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LA TEORIA DE LA NORMA DE CONFLICTO


Enviado por   •  11 de Marzo de 2015  •  631 Palabras (3 Páginas)  •  495 Visitas

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TEORIA DE LA NORMA DE CONFLICTO:

El conflicto entre normas: es cuando las normas de conflicto difieren manifiestamente. Así por ejemplo una norma de conflicto puede indicar como derecho aplicable a una sucesión el derecho del domicilio último del causante y otra el derecho de la última nacionalidad. Además, las normas de conflicto pueden adoptar el mismo punto de conexión, ejemplo domicilio, pero puede significar dos cosas diferentes en los dos sistemas jurídicos. Entonces el problema de las calificaciones consiste en saber de que ordenamiento jurídico debemos desprender las definiciones de los términos que la norma indirecta emplea o persona competente para elegir el significado de la expresión.

Puede ocurrir que el hecho, acto o negocio jurídico suceda en el extranjero, o la persona o personas involucradas sean extranjeras o el objeto se encuentre en el extranjero o se debate en un tribunal extranjero lo que ha tenido como base un hecho o acto realizado en el país; es decir, cuando exista un supuesto de hecho que contenga un elemento de extranjería, sea formal, personal o real, surge la pregunta de si, aplicamos el derecho del país o un derecho extranjero vigente.

Eso es lo que a través de la historia se conoce como conflicto de leyes, derecho de colisión o derecho internacional privado

LOS FACTORES DE CONEXIÓN:

Son elementos de enlace entre los dos polos estructurales de la norma de derecho Internacional privado. De aquí que la composición integral de la norma sea la siguiente:

a.) Lo conexionado, que es el supuesto de hecho expresado en categorías abstractas.

b.) La conexión, que es la consecuencia jurídica formal mediante la cual se designa la Ley aplicable a la regulación material del supuesto.

c.) El factor de conexión.

Desde el punto de vista formal, el factor de conexión (también llamado punto de conexión, de contacto o localizador) es el medio técnico empleado para la determinación de la ley aplicable.

El factor de conexión es el medio técnico de la descripción del Derecho material aplicable, mediante la utilización de circunstancias propias de cada caso concreto.

CLASIFICACION Y DIVERSOS TIPOS DE CONEXIÓN:

1.) De acuerdo a su contenido:

a.) Personales: Relativos a las personas, como la nacionalidad y el domicilio.

b.) Reales: a.) Relativo a los bienes, como el lugar de situación; b.) Relativo a los actos, como el lugar de celebración o de ejecución, el lugar donde ocurrió el hecho generador de una obligación no convencional, el lugar de comisión de un delito.

c.) Voluntarios: Los incluidos en forma expresa o presunta por la voluntad de las partes.

2.) De acuerdo con su naturaleza:

a.) Hechos reales: Como la situación de un bien inmueble.

b.) Conceptos jurídicos: Como la nacionalidad o el domicilio de las

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