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La Obligación.


Enviado por   •  30 de Mayo de 2015  •  Tesis  •  4.193 Palabras (17 Páginas)  •  167 Visitas

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Obligaciones Parcial I

Tema1 La Obligación.

1)La teoria general de las obligaciones.

Las obligaciones son el estudio de los derechos personales, y estas nacen antes que el derecho personal debido a que solo se puede exigir a una persona en virtud de una obligación. Definición Teoría General de las Obligaciones: Conjunto de principios y reglas que sirven para determinar el concepto de obligación, sus diferentes elementos, sus características, sus fuentes, sus diferentes clases, sus modos de extinción y sus medios de prueba.

2)Importancia general de las obligaciones.

Es una institución jurídica que tiene un mayor campo por que siempre esta generando y contrayendo obligaciones.

3)Rama del derecho donde se encuentra.

Se encuentra dentro del derecho civil de personas o derechos personales, debido a a que para que existan obligaciones tienen que haber personas que obligan (sujeto activo, acreedor) y otras que se vean obligadas (sujeto pasivo, deudor).

4)Naturaleza.

Tiene un carácter abstracto por que es de todo obligamiento y uso por la sociedad y preciso por que no varia es considerado la matemática del derecho por ser sistemático y es imputable a través del tiempo.

5)Principios fundamentales.

6)Caracteres.

-Universal: A nivel universal la obligación es la misma en su esencia (universalidad de la norma), las normas son iguales o parecidas.

-Permanente: Sufre pocos cambios a través del tiempo (en esencia).

7)Aportes del derecho moderno a las obligaciones.

-Autonomia

-Codificación: ej. proyecto franco-italo de las obligaciones, (fuente de inspiración).

-La forma de cobrar al deudor al atacar su patrimonio y no a la persona como tal.

8)Concepto de Obligaciones.

Es el vinculo jurídico en virtud del cual una persona denominada deudor se compromete con otra persona llamada acreedor a cumplir una determinada prestación de dar, hacer o no hacer y de cuyo incumplimiento responde con su patrimonio habido y por haber, presente y futuro.

9)Análisis.

Elementos subjetivos: existen dos sujetos deudor (sujeto pasivo) y acreedor (sujeto activo)

Elementos objetivos: la prestación, conducta que el deudor esta obligado a realizar en favor del acreedor, clasificación:

-Dar: entregar algo al acreedor.

-Hacer: realizar una acción en favor del acreedor.

-No hacer: dejar de realizar algo en favor del acreedor. (prestación negativa).

10)La prestación (concepto).

Una prestación puede ser el servicio convenido en un acuerdo o exigido por una autoridad. Lo habitual es que la prestación esté estipulada mediante un contrato que impone derechos y obligaciones.

11)Condiciones para que la prestación sea valida.

El objeto del contrato debe ser:

-Posible: Debe ser viable, estar dentro del plano de la realidad, se asume algo que sea posible, sino se produce la imposibilidad.

-Lícito: Deben ser acciones que no atenten contra normas establecidas y tipificadas en las leyes, el orden público o las buenas costumbres.

-Determinado: La prestación debe ser determinada por las partes al asumir la relación obligatoria, o puede ser determinada por un tercero nombrado por las partes o por el juez. El deudor debe saber cuál es la acción que va a realizar para poder cumplir con la obligación.

-Determinable: No es necesario que la cosa sobre la cual recae la prestación exista en el momento en que se contrae la obligación, basta con que exista la posibilidad de realizarse en un futuro, ejem: deudor que se compromete a vender la cosecha que producirá su hacienda el próximo año.

12)Derecho Real y Derecho Personal. (Concepto y Diferencias).

-Derechos reales: Es la relación jurídica que tiene una persona sobre una cosa, posee la titularidad de la misma y puede ser oponible ante terceros

-Derechos personales: Es la relación directa entre personas (deudor se comprometer con el acreedor a cumplir con una determinada prestación).

Diferencias:

-Derecho real: relación persona y cosa, es perpetuo y puede perseguir la cosa.

-Derecho Personal: relación persona y persona, al cumplirse la obligación se extingue el derecho y solo puede cumplir la obligación.

Tema 2 Fuentes de las Obligaciones.

-Fuentes de las obligaciones: Son todos aquellos hechos o actos de la vida real que enfocados desde un punto de vista jurídico son susceptibles de producir obligaciones civiles

-Carácter taxativo: Para que exista una obligación y pueda producir efectos jurídicos, es necesario que la misma esté consagrada en el ordenamiento jurídico positivo. Constituye fuentes de obligaciones cualquier acto que esté establecido dentro de las leyes, consta por escrito

Clasificación:

-Clásica: romana, potier, código napoleonico.

-Romana: instituyas de Justiniano, fuentes contrato, cuasi-contrato, delito y cuasi-delito.

-Poitier: tratado de las obligaciones, 5 fuentes (4 primeras igual a la de los romanos, 5ta fuente es la ley que puede provenir de las otras 4 fuentes, a través de la ley natural (5ta fuente) que establece que el daño causado tiene que ser arreglado.

-Napoleonico: 5 fuentes igual a la anterior.

-Moderna: 2 fuentes, el contrato como principal fuente generadora y la ley como fuente generadora de todo aquello que no genera el contrato.

-Principios de René Savatier: Define los supuestos de por qué las personas se obligan.

Manifestación de voluntad: La persona posee autonomía de voluntad y por lo tanto es libre de obligarse ejem: contratos.

Principio de la equidad de los patrimonios: Para que un bien del patrimonio de una persona pase al patrimonio de otra debe existir una obligación (manifestación de voluntad). Los patrimonios deben ser siempre equitativos, deben estar en el mismo estado en el que se encontraban al momento de obligarse ejem: el enriquecimiento sin causa y el pago de lo indebido.

Principio de la responsabilidad por culpa: Cuando una persona en la realización de una actividad referente a su profesión, arte u oficio (una actividad propia, la realiza sin obtener ningún beneficio), ocasiona un daño de manera intencional o por error a otra persona; debe pagar por los daños ocasionados o repararlos.

Principio de responsabilidad por riesgo: Cuando la persona realiza una actividad que genere un lucro (la persona es contratada para realizar una determinada actividad), y en la ejecución de la actividad hay un error, accidente, se ocasiona un daño, etc; se deben resarcir los daños ejem: accidentes en construcciones.

Principio de interés social: Obligaciones

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