Infanticidio
Enviado por gaviiota • 24 de Abril de 2014 • 854 Palabras (4 Páginas) • 221 Visitas
INFANTICIDIO
1.- Antecedentes del Delito.-
Al Igual que el aborto, el INFANTICIDIO es un homicidio con penalidad ATENUADA, y sujeto también a consideraciones de diversa naturaleza, y cuya pretendida justificación es de corte histórico y tradicionalista; sin embargo, la tendencia general se encamina a dejar de considerarlo como atenuante, para sancionarlo con la penalidad que corresponde a un homicidio cometido a una persona indefensa, precisamente por quienes tienen el primer deber de cuidarlo y protegerlo.
2.- Noción Legal.-
C.P.N. ART. 332.- “Llámase infanticidio a la muerte causada a un niño, dentro de las setenta y dos horas de su nacimiento, por alguno de sus ascendientes consanguíneos en línea recta.”
Al que cometa este delito se le aplicará de seis a diez años de prisión y multa de diez a cincuenta días de salario, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente.
ARTICULO 333.- Se aplicará de tres a ocho años de prisión y multa de cinco a cuarenta días de salario a la madre que cometiere el infanticidio de su propio hijo, siempre que concurran las circunstancias siguientes:I.- Que no tenga mala fama;II.- Que haya ocultado su embarazo;III.- Que el nacimiento del infante haya sido oculto y no se hubiere inscrito en el Registro Civil; y,IV.- Que el infante no sea legítimo.
Esta figura típica fue derogada del C.P.F., y aunque también lo fue, del C.P.D.F. en 1994, de nuevo fue considerada en las reformas del 16 de Julio de 2002, aunque sin llamarle propiamente INFANTICIDIO:
“ARTÍCULO 126. Cuando la madre prive de la vida a su hijo dentro de las veinticuatro horas siguientes a su nacimiento, se le impondrá de tres a diez años de prisión, el juez tomará en cuenta las circunstancias del embarazo, las condiciones personales de la madre y los móviles de su conducta.”
3.- Sujetos del Delito
a) Activo.- TIPO GENERICO: Cualquier Ascendiente. “HONORIS CAUSA”: Solo la Madre.
b) Pasivo.- El recién nacido (dentro de las 72 Hrs. De su Nacimiento – Nay- o dentro de las 24 Hrs de su nacimiento CPDF).
4.- Aspectos Médico-Forenses del delito
a) Requerimientos probatorios.
*Si el producto nació.- Es decir, si respiró fuera del seno materno.
*Establecer la Edad extrauterina
*La identidad con el desarrollo del producto
*Describir la existencia de lesiones
*Diagnosticar la causa de la muerte
*Establecer el momento de la muerte y el tiempo transcurrido desde entonces.
b) Elementos o formas de comprobación del delito.
*Dictamen pericial que determine si el producto RESPIRÓ (si fue así debe tener aire en sus pulmones).- Entre las pruebas médicas se encuentran: LAS DOCIMACIAS:
- PULMONAR HIDROSTÁTICA: Se coloca en un recipiente con agua, trozos de pulmón.- Si flota: Respiró; si se hunden, no lo hizo.
- PULMONAR HISTOLÓGICA.- A través de pruebas de laboratorio se detectan las modificaciones moleculares del pulmón, que evidencían que hubo respiración.
- GASTROINTESTINAL.- Similar a la Pulmonar, solo que con partes del estómago.
ENLACE RELACIONADO:
DOCIMASIAS
...