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La Firma Comercial


Enviado por   •  24 de Junio de 2011  •  1.756 Palabras (8 Páginas)  •  14.186 Visitas

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La Firma Comercial

1.- Identificar la firma individual y la firma social.

Todo comerciante tiene la obligación de identificarse y de distinguir en el mercado, tanto su negocio como su producto. Para esto existe la firma comercial, la cual puede ser una firma individual o una firma social.

La firma individual se utiliza para aquellos entes mercantiles que se encuentran constituidos por una sola persona natural, es decir sin asociados. Este comerciante debe utilizar, como medio para identificar y distinguir su fondo de comercio, su apellido con o sin su nombre. No obstante este puede agregarle todo aquello que considere necesario para distinguirse mejor entre los demás comercios, sin llegar a dar la impresión de la existencia de una sociedad mercantil. Todo esto con base legal en el artículo 26 C.Com.

Con este articulo se precisan los aspecto del nombre comercial y del nombre civil de una persona, lo cual genera una gran importancia económica; el nombre comercial es aquel que lo hace acreedor al crédito con la publicidad y propaganda, quedando definido como elemento incorporal del fondo de comercio. El nombre de un comerciante se utiliza de la siguiente manera:

• Como nombre comercial, para distinguir su actividad comercial.

• Como firma para distinguir su obligación contraída por escrito.

• Como denominación para distinguir su negocio y su mercancía.

• Como marca comercial para distinguir sus productos.

• Como insignia para distinguir su establecimiento.

Para identificar una firma personal o individual, se necesitan los siguientes aspectos:

• Distinción de la firma personal.

• Nombre y apellido del titular.

• Nacionalidad del titular.

• Mayoría o minoría de edad del titular: en caso de menor se debe indicar dicha condición, aunado a esto los datos de autorización y la identificación de su representante legal.

• Estado civil del titular: en caso de ser una mujer casada se debe indicar dicha condición y debe aparecer la autorización del conyugue o si esta bajo régimen de capitulaciones matrimoniales debe hacerse referencia a este hecho.

• Profesión y oficio de comerciante.

• Cédula de identidad del titular.

• Número de R.I.F

• Se debe enunciar la capacidad plena para ejercer el comercio.

• Datos completos de su domicilio.

Por otro lado, la firma social es aquella utilizada para denominar a entes mercantiles conformados por varios socios es decir las compañías en nombre colectivo o compañías en comandita. El artículo 27 del C.Com establece que la firma de una sociedad mercantil (compañía en nombre colectivo o sociedad en comandita) a falta del nombre de todos los asociados debe contener por lo menos el nombre de alguno de ellos, con una mención que haga conocer la existencia de una sociedad.

La forma de identificar una firma social es la siguiente:

• Denominación social o razón social de dicha firma.

• Nombre completo del despacho mercantil, fecha y demás datos del registro correspondiente.

• Número de R.I.F de la sociedad.

• Identificación completa de la persona natural que la representa, se debe indicar la facultad de su representación.

El nombre comercial de un ente mercantil puede oponerse, a través su propietario, a que terceros hagan uso de un nombre igual. Si un comerciante llevara el mismo nombre y apellido de otro que ya lo ha registrado como firma mercantil suya, deberá para servirse del este nombre, agregar alguna enunciación que lo distinga claramente de la razón de comercio precedente. Esto lo establece el artículo 28 del C.Com.

2.- Distinguir entre razón social, denominación social y denominación comercial.

Estos tres conceptos pueden llegar a confundirse unas con otras, pero sin embargo cada una se refiere a un tipo de nombre distinto que se utiliza en una situación específica, o en un tipo de sociedad especifica.

La razón social es la designación de las sociedades comerciales, la cual incluye el nombre de uno de los socios; es la distinción de la firma social. La razón social es usada para colocar el nombre de una sociedad en nombre colectivo o en comandita. Esto de la siguiente manera:

• Compañía en nombre colectivo: como ya fue mencionado al hablar de la firma social, el encabezamiento del artículo 27 del C.Com. establece que la compañía en nombre colectivo, debe llevar en su nombre, el nombre o apellido de alguno de los socios que es solidariamente responsable.

• Comandita Simple: lo mismo sucede en las compañías en comandita, la razón social de estas debe ser necesariamente el nombre de uno o varios de los socios solidariamente responsable, y debe llevar una mención que revele la existencia de la sociedad.

La denominación social, es la forma de identificación de una sociedad, que puede consistir en vocablos de fantasía, palabras que se refieran a su objeto, o bien contener el nombre o nombres de personas. También podría decirse que la denominación social es la distinción de los entes mercantiles, a esta denominación se le debe agregar obligatoriamente el nombre o en su defecto, las siglas, según el caso. Tal como lo establece el artículo 225 del C.Com. Esta denominación social puede ser:

• Sociedad Anónima: es una Sociedad en la que el capital se representa por acciones y los socios limitan su responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas, pudiendo incluirse en su denominación social el nombre de una o más personas de existencia visible y debiendo contener la expresión, “Sociedad Anónima” o su abreviatura en Sigas “S.A.” de igual manera pueden ser llamadas “Compañías Anónimas”

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