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Obligaciones


Enviado por   •  20 de Mayo de 2014  •  2.399 Palabras (10 Páginas)  •  396 Visitas

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Definiciones de Oferta

Ossorio (2006), indica que Oferta es “la promesa que se hace de dar, cumplir o ejecutar una cosa”; en otro sentido señala que oferta no es más que “Propuesta para contratar”.

También puede citarse al ilustre tratadista Aguilar Gorrondona, quien en su obra Contratos y Garantías (2009), explica que la formación del contrato, puede iniciarse mediante la oferta dirigida por una persona a otra, en la cual se contengan todos los elementos del futuro contrato.

Puede decirse, partiendo de esto último, que la oferta constituye una manera de formación de un contrato, y más específicamente del elemento consentimiento del contrato.

Por su parte, Maduro (1987) define como oferta “una proposición unilateral que una persona denominada oferente o policitante, dirige a otra, denominada destinatario u oblado, comunicándole su deseo de celebrar con ella un contrato”.

El citado autor advierte, que la oferta por sí sola no da lugar a la obligación de contratar, pues requiere la aceptación de la otra parte y la comunicación de esa aceptación por parte del destinatario al oferente, y en criterio de ese autor, esto es lo que diferencia a la oferta de la “promesa de contratar”, por la cual el oferente queda de una vez obligado.

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Clases de Ofertas

Maduro (op. cit.), señala que doctrinariamente se han establecido diferentes clasificaciones de ofertas, que son:

1.- Según la naturaleza: oferta imperfecta y oferta perfecta.

a) La oferta imperfecta: es aquella que no reúne todas las condiciones y detalles de la prestación. Ejemplo: cuando se dice: vendo en condi¬ciones ventajosas o a buen precio, sin indicar las condiciones o el precio.

b) Oferta perfecta o plena: es aquella que contiene todos los requi¬sitos, condiciones y detalles de la prestación.

Es preciso resaltar que la oferta imperfecta no tiene efecto obligatorio ni para el destina¬tario ni para el oferente, pues sin conocerse las condiciones, mal puede haber consentimiento.

2.- Según su forma: oferta directa o expresa y oferta indirecta.

a) Oferta directa o expresa. Es aquel acto jurídico unilateral por el cual una de las partes promete a la otra el cumplimiento de una determinada prestación. Es la hipótesis normal, y la oferta se hace realizando el oferente un acto expreso y positivo.

b) Oferta indirecta. Es también un acto jurídico unilateral, pero no realizado en forma expresa por el deudor u oferente, sino que se deduce o desprende de alguna actividad desarrollada por él, generalmente mediante un acto determinado que la hace presumir.

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3.- Según el término: oferta sin plazo y oferta con plazo.

a) Oferta sin plazo. Es aquella en la cual no existe plazo alguno para que el destinatario manifieste su aceptación al oferente. Tal manifestación debe hacerla de inmediato. Ocurre siempre entre presentes, caso en el cual no hay un lapso apreciable entre la respuesta y la pregunta.

Esta oferta puede ser revocada por el oferente, antes de que la acep¬tación llegue a su conocimiento.

b) Oferta con plazo. Tiene un término obligatorio para el oferente, durante el cual debe respetarse la oferta y por lo tanto el oferente queda obligado a mantenerla. El término puede ser expreso o tácito.

4.- Según la determinación del destinatario.

a) Oferta hecha a persona indeterminada. Como su nombre lo indi¬ca, tiene como característica la de no ser dirigida a alguna persona en particular (comerciante con cartel en vidriera, aviso por el periódico, entre otros.). Es también denominada oferta pública u oferta al público. Esta oferta obliga al oferente en los términos de la misma y el contrato se perfecciona cuando la aceptación del destinatario llega a conocimiento del oferente.

b) Oferta hecha a persona determinada. Es el supuesto normal en el que la persona del destinatario está per¬fectamente determinada. El contrato se perfecciona conforme al principio general, o sea, cuando el oferente tiene conocimiento de la aceptación del destinatario.

5.- Según su ejecución.

a) Oferta de cumplimiento normal. Es aquella oferta que implica un cumplimiento mediante un consentimiento previo del destinatario, de modo que la aceptación del destinatario precede al cumplimiento de la prestación.

b) Oferta con ejecución previa. Caracterizada porque a solicitud del oferente o por la propia naturaleza del negocio, la ejecución de la presta¬ción por parte del destinatario precede a la respuesta en la cual mani¬fieste su aceptación. El contrato se perfecciona en el momento y lugar en que la ejecución comienza, y ésta debe ser comunicada de inmediato al oferente (art. 1138 C.C.)

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Perfeccionamiento del Contrato

Señala Maduro (ob. cit.), que por perfeccionamiento del contrato debe entenderse el momento en que el contrato produce plenamente sus efectos jurídicos. Este momen¬to ocurre cuando el destinatario u oblado otorga su consentimiento o su conformidad a la oferta que le ha sido presentada. (p. 492).

En ese sentido, el acto en virtud del cual el destinatario manifiesta su conformidad con la oferta, se denomina aceptación, siendo esta ultima entonces el acto por el cual el destinatario de la oferta manifiesta su voluntad de estar de acuerdo con ella.

Condiciones de la aceptación

Según Maduro (1987), para que la aceptación produzca su efecto jurídico normal, o sea, el perfeccionamiento del contrato, debe reunir determinadas condicio¬nes, a saber:

a) Debe ser libre. El destinatario debe tener plena libertad para aceptar o negar la oferta. La falta de contestación no lo obliga a nada.

b) Debe ser pura y simple, lo que implica que debe ajustarse en un todo al contenido de la oferta.

Si el destinatario modifica la oferta, la modificación debe conside¬rarse como una nueva oferta.

c) La aceptación debe ser manifestada al oferente para que el con¬trato se perfeccione. En los casos de oferta sin plazo, la aceptación debe ser comunicada al oferente de inmediato, si se trata de personas presen¬tes; o dentro del lapso prudencial, si se trata de personas que no están presentes en el mismo lugar. En los casos de oferta con plazo, la acep¬tación debe ser manifestada dentro del plazo.

Si la aceptación es mani¬festada fuera del plazo, no obliga al oferente, quien tiene entonces la potestad de considerar o no celebrado el contrato.

El destinatario puede revocar la aceptación antes de que llegue a conocimiento del oferente.

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Clases de aceptación

La aceptación puede ser manifestada directa o indirectamente.

En el primer caso se está en presencia de

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