LOS TESTAMENTOS
Enviado por DanielVizcaya • 10 de Junio de 2013 • 1.695 Palabras (7 Páginas) • 292 Visitas
Testamento
De Wikipedia, la enciclopedia libre
Saltar a: navegación, búsqueda
Para otros usos de este término, véase Testamento (religión).
El testamento (del latín testatio mentis, que significa "testimonio de la voluntad") es el acto jurídico por el cual una persona dispone para después de la muerte del dueño (que puede ser un familiar o una persona a la cual se le tuviere estima) de todos sus bienes o parte de ellos. Algunos autores sostienen que no proviene de "testario mentis", sino que sus orígenes se encuentran en el vocablo "testis", por lo que se hace referencia al testigo; es decir, el testamento no tiene significado como expresión material de voluntad, sino que es un acto en el que se atestigua esta voluntad. El testamento también admite actos de carácter no patrimonial, como pudiera ser el reconocimiento de hijos.1
¿Qué validez tiene un Testamento?
Los testamentos deben ser conocidos por un notario y deben estar registrados en el Ministerio de Justicia. Los testamentos que no se han realizado de esta forma son los llamados ológrafos y en general están escritos por el propio testador, muchas veces no son legales al no contemplar la legalidad del lugar de realización (recuerde que no en todas las provincias se esta sujeto a los mismos deberes a la hora de realizar un Testamento).
El testamento debe ser abierto antes de que transcurran 5 años desde la muerte del testador, posteriormente podrían ser impugnados. Es por ello que conviene que nuestra voluntad quede expresada de forma que no se pierda en el tiempo ni en el lugar. Hacer un testamento a mano y esconderlo para que no lo roben o desaparezca puede hacer que no se encuentre a tiempo (sin contar que no sea legal) y nuestra voluntad se pierda.
De la forma de los testamentos.
Existen dos formas de testamento el ordinario o EspecialEl ordinario es: • publico abierto • publico cerrado• ológrafoQuienes no pueden ser testigos de un testamento:• los amanuenses (escribientes que trabajan para el notario que autoriza el testamento)• los menores de 18 años• los que no están en su cabal juicio• los sordos, mudos o ciegos.• Los herederos, sus descendientes. Ascendientes, conyugue o hermanos• Los que hayan sido condenados por delito de falsedad.• Los que no entienden el idioma español.Tanto el notario como los testigos deben de conocer al testador o cerciorarse de su identidad o si no se conoce debe de ser asentada tal circunstancia en el testamento y si no, no será valido el testamento y que este se halle en su cabal juicio.Se prohíbe al notario o a cualquier otra persona que redacte el testamento dejar hojas en blanco y servirse de abreviaturas, para este caso serán multados los notarios y los que redacten el testamento o quien lo escribe.Testamento publico abiertoAnte el notario y tres testigos, con sus capacidades.El testador declarara su voluntad ante el notario y pos supuesto los testigos, el notario hará constara en las actas del testamento que se levanten, la voluntad del testador y se leerá en voz alta pero que se manifieste si existe algún error y si se este conforme se firmara todo el documento los que en ella intervinieron, y se hará constar el lugar, el día, la hora, el año en que se otorgo, si el testador no supiere escribir ni firmar tendrá que intervenir otro testigo mas que firmara a su ruego.El que fuere sordo, pero sabiendo leer, deberá de leer el testamento y si no supiere designara a una persona que lo lea a su nombre, cuando sea ciego se dará lectura dos veces una para el notario y otra para el testigo que designe el testador.Cuando el testador ignore el idioma del país, si puede escribir de su puño y letra su testamento será traducido por dos interpretes nombrados por el testador si el testador no sabe ni puede escribir uno de los interpretes escribirá el testamento que dice el testador y leído y aprobado por el testador será traducido al español por los dos interpretes, que deben concurrir al acto.Si el testador no sabe o no puede, dictara en su idioma el testamento a uno de los intérpretes si se practicaron todas los formalidades, (testigos, el idioma, ext.) el notario dará fe de haberse llenado todas.Testamento publico cerrado:Este puede ser escrito por el que otorga el testamento o por persona designada por el testador y en papel común, debiendo firmar el testador al calce del testamento y al margen de todas las hojas que se ocuparon, y si no supiere firmara otra persona a su ruego firmara, y se hará constar en el testamento tal circunstancia.El citado testamento se cerrara y se firmara por el testador, testigos y personas y testigos que intervinieron, el papel en que este escrito el testamento deberá estar cerrado con lacre (pasta de goma o pegamento) y se sellara con el sello del testador o con cualquier otro objeto que deje huella visible en el lacre, el testador al hacer la presentación declarara que esta es su ultima voluntad.El notario dará fe del otorgamiento del citado testamento, con las formalidades anteriormente manifestadas y además será firmada por el testador, testigos, notario y además pondrá su sello.El que sea solo sordo o solo mudo puede hacer un testamento cerrado con tal de que sea escrito de su puño y letra o que sea escrito por otro lo anote así el testador y firme la nota de su puño y letra teniendo las demás solemnidades para esta clase de testamentos.El
...