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Juntas Locales De Conciliacion


Enviado por   •  2 de Octubre de 2011  •  639 Palabras (3 Páginas)  •  1.368 Visitas

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Las Juntas Locales de Conciliación y arbitraje, funcionan en cada una de las Entidades Federativas, se encargan de atender los conflictos individuales y colectivos que se suscitan entre los trabajadores y patrones.

Las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje son el órgano encargado de aplicar la justicia laboral, de acuerdo al reglamento pertinente. La Ley Federal del Trabajo en su Capitulo XIII Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje dice: Artículo 621.- Las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje funcionarán en cada una de las Entidades Federativas. Les corresponde el conocimiento y resolución de los conflictos de trabajo que no sean de la competencia de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

Artículo 622.- El Gobernador del Estado o el Jefe del Departamento del Distrito Federal, cuando lo requieran las necesidades del trabajo y del capital, podrá establecer una o más Juntas de Conciliación y Arbitraje fijando el lugar de su residencia y su competencia territorial.

Artículo 623.- La integración y funcionamiento de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje se regirán por las disposiciones contenidas en el capítulo anterior. Las facultades del Presidente de la República y del Secretario del Trabajo y Previsión Social se ejercerán por los Gobernadores de los Estados y en el caso del Distrito Federal, por el propio Presidente de la República y por el Jefe del Departamento del Distrito Federal, respectivamente.

¿Qué son las juntas de conciliación y arbitraje?

Son autoridades en materia laboral; desempeñan funciones como tribunales de trabajo, les corresponde el conocimiento y la resolución de los conflictos laborales suscitados entre trabajadores y patrones, trabajadores entre sí o entre patrones, derivados de las relaciones de trabajo.

Función: organismo autónomo e independiente, cuya finalidad es el conocimiento, tramitación y resolución de los conflictos que se susciten entre trabajadores y patrones, sólo entre estos o sólo entre aquéllos y derivados de las relaciones de trabajo

Competencia: hablando en un aspecto muy general, se enfocan a resolver conflictos de todo tipo (J.L.C.A.D.F. que fue la que visitamos), los cuales abarcan desde taquerias, restaurantes, hasta las grandes empresas maquiladoras y de servivios. Según lo establece la Gaceta Oficial del D.F. con fecha de 01-oct-2000, la cual fija 15 juntas especiales y 6 direcciones generales para atender conflictos colectivos e individuales.

Estructura: Capitulo 2, Artículo 5º del Reglamento Interno de la JLCADF: La Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, cuenta con los siguientes Órganos, Secciones, Direcciones, Unidades Administrativas y Servidores Públicos:

• El Pleno.

• El Presidente.

• La Secretaría Particular.

• La Coordinación de Asesores.

• Las Secretarías Generales.

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