INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE SENTENCIA
Enviado por ISACOSO • 9 de Abril de 2014 • 888 Palabras (4 Páginas) • 447 Visitas
INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE SENTENCIA.
C. JUEZ SEGUNDO MENOR EN MATERIA CIVIL.
MARIANA GARCIA PEREZ, Abogada, con el carácter de endosataria en procuración de la CAJA MORELIA VALLADOLID S.C. DE A.P. DE R.L. DE C.V., que tengo reconocido dentro de los autos que integran el Juicio Ejecutivo Mercantil número 166/2012 que sobre pago de pesos, se promueve en contra de la C. LAURA CORIA TINOCO, ante usted, respetuosamente comparezco a
A través del presente, vengo a formular INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE SENTENCIA, permitiéndome realizarlo bajo los hechos y consideraciones de derecho que enseguida narro:
PRIMERO.- De autos consta, que con fecha 24 veinticuatro de enero del año 2012 dos mil doce, se compareció a nombre de CAJA MORELIA VALLADOLID S.C. DE A.P. DE R.L. DE C.V., ante ese H. Juzgado, a demandarle en la Vía Ejecutiva Mercantil, a la C. LAURA CORIA TINOCO, el pago de la cantidad de $23,000.00 (VEINTITRES MIL PESOS 00/100 M.N.), el pago de intereses ordinarios pactados a razón del 1.80% uno punto ochenta por ciento mensual, sobre saldos insolutos y el pago del 3.00% tres por ciento mensual, adicional al interés ordinario, sobre la suerte principal, por concepto de intereses moratorios desde la constitución en mora y hasta la total solución del presente juicio, más el pago de los gastos y costas originados por la tramitación del mismo.
SEGUNDO.- Dicha demanda fue admitida en trámite mediante auto de fecha 26 veintiséis de enero del año 2012 dos mil doce, y seguido el juicio por sus causes legales se dictó sentencia definitiva el día 25 veinticinco de octubre del año 2012 dos mil doce, en la cual se condenó a la demandada LAURA CORIA TINOCO, al pago de las prestaciones reclamadas en el escrito inicial de demanda, por lo que dichas cantidades son las que se deben tomar como base para los efectos de la liquidación en cuestión, en la inteligencia de que la cantidad reclamada por concepto de suerte principal ya ha quedado liquidada dentro del fallo citado, siendo esta la de $23,000.00 (VEINTITRES MIL PESOS 00/100 M.N.)
TERCERO.- Ante tales circunstancias, es que vengo ante este H. Juzgado, a realizar el INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE SENTENCIA, que entiendo bajo el siguiente desglose:
a).- De intereses ordinarios pactados a razón del 1.80% uno punto ochenta por ciento mensual, sobre saldos insolutos, se reclama la cantidad de $7,866.00 (SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.), computados a partir del 1° primero de julio del 2011 dos mil once y hasta la presentación de este incidente.
b).- De intereses moratorios pactados a razón del 3.00% tres por ciento mensual, adicional al interés ordinario, generados desde la constitución en mora de la demandada, es decir, desde el 02 dos de agosto del año 2010 dos mil once,
...