Obligaciones
Enviado por Steverv • 20 de Abril de 2014 • 1.385 Palabras (6 Páginas) • 196 Visitas
Obligaciones
3 errores
Error de hecho y de derecho e indiferente
Dolo: conjunto de maquinaciones o artificios que ocupa una persona en relacion a otra para inducirlo o mantenerlo en el error. Conjunto de acciones para engañar a otro o para evitar que la contraparte conozca la realidad. Es opuesto al error negativo conocido como reticiencia.
Existen 3 tipos de dolo
Dolo principal
Produce la nulidad y se relaciona con ele rror de hecho y ele rror de derecho, ya sea porque se busque que la persona caiga en el error, nulidad o porque se busque que se mantenga en el error de nulidad. Sin embargo en nuestro sistema si recae el error de derecho no podrucira la nulidad. En este caso se sanciona la conducta ilicita para mantener a la contraria en una falsa concepcion y no se sanciona el error como tal.
Tarea
Estimatori
Redhibitori
Ineficacia del acto juridico
Teoria de las nulidades
Absoluta
Relativa
Inexistencia
Ineficacia simple
Inoponibilidad
Inexistencia
Los elementos de existencia son
Voluntad o consentimiento
Objeto
Solemnidad
1921
1922
Acaecimiento
Obligaciones alternativas facultativas conjuntivas indivisibles y divisibles1576 1574 1575
1601 mancomunidad
1602
Mancomunidad simple pasiva o activa
Mancomunidad simple
Solidaridad 1603 y 1604
Solidaridad activa
Es el derecho que tienen 2 o mas acreedores para exigir conjunta o separadamente el pago total de la obligación.
Beneficio de orden
Beneficio de división
Solidaridad pasiva
2 o mas deudores tienen la obligación de realizar cada uno por si, la totalidad de la obligacion.
Solidaridad mixta
Cuando existe solidaridad activa y pasiva a la vez
Cesión de derechos
Es el convenio por el cual un acreedor llamado cedente transmite voluntariamente sus derechos a un tercero denominado cesionario
Tres sujetos
Sujeto pasivo o deudor cedido
Sujeto activo cedente
Tercero cesionario
Para los romanos esta figura no existe puesto que ellos tenían la novación subjetiva, en el cual si hay una modificación de la esencia de la deuda.
Características de la cesión de derechos
Objetos de derechos de cesión
Prohibidos, pensiones alimenticias, prohibido por las partes y los prohibidos por la ley
Artículos 1667 2311 1669
También podrán ser objeto de cesión los derechos reales
Si bien la cesión solo requiere de las voluntades del cedente y cesionario, como surte efectos sobre el cedido habrá que notificarle que el pago tendrá que hacerse a favor del cesionario
La cesión de derechos puede realizarse con fines ilícitos
Extensión de derechos
Los derechos cedidos pueden ser tanto personales como reales, resultando aplicables las disposiciones generales a ambas formas.
Ceder derechos reales
Prohibido Usufructo parcial y las servidumbres sin el predio dominante
Fuera de las excepciones anotadas, los derechos reales pueden cederse sin el consentimiento del propietario o poseedor del bien gravado con los mismos.
Ceder derechos personales
Prohibido alimentos y prohibidos por la ley
Excepciones oponibles al cesionario
Toda vez que la obligación no se extinga sino que se constituye al sujeto activo, es importante resaltar que esta consecuencia origina que el deudor cedido pueda oponer al cesionario las excepciones que podría oponer al cedente. Uno de los casos en que el deudor puede oponerse a la cesión es precisamente cuando cuenta con un crédito anterior por el cual pueda operar compensación. La oposición y las excepciones se distinguen porque en la primera no llega a existir la cesión de derecho, siempre cuando proceda la oposición, mientras que en las excepciones que el cedido tenga en contra del cedente, éstas sí podrán oponerse al cesionario, toda vez que sí opero la cesión.
Formalidades
La cesión debe otorgarse en escrito privado que deben firmar cedente y 2 testigos o en escritura publica cuando el derecho cedido, por su naturaleza, debe revestir esta forma por disposición de la ley.
Notificación de la cesión al deudor
Como ya quedo anotado, no se requiere el consentimiento del deudor para que existe cesión de derechos sin embargo para que el cesionario para ejercer sus derechos contra el deudor cedido, este tiene conocimiento del acto de transmisión por lo que se requiere notificación judicial o extrajudicial. Si se llega a extraviar el titulo el acreedor tiene derecho a probar su existencia, siendo tanto la confesión como la resolución judicial respectiva las que hagan las veces del
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