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La Etica En El Ambito Legislativo

ihanaortiz16 de Abril de 2015

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APLICACIÓN DE LA ÉTICA JURÍDICA EN EL ÁMBITO LEGISLATIVO

En el ámbito legislativo los principios éticos a enarbolar son: legalidad, legitimidad,democracia, libertad de expresión, tolerancia, formalidad, pluralidad, respeto a los pactos einformación al elector; para alcanzar los fines éticos de estabilidad jurídica, estabilidad políticay eficacia jurídica.

ÉTICA JURÍDICA EN RELACIÓN CON EL ÁMBITO LEGISLATIVO

LEGITIMIDAD.- Se refiere a que los legisladores fueron elegidos mediante el ejercicio del voto popular, para cumplircon la encomienda de crear leyes justas.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN.- Lo que se apruebe por las legislaturas en turno, queda plasmado en la ley.- (Expresión del pueblo).

FORMALIDAD.- Manera o forma como queda plasmado un ordenamiento jurídico. Tiempos y formas que deben cumplirse en su creación.

PLURALIDAD.- La creación de una ley es el resultado de la intervención de diversas corrientes políticas (Grupos Parlamentarios) ya sea en el ámbito federal (Cámaras de Senadores y Cámara de Diputados Federales) que a la vez conforman el Congreso de la Unión; así como en el ámbito estatal (Diputados Locales) que conforman el Congreso de cada entidad federativa.

RESPETO A LOS PACTOS.- Cumplimiento de los acuerdos establecidos por las diferentes corrientes políticas y plasmados en las normas.

INFORMACIÓN AL ELECTOR.- Obligación de dar a conocer oportunamente a los ciudadanos, la actividad legislativa que se desarrolla, tanto en el ámbito estatal como federal.

ESTABILIDAD JURÍDICA.- Se modifican o se crean nuevas leyes, lo que redunda en que la sociedad tenga un marco jurídico que responda a sus necesidades.

ESTABILIDAD POLÍTICA.- El adecuado trabajo desarrolado por los legisladores se refleja en la estabilidad social interna del Estado.

EFICACIA JURÍDICA.- Es el reflejo de la existencia y adecuada aplicación de las leyes creadas por el legislativo, con las que pueden resolverse las controversias suscitadas entre los particulares y de éstos con el Estado.

IV. ÉTICA PARLAMENTARIA

Ante la creciente descomposición de los miembros de la sociedad y de las instituciones públicas, es necesario apelar a los principios de conducta del ser humano, esto es a la ética de cada uno de los miembros de dichos órganos, y por ende, de la sociedad. Es aquí donde aflora el concepto de "ética parlamentaria".

La ética parlamentaria no es sino la ética aplicada a la institución representativa, que puede llamarse parlamento, congreso, cortes, asamblea, entre otros. El estudio de la ética en general requeriría de todo un tratado, puesto que es una disciplina con muchos campos y sobre la que se han escrito numerosas y variadas teorías, las cuales no alcanzaríamos siquiera a mencionar en este trabajo, sin embargo, haremos una breve referencia a los aspectos más significativos de esta disciplina para tener una idea más clara del contenido de la ética parlamentaria.

1. Ética y moral

A menudo ética se confunde con moral, sin embargo debemos diferenciarlas claramente, la primera tiene que ver con un comportamiento teórico mientras que la segunda con un proceder de hecho.

Ética proviene de ethos que significa modo de ser o carácter en cuanto forma de vida. La ética es norma para la vida diaria, orienta la conducta práctica, dirige, encauza las decisiones libres del hombre.36

La ética es la teoría de la conducta humana vista desde la perspectiva moral, estudia los fines a los que debe dirigirse la actividad humana, así como los medios para alcanzarlos.37

Sánchez Vázquez define a la ética como "la teoría o ciencia del comportamiento moral de los hombres en sociedad". Esto es una disciplina científica que responde a la necesidad de un tratamiento teórico a los problemas morales; el objeto de estudio de la ética lo constituyen los actos conscientes y voluntarios de los individuos que afecta a otros, a determinados grupos sociales, o a la sociedad en su conjunto.38 La ética estudia el comportamiento humano desde la óptica de ciertos principios y valores considerados como importantes en una sociedad determinada.

La moral, por su parte, proviene del latín mos, moris (uso, costumbre, comportamiento) y se refiere al conjunto de hechos y normas que conducen al hombre hacia la práctica de las buenas costumbres, la honestidad y el cumplimiento del deber. La ética busca la práctica de la moral, es decir, la aplicación de las normas morales.39

Algunos han pretendido explicar la diferencia entre ética y moral a partir de su desarrollo teórico y aceptación consciente en el individuo, así Claudio Gutiérrez señala que "la ética es la mayoría de edad de la moral", pues ésta se refiere a los principios de conducta adquiridos por asimilación de las costumbres y valores de nuestro ambiente (padres, maestros, ministros religiosos, etcétera), dichos principios son impuestos, es decir se reciben pasivamente, y en ocasiones sin cuestionar. Pero, por otro lado, la ética es un intento de llevar esas normas de conducta y principios de comportamiento a una aceptación consciente basada en el ejercicio de la razón. Por ello la ética cambia lo recibido en forma pasiva o inconsciente, a lo asumido de manera activa y con pleno discernimiento, descansando en el libre ejercicio de la crítica racional sobre los valores recibidos.40

Así pues, la relación de la ética con la moral es la de una ciencia y su objeto de estudio. O como también se especifica, la ética es el estudio racional de la moralidad social.

2. Ética pública y ética privada

Tradicionalmente se ha pensado que la ética es algo que se vive de manera privada, sin embargo, existen claras distinciones entre la ética de carácter público y aquella de carácter privado. Peces-Barba señala que la ética pública es una ética procedimental que marca criterios, guías y orientaciones para organizar la vida social; supone un esfuerzo de racionalización de la vida política y jurídica para alcanzar la humanización de todos.

Por otro lado, la ética privada es una ética de contenidos y conductas que señala criterios para alcanzar la salvación, la virtud, el bien o la felicidad, es decir, orienta los planes de vida; puede ser religiosa o laica, su meta es la autonomía moral. Este tipo de ética posee dos dimensiones: individual y social; la primera se refiere directamente al objetivo de regular nuestra conducta a su fin último; mientras que la segunda lo hace a través de nuestras relaciones sociales con las demás personas. Puede ser obra de la persona misma o provenir de la propuesta de una religión o concepción filosófica, lo que supone la autonomía del individuo en la aceptación de esos criterios.41

Así pues, a la ética pública le interesa reglamentar el poder político, los sistemas en que se establece y cómo se ejerce. De esta manera, Peces Barba explica que la ética pública posee cuatro dimensiones: 1) Limitación del poder, implica el sometimiento del poder al derecho mediante el Estado de derecho o Estado constitucional, y garantizar el ejercicio de los derechos humanos individuales, civiles y políticos; 2) Organización del poder, comprende la separación funcional de poderes, la separación territorial de éstos, el sistema parlamentario representativo, la independencia del Poder Judicial, la neutralidad de la administración, la garantía de la Constitución; 3) Promoción a través del poder, esto es la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales (educación, seguridad social, protección a la salud, vivienda, trabajo, entre otros); 4)Funcionamiento del poder, que abarcan los principios de funcionamiento en el ámbito de la acción política y protección jurídica en la sociedad democrática (principio de mayorías y de negociación).

Estos contenidos de ética pública se organizan por medio de valores, principios y derechos fundamentales, establecen criterios de acción para los operadores jurídicos, y son guía para la producción e interpretación del derecho, así como para el establecimiento de los fines principales del sistema jurídico.42

En la ética pública se establece que los servidores públicos deben actuar con ejemplaridad y honradez en todo momento; deben desempeñar su labor con objetividad y en afán de perfeccionamiento continuo; deben colaborar con otros funcionarios (superiores, inferiores o de igual rango) bajo las ideas de lealtad y sinceridad; y su servicio estará enfocado siempre a lo que sea mejor para los intereses públicos.43

En el ámbito de la administración pública se han elaborado ya diversos códigos de conducta para los servidores públicos, por lo que podemos afirmar que esta rama de la ética ha sido desarrollada consistentemente, a diferencia de la referida al Poder Legislativo, la cual no ha sido suficientemente estudiada.

La ética parlamentaria tiene relación directa con la democracia, pues como afirmamos en el segundo apartado, el parlamento garantiza la democracia en el Estado actual. Veamos a continuación a qué nos referimos cuando hablamos de este tipo de ética.

3. Ética parlamentaria

La ética parlamentaria es definida por Ramírez Altamirano como "el conjunto de normas de conducta elaboradas para el ejercicio de la función parlamentaria, es decir, el conjunto de reglas éticas que rigen la actividad de los diputados o representantes a las asambleas, congresos o parlamentos".44

La ética parlamentaria se concreta en reglas específicas recogidas en códigos o leyes de los parlamentos, estas normas

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