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La Eutanasia en el Derecho


Enviado por   •  12 de Agosto de 2017  •  Monografía  •  2.608 Palabras (11 Páginas)  •  243 Visitas

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La eutanasia definida como la terminación voluntaria de la vida procede del griego “eu”, lo cual significa bueno y “thanatos” que significa muerte. Este término fue utilizado en limitadas ocasiones, algunos de los grandes filósofos griegos señalaron que la eutanasia es admitida como una práctica de muerte provocada en caso de enfermos considerados irrecuperables. Platón, por ejemplo, señalo que” la sociedad ha de estar conformada únicamente por hombres sanos y que “quien no es capaz de vivir desempeñando las funciones que no le son propias, no debe recibir cuidados, puesto que es inútil tanto para sí mismo como para la sociedad”.  Los estoicos también consideraron el suicidio como una alternativa hacia una existencia gravosa y sin sentido, uno de sus más nombrados representantes, el filósofo Seneca, escribió en sus cartas que el sabio se separará de la vida por motivos bien fundados, bien sea salvar la patria o sus amigos, pero de igual manera en caso de agobiamiento por dolores demasiado crueles, en casos de mutilaciones o de ser una enfermedad incurable.

Así, durante siglos la eutanasia fue bien vista por varios filósofos griegos y romanos, incluso durante el renacimiento se encuentra en el libro “Utopía” de Tomas Moro, escrito en el año 1516 que cuando los enfermos incurables presentasen sufrimientos atroces sería inútil obstinarse en dejarlo devorar en más tiempo por el mal y la infección que lo corroen, y que puesto a que la vida es un puro tormento, no debe dudar él en aceptar la muerte. El también filosofo Francis Bacon mencionó en su libro “El avance del saber” en el año 1605 que el deber del médico además de ser devolver la salud al enfermo, debe ser aliviar sus dolores y sufrimientos no solo cuando tal alivio pueda conducir a la reparación, sino también cuando ayuda a procurar una muerte pacífica y sencilla.

De esa manera, se ha evolucionado, analizado y definido este tema donde su noción toma una mixtura frente a  temas éticos, médicos, jurídicos y sociales, tomando los diferentes sectores de la sociedad diversos conceptos tales como la eutanasia agónica, la cual se encuentra dentro de la línea de los humanistas del Renacimiento, que quiere decir el hecho de ayudar a morir sin dolor, la eutanasia social o eugenésica la cual es propiciada por movimientos sociales, políticos y racistas que posteriormente toman las ideologías Nazi, donde se implementa la eutanasia a “los parásitos de la sociedad” como los niños con deficiencias mentales y físicas, los enfermos incurables, los que pertenecen según ellos a razas inferiores, entre otros. Este último tipo de eutanasia mencionada se convirtió en un problema totalmente impracticable debido a la violación de derechos humanos por causa del total irrespeto de la vida humana.

En cuanto respecta a su definición generalizada  y sus precisiones terminológicas actuales se entiende la eutanasia como la terminación voluntaria de la vida de una persona pareciente de una enfermedad terminal, pudiendo aplicarse de forma activa, la cual mediante una acción positiva provoca la muerte del paciente, la eutanasia pasiva que se define como la dejación intencionada de morir al paciente omitiendo sus cuidados o tratamientos indicados; asimismo se divide en voluntaria, la cual es con consentimiento del paciente y la involuntaria, la cual es sin el consentimiento de este.

Éticamente es debatida en su concepto y comparada en cuanto a la distanasia, la cual se ubica dentro del afán desmesurado de prolongar la vida humana, aun así se reduzca a niveles vegetativos,  dándole así un conflicto a los valores de la vida humana y el derecho a morir dignamente debido a sus múltiples perspectivas, así esta práctica tiende a alejar lo más posible la muerte, prolongando la vida de un enfermo, anciano o moribundo utilizando medios ordinarios y extraordinarios. También es comparada respecto a la ortotonasia, donde  se define como la postura que tiende a conocer y respetar el momento natural de la muerte de cada hombre y sus concretas circunstancias, en esta no se busca adelantar la muerte como en la eutanasia, ni tampoco prolongar mediante medios desproporcionados como ocurre en la distanasia.

Moralmente se entra en el dilema del paradigma en cuanto a la santidad de la vida, lo que quiere decir la consideración de la vida como algo sagrado, la antigua  y clásica concepción religiosa, la cual define a la vida como lo más sagrado sin importar la voluntad del sujeto o las circunstancias a las que se enfrente, señalan también que nadie puede disponer de esta exceptuando a quien la da, en este caso, el ser superior o Dios, así que en caso de incurrir en decidir sobre la finalización de esta se estaría violando éste tomándolo como un suicidio y castigándola divinamente por la eternidad.

A nivel mundial los países han tomado autónomamente la decisión de legislar a favor o en contra de la eutanasia, basándose en debates médicos, filosóficos, éticos y sociales. Varios países tales como Estados Unidos, Holanda, Bélgica, Suiza y Luxemburgo han aceptado y legalizado esta polémica práctica, aun así, esta debe ser implementada con unos debidos requerimientos.

En Colombia ha sido debatido en diversas formas la eutanasia como derecho a morir dignamente, en el código penal se había establecido como “homicidio por piedad” y hasta 1997 este artículo fue demandado y jurisprudencialmente se estableció que el deber estatal debe ser compatible con el respeto a la dignidad humana y al libre desarrollo de la personalidad, es decir, que en caso de que un paciente con una enfermedad terminal decidiera finalizar con su vida por medio de la eutanasia no sería castigado ni se le brindaría responsabilidad penal al médico por su muerte, en la Sentencia C-239 de ese año especifican que en casos de querer tener una muerte asistida por medio de este método y en caso específico de estar en unas especiales circunstancias “el sujeto activo considera a la víctima como una persona con igual dignidad y derechos, pero que se encuentra en una situación tal de sufrimiento, que la muerte puede ser vista como un acto de compasión y misericordia. “ donde además de esto, especifican que Colombia como Estado Social de Derecho tiene que diferenciar las penas y guardar proporcionalidad frente al grado de culpabilidad y no únicamente con la gravedad material y objetiva de la lesión al bien jurídico. Después de estas aclaraciones, la Corte hace énfasis en la dignidad humana, la cual está establecida como el principio fundante del Estado, así siendo la Constitución inspirada en este principio y en la consideración de la persona como un sujeto moral, capaz de asumir responsable y autónomamente sus decisiones, el Estado debe limitarse a imponer deberes en función de otros sujetos morales, y que si la manera en que los individuos ven la muerte refleja sus propias convicciones, ellos no pueden ser forzados a seguir viviendo en estas extremas circunstancias, argumentándose en el hecho de que una mayoría lo juzga indebidamente religioso o moral.

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