Juicio Oral Es aquel en el cual las expresiones de las partes y las pruebas van a ser realizadas a viva voz
Enviado por marcosica • 16 de Noviembre de 2017 • Apuntes • 1.533 Palabras (7 Páginas) • 295 Visitas
Juicio Oral
Es aquel en el cual las expresiones de las partes y las pruebas van a ser realizadas a viva voz.
¿Cuáles son sus características?
-Prontitud → no es hacer las cosas rápido, sino de acuerdo a los plazos de la ley
-Economía → al ser oral se van a ahorrar papeles
-Simplicidad → cualquier ciudadano va a poder entender qué está sucediendo
¿Cuáles son sus principios?
-Inmediación → es la cercanía que tienen las partes con las pruebas, está todo a la vista.
-Concentración → en casa sesión del juicio se trata de realizar la mayor cantidad de diligencias
-Publicidad → todos los juicios orales son públicos
-Identidad física del juzgador → todos los presentes del juicio verán quien es el juez, el acusado, etc.
¿Cuál es la estructura del juicio oral?
1- Actos preparatorios o preliminares
2- Debate
3- Veredicto y sentencia
1- Actos preparatorios o preliminares
Son los primeros actos que van a dictarse una vez que el proceso pasó a juicio y que abre la principal etapa del proceso preparándolo para el debate. Está la elevación a juicio, radicación y la instrucción suplementaria.
La cámara sortea a qué tribunal le va a tocar.
Una vez llegado el expediente al tribunal seleccionado, se va a notificar la radicación del expediente y se va a dar un traslado a las partes por el término de 10 días para que en ese lapso puedan interponer las recusaciones que crean convenientes a los integrantes del Tribunal, y después puedan ofrecer pruebas para el debate.
En ese mismo momento las partes deben decir si creen necesario que se haga una audiencia preliminar.
La audiencia preliminar se fija en un plazo más breve posible. Antes era obligatoria pero ahora es opcional, las partes van a establecer de qué van a hablar. Se reúnen para hablar de estos temas:
-Las pruebas que van a utilizar las partes y el tiempo que va a durar
-La validez o la invalidez de los actos constitucionales (inconstitucionalidad) o nulidades.
-La unión o separación de juicios (en caso de ser varios).
-Las partes pueden acordar salidas alternativas al juicio oral, como el juicio abreviado, probation, etc. Se puede hacer hasta 30 días antes de la fecha fijada para la audiencia del debate oral.
Todo lo que se trate en esta audiencia preliminar el tribunal va a tener 5 días para resolver lo que corresponda, y a partir de ese momento va a fijar la audiencia para el debate y se le notificará a las partes.
La resolución se puede apelar dentro de los 3 días.
En cuanto a las citaciones, cada parte debe citar a los testigos y cada parte se va a ocupar de que asistan y si algún testigo vive lejos tiene la obligación de concurrir dándole los costos de traslado e indemnización laboral. Si no concurren se llama a la fuerza pública.
2- Debate
Es el corazón del proceso. Se van a desarrollar todos los actos que van a ser fuentes de prueba. El debate puede durar una o varias sesiones y se desarrolla respetando los principios básicos de la oralidad.
¿Cuáles son las características del debate?
El debate, bajo pena de nulidad, es oral y público y puede existir la posibilidad que algunas diligencias se hagan a puertas cerradas (ej. Nena violada) por el derecho a la privacidad de la víctima. En caso de duda, el debate es público. Sea público o a puertas cerradas, el juez lo tiene que fundar y será inimpugnable.
-Se podrá prohibir el ingreso de aquellas personas que resulten inconvenientes o perjudiquen el normal desarrollo (ebrios, hinchas de fútbol). La cantidad de personas que pueden concurrir está supeditada a la capacidad de la sala.
El proceso una vez que se inicia debe tener continuidad y tendrá continuidad durante todas las audiencias consecutivas que sean necesarias hasta su terminación.
¿Cuándo se puede dar la suspensión?
Suspensiones ordinarias
-Si hay algún error de forma
-Cuando alguna de las partes pida que se realice una nueva inspección ocular del lugar
-Reconstrucción del hecho
-Cuando no comparezcan testigos peritos o intérpretes indispensables
-Cuando se produjere la enfermedad de alguna de las partes: fiscal, defensor, imputado
-Cuando el defensor abandona la defensa y se designa a otro.
Si se suspende más de 10 días corridos, hay que comenzar nuevamente el juicio.
Suspensiones extraordinarias
El imputado en todo momento tiene el deber de asistencia y representación, y puede estar en la sala del juicio o en una sala contigua, con la debida vigilancia para evitar su fuga.
Si de la sala contigua el imputado se fuga habrá que suspender el juicio. El juicio se suspende de forma extraordinaria y cuando se lo encuentre al imputado que se había fugado, el juicio continúa.
...