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Informe Tecnico RUIDO


Enviado por   •  27 de Abril de 2014  •  2.702 Palabras (11 Páginas)  •  304 Visitas

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Tabla de contenido

Marco Legal Referente 4

Metodología de Muestra 8

Recomendaciones 11

Conclusión 13

Marco Legal Referente

A continuación se exponen algunos de los más importantes cuerpos legales en los que se establecen las obligaciones del Estado, administradores del seguro Ley 16.744, empleadores y trabajadores, referente a las acciones tendientes a proteger la salud de quienes laboran en nuestro país, de aquellos trabajadores expuestos a ruido.

Constitución Política del Estado

En el artículo N° 19 incisos N° 9 se establece el derecho a la protección de la salud: “El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo. Le corresponderá asimismo, la coordinación y control de las relacionadas con la salud. Es deber preferente del Estado garantizar laejecución de las acciones de salud, sea que se presten a través de institucionespúblicas o privadas, en la forma y condiciones que determine la ley, la que podráestablecer cotizaciones obligatorias. Cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea este estatal o privado”

Código Sanitario

Rige todas las cuestiones relacionadas con el fomento, protección y Recuperación de la salud de los habitantes de la Republica, salvo aquellas Sometidas a otras leyes.

Titulo Tercero “DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD DEL AMBIENTE Y DE LOS

LUGARES DE TRABAJO”.

Art. 67. Corresponde al Servicio Nacional de Salud velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes en conformidad a las disposiciones del presente Código y sus reglamentos.

Art. 68. Un reglamento contendrá las normas sobre condiciones de saneamiento y seguridad de las ciudades, balnearios, campos y territorios mineros, así como los de todo sitio, edificio, vivienda, establecimiento, local o lugar de trabajo, cualquiera que sea la naturaleza de ellos.

Código del Trabajo

Rige sobre las relaciones laborales entre los empleadores y trabajadores. La fiscalización del cumplimiento de la legislación laboral y su interpretacióncorresponde a la Dirección del Trabajo, sin perjuicio de las facultades conferidas a otros servicios administrativos en virtud de las leyes que los rigen. Artículos 12, 153, 183-A, 183-B, 183-E, 183-AB, 184 a 193, 209 a 211, 506.

Ley N° 16.744, Ministerio del Trabajo y Previsión Social

Seguro Social contra Riesgos por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Título VII “Prevención de Riesgos profesionales”.

Artículo 65. Corresponderá al Servicio Nacional de Salud la competencia general en materia de supe vigilancia y fiscalización de la prevención, higiene y seguridad de todos los sitios de trabajo, cualesquiera que sean las actividades que en ellos se realicen. La competencia a que se refiere el inciso anterior la tendrá el Servicio Nacional de Salud incluso respecto de aquellas empresas del Estado que, por aplicación de sus leyes orgánicas que las rigen, se encuentren actualmente exentas de este control. Corresponderá, también, al Servicio Nacional de Salud la fiscalización de las instalaciones médicas de los demás organismosadministradores, de la forma y condiciones como tales organismos otorguen las prestaciones médicas, y de la calidad de las actividades de prevención que realicen.

Artículo 68. Las empresas o entidades deberán implantar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que les prescriban directamente el Servicio Nacional de Salud o, en su caso, el respectivo organismo administrador a que se encuentren afectas, el que deberá indicarlas de acuerdo con las normas yreglamentaciones vigentes. El incumplimiento de tales obligaciones será sancionado por el Servicio Nacional de Salud de acuerdo con el procedimiento de multas y sanciones previsto en el Código Sanitario, y en las demás disposiciones legales, sin perjuicio de que el organismo administrador respectivo aplique, además, un recargo en la cotización adicional, en conformidad a lo dispuesto en la presente ley. Asimismo, las empresas deberán proporcionar a sus trabajadores, los equipos e implementos de protección necesarios, no pudiendo en caso alguno cobrarles su valor. Si no dieren cumplimiento a esta obligación seránsancionados en la forma que preceptúa el inciso anterior. El Servicio Nacional de Salud queda facultado para clausurar las fábricas, talleres, minas o cualquier sitio de trabajo que signifique un riesgo inminente para la salud de los trabajadores o de la comunidad.

Artículo 71. Los afiliados afectados de alguna enfermedad profesional deberán ser trasladados, por la empresa donde presten sus servicios, a otras faenas donde no estén expuestos al agente causante de la enfermedad. Los trabajadores que sean citados para exámenes de control por los servicios médicos de los organismos administradores, deberán ser autorizados por su empleador para su asistencia, y el tiempo que en ello utilicen serán considerados como trabajado para todos los efectos legales. Las empresas que exploten faenas en que trabajadores suyos puedan estar expuestos al riesgo de neumoconiosis, deberán realizar un control radiográficosemestral de tales trabajadores.

Ley N° 20.123, Ministerio del Trabajo y Previsión Social

Regula Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de las Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios.

Ley N° 19.937, Ministerio de Salud

Regula nueva concepción de la Autoridad Sanitaria, Modalidades de Gestióny fortalece la Participación Ciudadana.

Ley N° 19.628, Ministerio Secretaria General de la Presidencia

Regula sobre la Protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal.

D.S. N° 594/99, Ministerio de Salud

Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Artículo 3o. La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean estos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella.

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