LOGICA Y ARGUMENTACION JURIDICA
Enviado por crisser • 25 de Octubre de 2012 • 799 Palabras (4 Páginas) • 580 Visitas
RESUMEN FINAL DE OBLIGACIONES CIVILES
De las Obligaciones:
El pago es la única forma de extinguir esta obligación, puede ser en efectivo, la entrega de un bien, o la prestación del hecho positivo o negativo objeto de la obligación, puede ser hecho por segundas o terceras personas con interés jurídico o sin el y que podrán cobrar el adeudo o no.
El que paga deberá recibir un documento que respalde dicho pago, hacerlo en el domicilio pactado o donde se estipule.
Si el acreedor se rehúsa a recibir el pago se extingue la obligación.
El documento que se recibe por el pago será la garantía de que se cumplió con la obligación.
Consecuencias del Incumplimiento de las Obligaciones.
El que incumple una obligación de hacer, dejar de prestar un servicio o no prestarlo conforme a lo convenido será responsable de los danos y perjuicios que cause.
Y si no lo hiciera el afectado puede contratar a una tercera persona, obligando al incumplido a cubrir todos los gastos que esto genere mediante una sesión de crédito y en el que da el servicio.
Las consecuencias del incumplimiento tienen una prescripción de seis meses.
Es responsable de danos y perjuicios que cause al contratista el no hacer o incumplir en prestar un servicio.
En todos los tipos de contratos que se hagan con dolo no puede haber renuncia.
Los únicos casos en donde no hay responsabilidad ni manera de pagar o resarcir el daño es cuando el daño es por caso fortuito, o en caso contrario que la ley así se lo exigieran
Evicción y vicios ocultos prescriben a los seis meses, es decir que una persona adquiriera un bien enajenado o que tenga un juicio pendiente se obligara a pagar los danos a terceros que no tuvieron la oportunidad de ver un edicto (si yo adquiero un bien, yo tengo que cubrir los danos a terceros).
De las Instituciones Protectoras del
Acreedor para el caso de Incumplimiento del Deudor.
Los actos celebrados por un deudor en prejuicio de su acreedor pueden anularse a petición de este si descubriera que, dicho deudor adquirió otro u otros créditos poniendo en garantía el mismo bien, el acreedor puede solicitar la acción paulina siempre y cuando demuestre que el deudor esta en estado de insolvencia.
Cuando un deudor incumple por actos simulados puede ser:
Porqué las partes en un acto jurídico le dan una falsa apariencia o una de las partes finge, no darse cuenta de que el precio en que esta basada la transacción es irreal, o se hace la acción usando un prestanombres (testaferro)
O que el acto se realice por parientes, consortes, concubino, adoptante o adoptado o personas de amistad intima sobre un bien enajenado.
Que el acto se realice treinta días anteriores a la declaración judicial del concurso del deudor.
En la acción oblicua el deudor ejerce ciertas
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