La Prueba
Enviado por guianparo • 27 de Abril de 2014 • 778 Palabras (4 Páginas) • 193 Visitas
1. Diferencia entre Perito Testigo y Testigo Técnico
El perito testigo declara sobre lo que se le ha encomendado en base a los especiales conocimientos que posee en una determinada ciencia, arte o profesión; mientras que el testigo calificado, como todo testigo, declara sobre lo percibido o presenciado, pero por sus especiales conocimientos, rinde su declaración fundamentado en deducciones sobre lo percibido.
2. Explique la razón del dicho del testigo
Las declaraciones de los testigos cuando expresan que la razón de su dicho la hacen consistir en haber estado presentes en los hechos narrados, no pueden considerase como una razón fundada de su dicho, ya que para la apreciación de la prueba de testigos, no basta con que éstos manifiesten contarles los hechos por haberlos visto u oído, sino que es menester que expresen en qué circunstancias y por qué medios tuvieron conocimiento de los hechos.
3. Límite de la prueba testimonial por razón del valor de las obligaciones
Esta limitación se encuentra regulada en el art. 1387 del C.C. que establece que no es admisible la prueba de testigos para probar la existencia de una convención celebrada con el fin de establecer una obligación o de extinguirla, cuando el valor del objeto exceda de 2000 bolívares, es decir, que no se puede desvirtuar la prueba de un documento público o privado a través de un testimonio, del mismo modo en el derecho penal la prueba testimonial es la declaración de una persona física, recibida en el curso del proceso penal, acerca de lo que pudo conocer, por percepción de sus sentidos, sobre los hechos investigados, con el propósito de contribuir a la reconstrucción conceptual del hecho que también tiene sus limitaciones.
4. Inhabilidad Absoluta y relativa de los Testigos
Las causas de inhabilidad absoluta de acurdo al artículo 477 CPC, está constituido por los siguientes supuestos: el menor de 12 años, el interdicto por causa de demencia y el testigo profesional, por otra parte los artículos 478, 479, 480 del mismo instrumento legal establecen las causas de inhabilidad relativa, así por ejemplo es un caso típico el impedimento derivado del vinculo de parentesco consanguíneo o afín con la parte promovente de la prueba, otra son como el heredero presunto, el donatario, el magistrado en la causa que este conociendo entre otros.
5. Métodos de Apreciación de la prueba testimonial. (art 508 cpc)
Para la apreciación de la prueba de testigos el juez examinara si las disposiciones de estos concuerdan entre si y con las demás pruebas y estimara cuidadosamente los motivos de las declaraciones y la confianza que merezcan los testigos, por su edad, vida y costumbres, por la profesión que ejerzan y demás circunstancias, desechando en la sentencia la declaración del testigo inhábil, o del que pareciere no haber
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