LOS GRANDES DERECHOS HUMJANOS EN EL DERECHO FAMILIAR
Enviado por crimilares • 13 de Agosto de 2015 • Ensayo • 5.568 Palabras (23 Páginas) • 163 Visitas
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UNIVERSIDAD JUAREZ DEL ESTADO DE DURANGO
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
DIVISION DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
TEMA
“TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS Y SU APLICACIÓN EN EL DERECHO FAMILIAR”
LIC. JESÚS LARES RAMÍREZ
DURANGO, DGO., NOVIEMBRE DE 2012
SUMARIO
1.Introducción. 2. La reforma constitucional y su trascendencia en el derecho familiar. 2.1 Protección de la Familia y del Derecho Familiar. 3. Los tratados internacionales en materia de derechos humanos respecto a las normas de derecho interno. 4. Obligaciones del Estado frente a los derechos humanos. 5. Estado de excepción. 6. Mecanismos de protección de los derechos humanos. 7. Conclusiones. 8. Bibliografía.
- INTRODUCCCIÓN
Sin duda alguna las recientes reformas realizadas al texto de algunos de los artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, generan un nuevo marco constitucional que permitirá incrementar considerablemente el respeto a los derechos humanos en nuestro país.
Con la reforma al artículo primero de nuestra constitución los derechos humanos pasan a formar parte de la norma suprema que rige en nuestro territorio y ocupan la máxima jerarquía jurídica en nuestro orden jurídico.
Ésta destaca primordialmente que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, lo que implica que todos los seres humanos gozan tanto de las prerrogativas establecidas en nuestra Constitución como en esos tratados internacionales, y que mediante los mecanismos de protección que establece la propia constitución pueden solicitar su tutela, derechos que únicamente podrán restringirse o suspenderse en los casos y bajo las condiciones previstas que la propia constitución establece.
Ordena también en su segundo párrafo que las normas relativas a los derechos humanos deben interpretarse conforme a la Constitución y a los referidos tratados internacionales, favoreciendo en todo tiempo la protección más amplia a las personas, ello implica que el Estado Mexicano debe optar por un ordenamiento normativo que se apegue al texto constitucional y a los referidos instrumentos internacionales, estableciendo así el llamado control de la convencionalidad, obligándose a interpretar las normas en el sentido más favorable a la protección de las personas.
Se establece la obligatoriedad para todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos conforme a los principios enunciados de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad[1], de tal manera que todos los tribunales del Estado Mexicano al aplicar las normas generales ordinarias que rigen la resolución de los juicios de su conocimiento, deben ejercer de oficio el control difuso, privilegiando la interpretación conforme.
De tal manera que estas reformas constitucionales en materia de derechos humanos sientan las bases para desarrollar por diversas vías, legislativas, jurisdiccionales o administrativas, un nuevo marco jurídico del Estado Mexicano, e impulsan mejoras a nuestro andamiaje jurídico e institucional para la promoción y protección de éstos.
- LA REFORMA CONSTITUCIONAL Y SU TRASCENDENCIA EN EL DERECHO FAMILIAR
Como anteriormente señalamos, la reciente reforma constitucional en materia de Derechos Humanos da pauta al nacimiento de una nueva etapa jurisdiccional en la historia constitucional de nuestro país.
Al aprobarse las diversas modificaciones constitucionales en materia de derechos humanos, se incluyen aspectos fundamentales del derecho familiar, entre los que destacan principalmente reconocer el derecho a la vida, la integridad personal, la protección de la familia, del nombre, de la nacionalidad, de los derechos del niño, que como podemos ver, son garantías que no pueden restringirse ni suspenderse como tales.
Por efectos de la reforma fueron modificados los artículos 1º, 3º, 11, 15, 18, 29, 33, 89, 97, 102 y 105, los que una vez pasados por el correspondiente proceso legislativo se convirtieron en Derecho Positivo vigente para nuestro país.
El aspecto más importante de la reforma fue asegurar la protección de los derechos humanos contenidos en los Tratados Internacionales y Convenciones de los que nuestro país es parte. Dándole el estatus como un Estado garantista y protector de los derechos humanos y comprometido ante la comunidad internacional a observar y respaldar los principios, acuerdos y disposiciones que éstos promueven, máxime que dicho compromiso, al margen de la vinculación inherente a ellos, se ha convertido en una obligatoriedad para el Estado mexicano, quien deberá, de conformidad con lo establecido en su texto reformado del artículo primero, favorecer en todo tiempo a las personas la protección más amplia, promover, respetar proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad[2].
2.1 Protección de la Familia y del Derecho Familiar
Con la reforma se busca asegurar una verdadera equidad e igualdad entre todos los mexicanos. En virtud de ésta, se reconocen y protegen todos los derechos humanos que son parte de los Tratados Internacionales firmados por el Estado Mexicano; en ellos destacan principalmente los que de alguna manera se refieren a la protección de aspectos fundamentales que tutela el Derecho Familiar, como la Convención de los Derechos de la Niñez, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia en contra de la Mujer, o los que de manera unilateral o bilateral se refieren a la sustracción de menores, al pago de pensiones alimenticias, los que se refieren a la erradicación de la Discriminación, etc. etc.
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