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Incoterms


Enviado por   •  24 de Abril de 2013  •  7.806 Palabras (32 Páginas)  •  368 Visitas

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Incoterm

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Los incoterms (acrónimo del inglés international commercial terms, ‘términos internacionales de comercio’) son términos de tres letras cada uno que reflejan las normas, de aceptación voluntaria por las dos partes —compradora y vendedora—, acerca de las condiciones de entrega de las mercancías, productos.1 2 3 Se usan para aclarar los costes de las transacciones comerciales internacionales, delimitando las responsabilidades entre el comprador y el vendedor, y reflejan la práctica actual en el transporte internacional de mercancías.

La Convención sobre contratos para la venta internacional de mercancías de las Naciones Unidas (en inglés, CISG, U.N. Convention on Contracts for the International Sale of Goods) en su Parte III «Venta de las mercancías» (artículos 25-88) describe el momento en que el riesgo sobre la mercancía se transfiere del vendedor (fabricante o no) al comprador (sea este el usuario final o no), pero reconoce que, en la práctica, la mayoría de las transacciones internacionales se rigen de acuerdo con las obligaciones reflejadas en los incoterms.

La CCI (Cámara de Comercio Internacional o ICC: International Chamber of Commerce) se ha encargado desde 1936 (con revisiones en 1945, 1953, 1967, 1976, 1980, 1990, 2000 y 2010) de la elaboración y actualización de estos términos, de acuerdo con los cambios que va experimentando el comercio internacional. Actualmente están en vigor los Incoterms 2010 (desde el 1 de enero de 2011).

Índice

• 1 Reglas y usos estandarizados del comercio internacional

• 2 Sobre el pago del comprador

• 3 Principales cambios en la versión de los Incoterms 2010

• 4 Categorización de los incoterms 2010

• 5 Definiciones de los términos 2010

o 5.1 Grupo E – Entrega directa a la salida

 5.1.1 EXW

o 5.2 Grupo F – Entrega indirecta, sin pago del transporte principal

 5.2.1 FAS

 5.2.2 FOB

 5.2.3 FCA

o 5.3 Grupo C – Entrega indirecta, con pago del transporte principal

 5.3.1 CFR

 5.3.2 CIF

 5.3.3 CPT

 5.3.4 CIP

o 5.4 Grupo D – Entrega directa en la llegada

 5.4.1 DAT

• 6 Reglas y usos estandarizados del comercio internacional

• 7 Sobre el pago del comprador

• 8 Principales cambios en la versión de los Incoterms 2010

• 9 Categorización de los incoterms 2010

• 10 Definiciones de los términos 2010

o 10.1 Grupo E – Entrega directa a la salida

 10.1.1 EXW

o 10.2 Grupo F – Entrega indirecta, sin pago del transporte principal

 10.2.1 FAS

 10.2.2 FOB

 10.2.3 FCA

o 10.3 Grupo C – Entrega indirecta, con pago del transporte principal

 10.3.1 CFR

 10.3.2 CIF

 10.3.3 CPT

 10.3.4 CIP

o 10.4 Grupo D – Entrega directa en la llegada

 10.4.1 DAT

 10.4.2 DAP

 10.4.3 DDP

• 11 Responsabilidad de la entrega por parte del vendedor

o 11.1 DAP

o 11.2 DDP

• 12 Responsabilidad de la entrega por parte del vendedor

• 13 Referencias

• 14 Bibliografía

• 15 Enlaces externos

Reglas y usos estandarizados del comercio internacional

El objetivo fundamental de los incoterms consiste en establecer criterios definidos sobre la distribución de los gastos y la transmisión de los riesgos entre la parte compradora y la parte vendedora en un contrato de compraventa internacional.

Los incoterms son de aceptación voluntaria por las partes, o sea, no son un esquema jurídico obligatorio; el tratado jurídico obligatorio para los 71 países que lo han ratificado es el CISG, mencionado más arriba. Su principal ventaja consiste en haber simplificado mediante 11 denominaciones normalizadas un cúmulo de condiciones que tienen que cumplir las dos partes contratantes. Gracias a esta armonización o estandarización, la parte compradora y la parte vendedora saben perfectamente a qué atenerse.

Además de las estipulaciones propias de cada incoterm, un contrato de compraventa internacional de mercancías puede admitir otras condiciones adicionales. Estos casos se deben establecer cuidadosamente porque los incoterms están redactados con gran armonía y recogen la práctica de infinitas experiencias comerciales internacionales.

Los Incoterms se aplican únicamente en las compraventas internacionales de mercancías, no en las de servicios ya que éstos son intangibles en los que no se utiliza la logística.

Los incoterms regulan cuatro aspectos básicos del contrato de compraventa internacional: la entrega de mercancías, la transmisión de riesgos, la distribución de gastos y los trámites de documentos aduaneros.

1. La entrega de las mercancías: es la primera de las obligaciones del vendedor. La entrega puede ser directa, cuando el incoterm define que la mercancía se entregue al comprador, son los términos “E” y los términos “D”; o indirecta, cuando la mercancía se entrega a un intermediario del comprador, un transportista o un transitario, son los términos “F” y los términos “C”.

2. La transmisión de los riesgos: es un aspecto esencial de los incoterms y no se debe confundir con la transmisión de la propiedad, que queda regulada por la ley que rige el contrato. El concepto fundamental se basa en que los riesgos, y en la mayoría de los casos, también los gastos, se transmiten en el punto geográfico y en el momento cronológico que definen el contrato y el incoterm establecido. El punto geográfico puede ser la fábrica, el muelle, la borda del buque, etc.; mientras que el momento cronológico está definido por el plazo de entrega de la mercancía. La superposición de ambos requisitos produce automáticamente la transmisión de los riesgos y de los gastos. Por ejemplo, en una entrega FAS (Free Alongside Ship, Franco al costado del buque), acordada en Valencia entre el 1 y el 15 de abril, si la mercancía queda depositada el 27 de marzo y se siniestra el 28, los riesgos son por cuenta del vendedor; en cambio, si se siniestra el 2 de abril, los riesgos son por cuenta del comprador aunque el barco contratado por éste no haya llegado.

3. La distribución de los gastos: lo habitual es que el vendedor corra con los gastos estrictamente precisos para poner la mercancía en condiciones de entrega y que el comprador corra con los demás gastos. Existen cuatro casos, los términos “C”, en que el vendedor asume el pago de los gastos de transporte (y el seguro, en su caso) hasta el destino, a pesar de que la transmisión de los riesgos es en origen; esto

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