Juntas Locales De Conciliacion
Enviado por lalore1520 • 2 de Octubre de 2011 • 639 Palabras (3 Páginas) • 1.368 Visitas
Las Juntas Locales de Conciliación y arbitraje, funcionan en cada una de las Entidades Federativas, se encargan de atender los conflictos individuales y colectivos que se suscitan entre los trabajadores y patrones.
Las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje son el órgano encargado de aplicar la justicia laboral, de acuerdo al reglamento pertinente. La Ley Federal del Trabajo en su Capitulo XIII Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje dice: Artículo 621.- Las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje funcionarán en cada una de las Entidades Federativas. Les corresponde el conocimiento y resolución de los conflictos de trabajo que no sean de la competencia de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
Artículo 622.- El Gobernador del Estado o el Jefe del Departamento del Distrito Federal, cuando lo requieran las necesidades del trabajo y del capital, podrá establecer una o más Juntas de Conciliación y Arbitraje fijando el lugar de su residencia y su competencia territorial.
Artículo 623.- La integración y funcionamiento de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje se regirán por las disposiciones contenidas en el capítulo anterior. Las facultades del Presidente de la República y del Secretario del Trabajo y Previsión Social se ejercerán por los Gobernadores de los Estados y en el caso del Distrito Federal, por el propio Presidente de la República y por el Jefe del Departamento del Distrito Federal, respectivamente.
¿Qué son las juntas de conciliación y arbitraje?
Son autoridades en materia laboral; desempeñan funciones como tribunales de trabajo, les corresponde el conocimiento y la resolución de los conflictos laborales suscitados entre trabajadores y patrones, trabajadores entre sí o entre patrones, derivados de las relaciones de trabajo.
Función: organismo autónomo e independiente, cuya finalidad es el conocimiento, tramitación y resolución de los conflictos que se susciten entre trabajadores y patrones, sólo entre estos o sólo entre aquéllos y derivados de las relaciones de trabajo
Competencia: hablando en un aspecto muy general, se enfocan a resolver conflictos de todo tipo (J.L.C.A.D.F. que fue la que visitamos), los cuales abarcan desde taquerias, restaurantes, hasta las grandes empresas maquiladoras y de servivios. Según lo establece la Gaceta Oficial del D.F. con fecha de 01-oct-2000, la cual fija 15 juntas especiales y 6 direcciones generales para atender conflictos colectivos e individuales.
Estructura: Capitulo 2, Artículo 5º del Reglamento Interno de la JLCADF: La Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, cuenta con los siguientes Órganos, Secciones, Direcciones, Unidades Administrativas y Servidores Públicos:
• El Pleno.
• El Presidente.
• La Secretaría Particular.
• La Coordinación de Asesores.
• Las Secretarías Generales.
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