Hechos Jurídicos Y Actos Jurídicos
Enviado por mrchzofi1 • 14 de Octubre de 2014 • 1.774 Palabras (8 Páginas) • 885 Visitas
HECHOS JURIDICOS Y ACTOS JURIDICOS
INTRODUCCION
Los hechos jurídicos son acontecimientos susceptibles de ser percibidos por nuestros sentidos, los cuales se pueden analizar de acuerdo a su origen: son hechos humanos o naturales y de acuerdo a las consecuencias que producen: pueden tener un contenido estético, sentimental entre otros ó pueden producir un acontecimiento que tiene trascendencia en el ámbito del derecho como una modificación, adquisición, transferencia o extinción de derechos y obligaciones.
En este trabajo se presentará la clasificación de los hechos jurídicos analizados bajo los criterios principales que la doctrina tradicional ha utilizado: el criterio de la eficacia y el criterio de la voluntad, este último es independiente de la eficacia y centrado sobre la fenomenología de la realidad pre jurídica.
Hechos:
Los hechos son acontecimientos susceptibles de ser percibidos por nuestros sentidos. Todos ellos pueden analizarse según distintos criterios:
• De acuerdo con su origen, los hechos son humanos o naturales.
• De acuerdo con las consecuencias que producen son hechos simples o hechos jurídicos (ambos tipos pueden ser humanos o naturales).
Quiere decir que muchos hechos, sean naturales o humanos, pueden tener un contenido únicamente estético, sentimental, entre otros,
Ejemplos: un atardecer, escribir un poema a la persona querida vale decir que no tienen relevancia alguna para el derecho.
Pero hay otros que tienen directa incidencia en el derecho. A éstos se los denomina hechos jurídicos. Según el Código Civil Argentino un hecho jurídico es un acontecimiento que tiene trascendencia en el ámbito del derecho; es decir, que es susceptible de producir alguna adquisición, modificación, transferencia o extinción de derechos y obligaciones.
Ejemplo: Un contrato de compraventa, se adquiere el derecho de exigir la cosa comprada (comprador) y a exigir el dinero (vendedor). El deudor, mediante el pago efectivo (prestación de lo que debe, ya sea dinero u otra cosa) extingue la obligación con el acreedor.
Según Víctor Pérez: “El hecho jurídico se ha definido como “Causa de Efectos Jurídicos”
Un hecho jurídico es el antecedente o la causa de una relación jurídica. Una norma jurídica parte siempre de un presupuesto de hecho para posteriormente regular las consecuencias que ello tiene en el área del derecho. El presupuesto de hecho de la norma es un hecho jurídico. Es habitual que en derecho procesal se establezca que una sentencia judicial explique dos aspectos: hechos jurídicos que se entienden probados, y fundamentos de derecho a aplicar a tales hechos. Así, el fallo o sentencia vendrá fundamentado por estas dos categorías. Según Ortolán: "La función de los hechos en la jurisprudencia es función eficiente."
Un hecho jurídico en sentido estricto no tiene por qué ser voluntario ni controlable por la persona, mientras que en un acto jurídico, la voluntad de la persona es esencial. Por lo tanto, todos los actos jurídicos son hechos jurídicos, pero no todos los hechos jurídicos son actos jurídicos.
• Ejemplos de hechos jurídicos:
o La muerte
o La promulgación de una Ley.
o El nacimiento de una persona.
o Una declaración de guerra.
o Una catástrofe natural.
o Una catástrofe humana (genocidios, golpes de estado)
• Ejemplos de hechos jurídicos que además son actos jurídicos (Nota: todos los actos jurídicos son además hechos jurídicos pero no a la inversa):
o La firma de un contrato.
o El otorgamiento del consentimiento matrimonial.
o Otorgar testamento
o Las inscripciones registrales
Un hecho pude producir diversos efectos jurídicos. Por ejemplo: el abandono del hogar es en nuestra jurisprudencia causa de indignidad sucesoria y es también en nuestro código de familia causal de separación judicial (UN HECHO, DOS CONSECUENCIAS JURIDICAS)
• El acto jurídico es cuando una persona comete una acción con alevosía y ventaja. (voluntad)
• Mientras que el hecho jurídico es cuando, por ejemplo: una persona de la cruz roja está poniendo al herido en la camilla, cuando de repente se muere el herido, entonces fue un hecho ya que transcurrió en un lapso de tiempo y aunque no fue a propósito, de todos modos se hace un juicio, es por eso que se llama hecho jurídico.
• Hechos Jurídicos: Acciones con consecuencias jurídicas. Se denominan Naturales, ya que se generan espontáneamente, no por la voluntad humana. Ej: Muerte (testamento, herencia).
• Actos Jurídicos: Acciones con consecuencias jurídicas por la voluntad humana.
• Los Supuestos de Hecho pueden consistir en acciones u omisiones. Nos pueden penar tanto por una acción (positivo) o una omisión (negativo) [Ej: obligación de ayudar]. Ley del Adulto mayor
• Se denomina hecho jurídico a un acontecimiento que tiene trascendencia en el ámbito del Derecho.
• Una norma jurídica parte siempre de un presupuesto de hecho, para posteriormente regular las consecuencias que ello tiene en el área del derecho. El presupuesto de hecho de la norma es un hecho jurídico.
Actos:
Los actos han sido considerados de diferentes formas, pero la mayor parte de la doctrina, los especifica por la presencia de la conciencia y voluntad. La mayor parte de los autores hablan de hechos jurídicos en sentido estricto como sinónimo de hechos naturales en donde no existe la voluntad humana.
Dentro de este marco, cuando se habla de “hecho”, se hace referencia a un proceso de exteriorización provocado por un acontecimiento producto de un evento de la naturaleza o un comportamiento humano.
El proceso de exteriorización, por tanto, es el principal objeto de estudio, cuando se analiza el tema de los hechos jurídicos, sobre todo por la relevancia que se le otorga en el entorno social.
Los eventos:
Cuando se conocen los eventos de la naturaleza, comprendemos que estos no ponen en funcionamiento
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