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Guía derecho mercantil


Enviado por   •  16 de Mayo de 2022  •  Apuntes  •  3.782 Palabras (16 Páginas)  •  84 Visitas

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1. Compara al nombre comercial del aviso comercial en lo siguiente: concepto, vigencia, necesidad o no de registro y da un ejemplo para cada uno.

Nombre comercial:

Concepto: Signo distintivo que se utiliza para identificar la empresa de una persona física o moral, de las demás que tienen la misma o similar actividad industrial o mercantil.

Vigencia: 10 años renovables

Registro: Que el nombre de que se trate efectivamente se esté utilizando para

distinguir una negociación mercantil. Que dicha denominación sea conocida dentro de una zona geográfica que pueda ser delimitada por la extensión de la clientela efectiva. Que el nombre adoptado, usado y conocido, nacional, tenga

características propias, originales, de manera que de ser usado por un tercero pudiera provocar confusiones o errores entre el público consumidor.

Que el nombre que se desea publicar no tenga, en lo que sea aplicable, ninguno de los impedimentos legales que existen para que una marca sea registrada.

Ejemplo: Fresko comercial mexicana

Aviso comercial:

Concepto: Las frases u oraciones que tengan por objeto anunciar al público establecimientos o negociaciones comerciales, industriales o de servicios, productos o servicios, para distinguirlos de los de su especie.

Vigencia: 10 años renovables.

Registro: Otorga el derecho al uso exclusivo. Art. 200 LFPPI

Ejemplo: Liverpool es parte de mi vida

2. ¿Qué es una denominación de origen?

De conformidad con el art. 264 LFPPI se entiende por denominación de origen, el producto vinculado a una zona geográfica de la cual éste es originario, siempre y cuando su calidad, características o reputación se deban exclusiva o esencialmente al origen geográfico de las materias primas, los procesos de producción, así como los factores naturales y culturales que inciden en el mismo.

Una vez emitida la declaratoria de protección de una denominación de origen, ésta deberá contar con una Norma Oficial Mexicana específica.

El Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional, del año de 1958, establece las bases generales que los países miembros deben observar para constituir y respetar denominaciones de origen en el contexto mundial. México es miembro desde 1962.

3. ¿Qué derechos otorga la denominación de origen y quién es su titular? El Estado Mexicano será el titular de la denominación de origen protegida de conformidad con las disposiciones establecidas por la Ley de la Propiedad Industrial y corresponde al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Sin la autorización correspondiente se considera un ilícito incluyendo los casos en que ésta se acompañe de indicaciones tales como género, tipo, manera, imitación u otras que tiendan a confundir a los consumidores o impliquen competencia desleal, por lo que el producto queda protegido.

4. Define franquicia

Artículo 245 LFPPI.- Existirá franquicia, cuando con la licencia de uso de una marca, otorgada por escrito, se transmitan conocimientos técnicos o se proporcione asistencia técnica, para que la persona a quien se le concede pueda producir o vender bienes o prestar servicios de manera uniforme y con los métodos operativos, comerciales y administrativos establecidos por el titular de la marca, tendientes a mantener la calidad, prestigio e imagen de los productos o servicios a los que ésta distingue.

5. ¿Qué debe contener el contrato de franquicia?

Artículo 246 LFPPI.- El contrato de franquicia deberá constar por escrito y deberá contener, cuando menos, los siguientes requisitos:

I.- La zona geográfica en la que el franquiciatario ejercerá las actividades objeto del contrato;

II.- La ubicación, dimensión mínima y características de las inversiones en infraestructura, respecto del

establecimiento en el cual el franquiciatario ejercerá las actividades derivadas de la materia del contrato;

III.- Las políticas de inventarios, mercadotecnia y publicidad, así como las disposiciones relativas al suministro de mercancías y contratación con proveedores, en el caso de que sean aplicables;

IV.- Las políticas, procedimientos y plazos relativos a los reembolsos, financiamientos y demás contraprestaciones a cargo de las partes en los términos convenidos en el contrato;

V.- Los criterios y métodos aplicables a la determinación de los márgenes de utilidad o comisiones de los franquiciatarios;

VI.- Las características de la capacitación técnica y operativa del personal del franquiciatario, así como el método o la forma en que el franquiciante otorgará asistencia técnica;

VII.- Los criterios, métodos y procedimientos de supervisión, información, evaluación y calificación del desempeño, así como la calidad de los servicios a cargo del franquiciante y del franquiciatario;

VIII.- Los términos y condiciones para subfranquiciar, en caso de que las partes así lo convengan;

IX.- Las causales para la terminación del contrato de franquicia, y

X.- Los supuestos bajo los cuales podrán revisarse y, en su caso, modificarse de común acuerdo los términos o condiciones relativos al contrato de franquicia.

No existirá obligación del franquiciatario de enajenar sus activos al franquiciante o a quien éste designe al término del contrato, salvo pacto en contrario.

Tampoco existirá obligación del franquiciatario de enajenar o transmitir al franquiciante en ningún momento, las acciones de su sociedad o hacerlo socio de la misma, salvo pacto en contrario.

6. ¿Cuál es la función de la circular de oferta en la franquicia?

La Circular de Oferta de Franquicia supone todos los documentos más importantes que debe de entregar un franquiciante a sus franquiciados durante el proceso en el que está ofertando su modelo de negocio, su marca. A través de la Circular Oferta de Franquicia, el franquiciante ofrecerá a sus franquiciados toda una serie de documentación valiosa para poder poner en marcha el modelo de negocio ofertado.

Artículo 245 LFPPI.-Quien conceda una franquicia deberá proporcionar a quien se la pretenda conceder, por lo menos con treinta días previos a la celebración del contrato respectivo, la información relativa sobre el estado que guarda su empresa, en los términos que establezca el Reglamento de esta Ley.

7. ¿Qué derechos y obligaciones adquiere el franquiciatario?

• El franquiciante podrá tener injerencia en la organización y funcionamiento del franquiciatario, únicamente para garantizar la

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