación, en los términos establecidos en la normatividad vigente, como también de adquirir, enajenar a cualquier título, arrendar, gravar bienes inmuebles. Inscripción de Dignatarios: Entidades Educativas
En caso de que la solicitud se formule mediante apoderado, éste deberá acompañar el respectivo poder presentado personalmente por el representante legal de la entidad.
4.- Convocatoria a la asamblea (s) Derechos de inscripción de dignatarios y reforma de estatutos $ 39.100 Casilla 25 y 26 Gobernación. Publicación: $ 118.600 Reforma de Estatutos. Entidades educativas
En caso de que la solicitud se formule mediante apoderado, éste deberá acompañar el respectivo poder presentado personalmente por el representante legal de la entidad.
Derechos de reforma de estatutos $ 39.100 Casilla 25 y 26 primer piso Gobernación Publicación $ 118.600 REEMPLACESE LA DENOMINACION DE EDUCACION NO FORMAL POR EDUCACION PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO. Ley 1064 de 2.006 |
...