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La Funcion Administrativa


Enviado por   •  4 de Agosto de 2014  •  1.216 Palabras (5 Páginas)  •  247 Visitas

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Concepto de la función administrativa.

Es la función del Estado que se ocupa de la satisfacción de los intereses comunitarios impostergables. Es la función más amplia que se utiliza en la esfera estatal y es la función principal del Poder Ejecutivo, donde encontramos el derecho administrativo puro.

Según la noción común Función Administrativa es la actividad concreta, dirigida a través de una acción positiva, a la realización de los fines concretos de seguridad, progreso y bienestar de la colectividad .Función esencial en cuanto para la conservación y el progreso de la sociedad.

La Administración Pública en nuestro país

Tiene su origen a través de las raíces históricas y culturales de los fenómenos que caracterizan la Burocratización del Aparato Estatal y de su Marco Jurídico, tales como, Centralización, Autoritarismo, Exceso de Papeleo, Desconfianza e Influencia Política en la Designación de los Servidores Públicos.

Las actividades para modernizar la Administración Pública Dominicanas se iniciaron a principio de la década de 1960, enviando 5 profesionales nacionales en 1962 a realizar estudios de Post-Grado en Ciencias Administrativas a la Universidad de Puerto Rico.

Esto fue auspiciado por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos, con la intención de establecer una capacidad nacional propia en esta materia.

Personalidad de la Administración pública.

Existe una opinión generalizada que consiste en ver al Estado como una personalidad, pero con relación a la administración Pública tal opinión no es unánime, o por lo menos, mayoritaria.

Bertheleney sostiene que el “Estado, considerado como poder público, no debe ser estimado como persona, y califica tal concepción de falsa y peligrosa”.

Si la administración pública está facultada para poseer y adquirir bienes, es facial advertir entonces su personalidad. Es la personalidad patrimonializada, es la equiparación de la personalidad a la persona moral del Derecho Civil.

Manifestaciones del Poder en la función administrativa.

La Administración cumple con sus fines muchas veces sin necesidad de acudir a otro poder. Ejemplo: resalta el poder de mandar y el de ser obedecido, el de requisición y el de acción directa, de acción de oficio, etc.., no es el Estado la única persona moral del Derecho Administrativo. Ahí están también los Municipios, las Instituciones autónomas, y descentralizadas que tratan cosas relativas a los servicios públicos.

El presidente de la República como jefe de la Administración Pública.

El Art. 55, de la Constitución de la República, le permite al presidente no solamente ser el jefe de la administración Pública en lo civil, sino también en lo militar. Pero además puede incursionar en la iniciativa de la ley, en el nombramiento de los miembros del Ministerio Público de los diferentes tribunales del país, también anular por decreto motivado cualquier arbitrio aprobado por los Ayuntamientos. El Presidente de la República incursiona prácticamente en todas las cosas y en todos los poderes.

Nuestra Constitución estableced que el Presidente de la República, expedirá reglamentos, decretos, e instrucciones, cuando fuere necesario.

El Acto Administrativo.-Concepto, Carácter y Clasificación del acto administrativo.

Concepto: es el medio a través del cual la Administración pública cumple su objetivo de satisfacer los intereses colectivos o interés público. Es la formalización de la voluntad administrativa, y debe ser dictado de conformidad con el principio de legalidad.

Caracteres: constituyen una manifestación o declaración de voluntad, unilateral, potestativa y ejecutoria, que tiene por objeto crear, reconocer, modificar o extinguir una situación jurídica individual. Es una declaración unilateral realizada en ejercicio de la función administrativa, que produce efectos jurídicos individuales en forma inmediata

Clasificación pos su naturaleza

Actos materiales: Son los que no producen ningún efecto de derecho y sólo verifican prácticamente el propósito del propio acto jurídico.

Actos jurídicos: Son los que producen consecuencias jurídicas.

Hechos

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