Int. Al Derecho
Enviado por kiri7 • 12 de Junio de 2015 • 3.845 Palabras (16 Páginas) • 176 Visitas
INTRODUCCION AL DERECHO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Las creaciones del ingenio humano, se vierten en alguna de las siguientes categorías:
(a) la de las producciones literarias, artísticas y científicas;
(b) la de las invenciones que resuelven dificultades técnicas en el ámbito industrial;
(c) la de los modelos de utilidad, que protegen los nuevos productos que introducen ventajas funcionales novedosas y
(d) la de los modelos y diseños industriales, que refieren a las nuevas formas ornamentales, evidenciando la evolución de las líneas y la aerodinamia en la industria.
Dichas manifestaciones del ingenio, son identificadas ante el público consumidor, mediante las denominadas "marcas de fábrica o de comercio".
En apretada síntesis, es éste el espectro de los llamados "derechos intelectuales e industriales", que, encontrándose garantizados por el Art. 17 de la Constitución Nacional, encuentran asimismo respaldo en diversas leyes y/o decretos leyes dictados en su consecuencia.
Respecto de la protección de los derechos intelectuales, creo no equivocarme al suponer que todos nosotros, hemos reparado alguna vez en la frase "Queda hecho el depósito de la Ley 11723".
Es ésta la norma que refiere a la protección de las obras literarias, artísticas y científicas habiéndose incorporado dentro de las últimas dos décadas, al software, dentro de esta categoría.
Respecto de la protección de los derechos de propiedad industrial, la normativa aplicable puede sintetizarse en la Ley 22.362, relativa a las Marcas y Designaciones, la nueva Ley 24.481de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad, y el Decreto Ley 6673/63, que regula a los Modelos y Diseños Industriales.
¿Ahora bien, qué es una marca?
La marca es el signo que distingue un producto de otro, o un servicio de otro.
La función distintiva de la marca, permite al consumidor comprar lo que quiere y al hacerlo, estará premiando el esfuerzo del dueño de la marca, quien venderá más y así aumentará sus ganancias. Esto lo incentivará a mejorar aún más la calidad de sus productos o servicios, con lo cual contribuirá a mejorar la calidad de vida de la población.
En suma, la marca es el vehículo de la competencia.
¿Cuáles son las funciones de la marca?
En primer lugar debe mencionarse la indicación del origen del producto o servicio, por cuanto cada marca, es directamente asociada con un productor.
En un segundo lugar, pero no por ello menos importante, deberemos hablar de la publicidad, ya que, sin una marca que lo designe, sería prácticamente imposible efectuar publicidad de un producto o servicio dado.
Por último, cabría mencionar la función de garantía de la marca. En efecto, frente al consumidor, la marca es garantía de una calidad uniforme. Quien vuelve a adquirir un producto o a contratar un servicio, lo hace porque desea encontrar la misma o mejor calidad que el producto o servicio tenían cuando los adquirió con anterioridad.
¿Como se adquiere la titularidad de una marca dentro de la legislación argentina?
Si bien debe aclararse que el registro de marcas no es obligatorio en ningún país del mundo, cabe destacar que nuestra ley, ha adoptado el sistema atributivo para la adquisición del derecho exclusivo sobre la marca. Es decir que, el derecho exclusivo al uso de una marca, pertenece en principio a quien obtiene el registro de la misma.
Ello no significa que la marca no registrada, pero utilizada efectivamente en el mercado durante años, esté totalmente desprotegida.
Por el contrario, nuestros Tribunales han reconocido en cantidad de casos, valor a la marca "de hecho", frente a una registrada con posterioridad.
Este criterio "de excepción" ha sido aplicado frente a terceros inescrupulosos que, en su momento, pretendieron obtener para sí el registro de una marca que venía siendo utilizada intensamente por quien, sin haber efectuado registro alguno, había logrado con su esfuerzo y constancia, ganar un mercado y una clientela importante, evitando así que se consumara un "despojo" contrario a la moral.
LA IMPORTANCIA DE SU REGISTRO
¿Cuales son los derechos que otorga al productor, el registro de una marca?
Sin duda, el más importante, es el derecho de exclusividad en el uso del signo registrado y el consiguiente derecho de oponerse a que terceros ajenos, registren marcas similares o confundibles con la suya, para distinguir los mismos productos o servicios.
El derecho de exclusividad conferido por la legislación marcaria, faculta también al titular de la marca registrada a perseguir eventuales falsificaciones o imitaciones de su signo, mediante el ejercicio de acciones tanto civiles cuanto penales, que tendrán como objetivo lograr el cese de uso de la marca falsificada o fraudulentamente imitada y la eventual reparación de los daños y perjuicios que dicho uso ilegítimo le hubieran causado al titular.
Como contrapartida, cuáles son las obligaciones del titular de una marca registrada, para poder mantener vigente su derecho?
Deberemos mencionar aquí la obligación de usar efectivamente la marca, (obligación ésta establecida a partir de la sanción de la actual ley 22.362 en 1981), ya sea para identificar un producto o servicio, o como parte del nombre comercial del productor.
El no uso de la marca registrada, traerá aparejada la imposibilidad de renovarla a su vencimiento, que habrá de producirse luego de transcurridos diez años desde la fecha de concesión del registro.
Asimismo, la falta de uso de la marca registrada, la hará vulnerable frente a un eventual ataque de caducidad, promovido por cualquier tercero interesado en el uso real y efectivo de la marca en cuestión.
Este ataque de caducidad por falta de uso que comentamos, se efectúa mediante acción judicial, promovida por parte interesada, por ante los Tribunales en lo Civil y Comercial Federal.
SIGNOS REGISTRABLES
¿Qué puede registrarse como marca?
El artículo 1 de la Ley 22.362, establece que "Pueden registrarse como marcas para distinguir productos o servicios: una o más palabras con o sin contenido conceptual; los dibujos, los emblemas, los monogramas, los grabados, los estampados, los sellos, las imágenes, las bandas, las combinaciones de colores aplicadas en un lugar determinado de los productos o de los envases; los envoltorios, los envases; las combinaciones de letras y números; las letras y números por su dibujo especial; las frases publicitarias, los relieves con capacidad distintiva y todo otro signo con tal capacidad.
Como puede apreciarse de la enunciación anterior, es por demás amplia la gama de signos que
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