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LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS


Enviado por   •  16 de Septiembre de 2014  •  Tesis  •  5.638 Palabras (23 Páginas)  •  298 Visitas

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Índice

Capítulo I

LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

1.1FUNCIONES

1.2 EL SISTEMA INTERAMERICANO DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS. DECLARACIONES Y PACTOS

1.3 DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

CAPÍTULO PRIMERO

LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (acrónimo: Corte IDH) es un órgano judicial de la Organización de los Estados Americanos (OEA) que goza de autonomía frente a los demás órganos de aquella y que tiene su sede en San José de Costa Rica, cuyo propósito es aplicar e interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados de derechos humanos a los cuales se somete el llamado sistema interamericano de protección de derechos humanos.

Los idiomas oficiales de la Corte son:

Español, francés, inglés y portugués. Los idiomas de trabajo son los que acuerde la Corte cada año. Sin embargo, para un caso determinado, puede adoptarse también como idioma de trabajo el de una de las partes, siempre que sea oficial.

FUNCIONES

Básicamente, conoce de los casos en que se alegue que uno de los Estados partes ha violado un derecho o libertad protegidos por la Convención, siendo necesario que se hayan agotados los procedimientos previstos en la misma, tales como el agotamiento de los recursos internos.

Las personas, grupos o entidades que no son Estados no tienen capacidad de presentar casos ante la Corte, pero sí pueden recurrir ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La Comisión puede llevar un asunto ante la Corte, siempre que el Estado cuestionado haya aceptado la competencia de esta. De todas maneras, la Comisión debe comparecer en todos los casos ante la Corte.

El procedimiento ante la Corte es de carácter contradictorio. Termina con una sentencia motivada, obligatoria, definitiva e inapelable. Si el fallo no expresa en todo o en parte la opinión unánime de los jueces, cualquiera de estos tiene derecho a que se agregue al fallo su opinión disidente o individual.

En caso de desacuerdo sobre el sentido o alcance del fallo, la Corte lo interpretará a solicitud de cualquiera de las partes, siempre que dicha solicitud se presente dentro de los noventa días a partir de la fecha de la notificación del fallo.

1.2 EL SISTEMA INTERAMERICANO DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.

DECLARACIONES Y PACTOS

1.3 DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Con la Declaración Universal nace una época en que los Derechos Humanos son universales y positivos, ya no van a proteger a los ciudadanos de un estado sino a todos los seres humanos.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos fue aprobada por consenso en la Asamblea General de la ONU el 10 de diciembre de 1948. Bajo la idea de alcanzar el ideal común por el cual todos los pueblos y naciones deben esforzare, a fin de que tanto los individuos como las instituciones inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades y aseguren por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados miembros como entre los de los territorios puestos bajo su jurisdicción, también se consideró la necesidad de la existencia de un régimen de derecho como protección de derechos; considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de derecho, a fin de que el hombre se vea obligado al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión.

La Declaración Universal se compone de un prólogo y 30 artículos. Los primeros dos artículos disponen que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y que todos tienen igualdad ante esos derechos e instan a cumplirlos sin distinción de sexo, raza, color, idioma etc. Los artículos siguientes hasta el veintiuno estipulan los derechos civiles y políticos de todos los seres humanos; derecho a la vida, seguridad, no ser sometido a torturas, esclavitud, derecho a casarse, igualdad ante la ley, libertad de asociación, reunión, asilo, nacionalidad, religión, entre muchos otros.

Los artículos del veintidós al veintisiete señalan los derechos económicos, sociales y culturales; derecho a la seguridad social, trabajo, descanso, nivel de vida adecuado, salud, bienestar, educación, etc. Los últimos dos artículos reconocen que todos los seres humanos tienen el derecho a que se establezca un orden social e internacional en el cual estos derechos y libertades se hagan plenamente efectivos y subrayen los deberes y responsabilidades que tiene el individuo para con la comunidad.

La Asamblea General de la ONU ha instado a sus Estados miembros al cumplimiento de sus normas establecidas en la Declaración; en 1966 pidió a todos los Estados "fortalecer los esfuerzos para fomentar el cumplimiento pleno de los derechos humanos y al derecho de la libre determinación de los pueblos de acuerdo a la Carta de las Naciones Unidas, y alcanzar las normas establecidas por la Declaración..." también el Consejo de Seguridad de la ONU en sus decisiones pidió al Gobierno de Sudáfrica suspender inmediatamente su constante imposición de medidas discriminatorias y represivas contrarias a los principios y propósitos de la Carta.

Se ha discutido si la declaración tiene fuerza jurídica o no; se debe enfatizar que esta Declaración sí lo es, de acuerdo a la Proclamación de Teherán, en donde se reunieron los Estados miembros de la ONU para estudiar y analizar la situación de los derechos humanos a nivel mundial, después de veinte años de haberse proclamado y aprobado la Declaración Universal. La Conferencia de Teherán afirmó que los principios de la Declaración deben consagrar y redoblar los esfuerzos para proporcionar a todos los seres humanos, una vidas en consonancia de la igualdad, libertad, dignidad, bienestar físico, mental, social y espiritual.

La Declaración Universal es el primer instrumento internacional que codifica los principales derechos humanos a nivel mundial.

CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

2. ORIGEN, ESTRUCTURA Y COMPETENCIAS DE LA CORTE

2.1 CREACIÓN DE LA CORTE

La Corte Interamericana de Derechos Humanos fue establecida como consecuencia de haber entrado en vigor, el 18 de julio de 1978, la Convención

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