Incumplimientos Preventivos
Enviado por vguemac • 22 de Diciembre de 2012 • 3.940 Palabras (16 Páginas) • 329 Visitas
INCUMPLIMIENTOS PREVENTIVOS.
La empresa “Plásticos Vinil” contrata la labor de un Servicio de Prevención Ajeno (SPA) para que realice la evaluación inicial de riesgos (ya que hasta ahora no tenía nada).
La situación de la empresa es la siguiente:
“Plásticos Vinil” es una empresa que se dedica a la creación de plásticos vinílicos destinados a la venta para empresas alimenticias, que posteriormente aprovecharán para la creación de bolsas herméticas en atmósfera inerte para el embase y conservación de alimentos (galletas, bizcochos, patatas fritas…).
La empresa se compone de 56 empleados, de los cuales 44 trabajan en cuatro grupos a tres turnos rotativos durante todos los días de la semana, descansando tres días cada 6 de trabajo. El resto de empleados trabaja en horario de oficina y se dedica a tareas administrativas, comercial, control de calidad y gerencia.
Para tareas de limpieza de la nave se contratan trabajadores procedentes de una ETT, que realizan durante una semana cada dos meses, a los cuales no se les comunica nada más que lo que tienen que hacer. Según sus palabras “no miran para ellos”.
El estilo de mando es “paternalista” y la estructura organizativa es totalmente piramidal, ya que el empresario comenzó con la empresa cuando era más pequeña así y siempre le funcionó bien. Por el contrario los representantes de los trabajadores se quejan de falta de consulta y participación en las decisiones que les afectan, incluida las relativas a la prevención de riesgos laborales.
Los reconocimientos médicos a los trabajadores son realizados por la Mutua que tienen contratada y se realizan anualmente de forma voluntaria, aunque todos los reconocimientos son iguales, independientemente del puesto desempeñado. La prevención “lo llevan los de la Mutua” según el gerente.
Preguntados por accidentes y enfermedades anteriores no existe ninguna información al respecto. Los trabajadores se quejan de no saber muchas veces cómo deben desempeñar su trabajo, aunque por parte de la empresa se comenta que el jefe siempre está disponible ante cualquier duda para resolverla.
PREGUNTAS DEL TUTOR
Con los datos facilitados en el Caso Práctico y los que necesites extraer de la Unidad de Competencia, se te solicita que contestes las siguientes cuestiones:
■ Imagínate que eres tú el técnico de prevención del SPA que te vas a encargar de la evaluación de riesgos. En este contexto, señala los incumplimientos en materia de legislación preventiva que observas en esta empresa, tomando como base la Ley Básica de Prevención de Riesgos Laborales.
Envía la respuesta al Tutor en este mismo archivo.
El primer incumplimiento en materia preventiva que podemos encontrar en la empresa “Plásticos vinil”, según el artículo 16.1 de la Ley 31/95 es no tener integrada la prevención en el sistema general de gestión de la empresa, es decir, no tener el plan de prevención adecuado, ya que en el caso se dice que de la prevención se encarga la Mutua.
“La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales a que se refiere el párrafo siguiente.”
Otro incumplimiento que podemos encontrar está relacionado con los artículos 18 y 19 de dicha ley, ya que se establece que los trabajadores no reciben la información ni formación necesaria, y muchas veces no saben cómo deben de realizar su trabajo. Aunque en el caso se dice que el jefe siempre esta disponible para resolver dudas, no se encuentra constancia de ello
18.1 “A fin de dar cumplimiento al deber de protección establecido en la presente Ley, el empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias en relación con:
a. Los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función.
b. Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior.
c. Las medidas adoptadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la presente Ley.”
19.1 “1. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo”
La vigilancia de la salud, aunque se realiza de forma voluntaria, todos los reconocimientos médicos son iguales independientemente del puesto de trabajo que se realice en la empresa, por lo tanto la vigilancia de la salud no es la adecuada (artículo 22 de la ley 31/95)
1. El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo.
Esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento. De este carácter voluntario sólo se exceptuarán, previo informe de los representantes de los trabajadores, los supuestos en los que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa o cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.
En todo caso se deberá optar por la realización de aquellos reconocimientos o pruebas que causen las menores molestias al trabajador y que sean proporcionales al riesgo.
2. Las medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores se llevarán a cabo respetando siempre el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona del trabajador y la confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud.
3. Los resultados de la vigilancia a que se refiere el apartado anterior serán comunicados a los trabajadores afectados.
4. Los datos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores no
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