Fundamentos jurídico del orden público
Enviado por vaneslis • 5 de Junio de 2013 • Tesis • 588 Palabras (3 Páginas) • 397 Visitas
Fundamentos jurídico del orden público: principios constitucionales y normativa jurídica que fundamentan la actuación de los organismos responsable en las operaciones de control mantenimiento y restablecimiento del orden publico
Según la constitución
DEL PODER PÚBLICO
Capítulo I
De las Disposiciones Fundamentales
Sección Primera: Disposiciones Generales
Artículo 136. El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.
Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado.
Artículo 137. La Constitución y la ley definen las atribuciones de los órganos que ejercen el Poder Público, a las cuales deben sujetarse las actividades que realicen.
Artículo 138. Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos.
Artículo 139. El ejercicio del Poder Público acarrea responsabilidad individual por abuso o desviación de poder o por violación de esta Constitución o de la ley.
Artículo 140. El Estado responderá patrimonialmente por los daños que sufran los o las particulares en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea imputable al funcionamiento de la administración pública.
ORDEN PÚBLICO
El término “ORDEN PUBLICO” es tan impreciso que el diccionario jurídico de Guillermo
Cabanillas comienza la definición de dicho término, manifestando que el Orden Público es más fácil sentirlo que definirlo y en la doctrina, las definiciones dadas han sido las unas contrarias a las otras sin poder determinar cuáles son sus límites, cuáles son sus factores, o cuales son las líneas divisorias exactas del mismo.
El sentido de autoridad, legalidad, juridicidad y representatividad de quienes ostentan en un momento determinado el poder supuestamente legítimo de actuar y por otra parte, quienes irrumpen el orden establecido. La Fuerza Pública se convierte, por lo tanto, en "la fuerza restablecedora del orden" porque "el orden debe ser restablecido por la fuerza"; según la opinión de todos los tratadistas, aunque la práctica indica que la amenaza del empleo de la fuerza constituye un disuasivo que ha dado buenos resultados en el manejo de las alteraciones del orden público en Venezuela, por parte de la Guardia Nacional. En un sistema democrático, representativo y en un "Estado de Derecho", el pensamiento jurídico y ético; es que una vez perturbado el orden público, debe ser restablecido por la fuerza, es decir, por la represión.
El Diccionario de Derecho Usual de Guillermo Cabanellas, clarifica el concepto de “Orden
Público” acudiendo al término antónimo
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