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INTRODUCCION AL DERECHO MORAL Y DERECHO


Enviado por   •  12 de Mayo de 2015  •  2.343 Palabras (10 Páginas)  •  712 Visitas

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1. DERECHO

Entendemos por derecho al sistema de leyes, regulaciones y normas que una región, país o territorio se da a sí mismo con el objetivo de mantener bajo control ciertos comportamientos y actos sociales que puedan ser considerados peligrosos o dignos de interés. El derecho es un elemento puramente social que el ser humano creó desde el mismo momento en que se organizó en comunidades o sociedades y es por esto que la importancia del derecho es vital si buscamos comprender el funcionamiento de una sociedad.

Cuando hablamos de derecho, podemos decir que hay dos tipos principales. En primer lugar encontramos el derecho consuetudinario, o aquel que no se establece de manera oficial o por escrito pero que está en la conciencia social de las personas y que marca a través del sentido común qué cosas se pueden hacer y qué cosas no, por ejemplo, lastimar a alguien. Este tipo de derecho es el derecho característico de las sociedades más antiguas. Luego, cuando las sociedades se complejizaron, surgió la necesidad de establecer por escrito todas aquellas reglas, leyes, normas y regulaciones que controlaran y que dictarán de manera clara y concisa los posibles castigos, sanciones o perjuicios que determinadas acciones podían conllevar. Así, actos como crímenes o delitos se volvieron regulados, del mismo modo que también surgieron con el derecho escrito un sinfín de regulaciones para diferentes esferas de la vida social (regulaciones laborales, familiares, penales, civiles, etc.).

A través de esto observamos que la importancia del derecho reside entonces en imponer cierto orden y control sobre sociedades que, de otra manera, actuarían de modo caótico y desordenado. El derecho tiene como objetivo principal actuar como un conjunto de leyes máximas y supremas que deben ser respetadas por todos los miembros de la sociedad por el bien de la misma sociedad. Es aquí entonces cuando aparece la idea de bien común y pierde lugar la idea de bien individual que sería aquel que permitiría a los individuos actuar como quisieran sin tener en cuenta el perjuicio o daño que se puede causar a otros.

2. MORAL

Moral es una palabra de origen latino, que proviene del términos moris (“costumbre”). Se trata de un conjunto de creencias, costumbres, valores y normas de una persona o de un grupo social, que funciona como una guía para obrar. Es decir, la moral orienta acerca de que acciones son correctas (buenas) y cuales son incorrectas (malas).

Según otra definición, la moral es la suma total del conocimiento que se adquiere sobre lo más alto y noble, y que una persona respeta en su conducta. Las creencias sobre la moralidad son generalizadas y codificadas en una cierta cultura o en un grupo social determinado, por lo que la moral regula el comportamiento de sus miembros. Por otra parte, la moral suele ser identificada con los principios religiosos y éticos que una comunidad acuerda respetar.

El conjunto de normas morales es denominado como moralidad objetiva (existen como hechos sociales más allá de que el sujeto decida acatarlas). En cambio, los actos a través de los cuales la persona respeta o viola la norma moral conforman la moralidad subjetiva. Cabe mencionar que la idea de responsabilidad moral aparece con el convencimiento de que el accionar del individuo siempre se realiza con un fin, a menos de que se encuentra inconsciente (ya sea por una enfermedad mental, un desequilibrio psicológico, los efectos de una droga, etc.). Se dice que una persona que hace uso de los valores morales de su sociedad puede forjarse un mejor destino.

2.1 La Moral Como Regulación Del Comportamiento.

No es correcta la tesis frecuentemente sostenida de que el derecho prescribe una conducta externa mientras que la moral una interna. Las normas de ambos órdenes determinan ambos tipos de conducta. La conducta interna que la moral exigiría a diferencia del derecho consistiría en que la conducta, para ser moral, debe producirse contra las inclinaciones, contra un interés egoísta. Un orden social, una norma que prescribe una determinada conducta humana, tiene sentido si ha de lograrse una situación diferente de la que se obtendría si todos siguiesen sus inclinaciones o intentaran satisfacer sus intereses egoístas, inclinaciones e intereses que ya se dan sin requerir la validez y eficacia de un orden social.

Ningún orden social puede poner de lado las inclinaciones de los hombres, sus intereses, como motivo de sus acciones y omisiones, sólo puede, para ser eficaz, deber crear la inclinación o el interés que los lleve a actuar de acuerdo y a oponerse a las inclinaciones o intereses egoístas que sin él serían dominantes. La norma moral que se refiere sólo al motivo de la conducta interna es incompleta; sólo puede tener validez junto con las que prescriben la conducta externa. Y esas normas también ser normas morales.

Puesto que no cualquier comportamiento, sólo porque se produce contra una inclinación o contra un interés egoísta, será moral. Si alguien acata la orden de matar a alguien, su acción no tendrá valor moral, aun cuando la cumpla contra sus inclinaciones o intereses egoístas, en la medida que el homicidio se encuentre prohibido por el orden social que es presupuesto como válido. No es posible, en el juicio moral, separar el motivo, de la conducta motivada.

3. DERECHO Y MORAL

Junto a las normas jurídicas del derecho hay también otras normas que regulan el comportamiento reciproco de los hombres, es decir, son también normas sociales, la ciencia del derecho no es la única disciplina orientada al conocimiento y descripción de las normas sociales, cabe abarcar esas otras normas sociales bajo la denominación de “moral” y la disciplina que estudia su conocimiento puede ser distinguida como ética. En tanto que la justicia es una exigencia de la moral, la relación moral y derecho quedan comprendidos entre justicia y derecho.

La pureza metódica de la ciencia jurídica es puesta en peligro cuando no se distingue claramente entre derecho y moral. Existen normas morales que prescriben la conducta del hombre respecto de sí mismo, tal como la norma que prohíbe el suicidio, o las normas que obligan a la valentía o a la castidad. Esas normas sólo aparecen en la conciencia de los hombres que viven en sociedad. Esas normas se refieren en forma inmediata a ellos mismos, y en forma mediata al resto de la sociedad.

Dentro de la sociedad, el hombre ajusta su conducta a las normas obligatorias establecidas por el Estado (normas jurídicas) y a las normas impuestas por la moral (normas morales). Las primeras, deben ser obligatoriamente acatadas por el hombre; en cambio las segundas, no son obligatorias: el hombre puede acatarlas o no, voluntariamente.

Si

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