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La Prueba


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2014  •  6.306 Palabras (26 Páginas)  •  196 Visitas

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LA PRUEBA

a) CONCEPTO:

Prueba, como actividad que se lleva a cabo en los procesos judiciales con la finalidad de proporcionar al juez o tribunal (y en su caso, al jurado, en los procedimientos en que éste se encuentra llamado a intervenir según la legislación de cada país) el convencimiento necesario para tomar una decisión acerca del litigio. Como es natural, el juez no puede sentenciar si no dispone de una serie de datos lógicos, convincentes en cuanto a su exactitud y certeza, que inspiren el sentido de su resolución. No le pueden bastar las alegaciones de las partes. Tales alegaciones, unidas a esta actividad probatoria que las complementa, integra lo que en Derecho procesal se denomina instrucción procesal. La prueba procesal se dirige, pues, a lograr la convicción psicológica del juez en una determinada dirección.

La concentración de cualquier norma jurídica depende no sólo de que evidentemente se hayan dado los hechos aducidos por las partes en la alegación sino, además, habrá de exponerse que efectivamente se han procurado esos hechos.

Dando así que la prueba es la acción y el efecto de probar; probar es demostrar en alguna forma, la certeza de un hecho o la verdad de una afirmación.

La prueba en sentido jurídico-procesal es el método de buscar la verdad o falsedad de las proposiciones de juicio. Determinar el sentido etimológico de esta palabra. Sentís Melendo nos enseña que prueba deriva del término latín probatio, probationis, que a su vez procede del vocablo probus que significa bueno. Por tanto, lo que resulta probado es bueno, se ajusta a la realidad, y probar consiste en verificar o demostrar la autenticidad de una cosa

Lo característico de la prueba jurídica es que en ella se sustentan los procedimientos, mecanismos y medios a través de los cuales se desarrolla la actividad probatoria, en el seno de un proceso, vienen determinados y regulados por las leyes.

No toda prueba propuesta por cada una de las partes va a ser tomada en consideración. Por lo pronto, las leyes de procedimiento establecen los medios de prueba admisibles según el Derecho. Pero, incluso dentro de este catálogo de medios de pruebas admisibles, puede suceder que de las pruebas propuestas por las partes con frecuencia haya una o varias que no sean admitidas.

b) LA PRUEBA COMO VERIFICACIÓN

La prueba no consiste en averiguar sino en verificar De conformidad con lo indicado, la prueba es un medio de verificar las proposiciones que los litigantes formulan en el juicio.

La prueba se nos presenta como la necesidad de comprobar, de verificar todo objeto de conocimiento. Díaz de León nos dice que la prueba se traduce en la «necesidad ineludible de demostración, de verificación o investigación de la verdad de aquello que se ha afirmado en el proceso.

En el proceso civil, la prueba se presenta por los litigantes al juez para que la conozca; en el proceso penal el juez, además de la prueba aportada por el Ministerio Público o las partes, averigua por si la verdad de las circunstancias en que se produjeron los hechos, con el objeto de verificar las afirmaciones de las partes e investigando los sucesos. Esto distingue a uno y otros procesos, porque en uno las pruebas llegan al juez y el otro le llegan como medios de convicción objetivados.

Uno de los primeros errores que se cometen al abordar el estudio de la prueba en el proceso es tratar de analizar el fenómeno probatorio como si fuera exclusivo del Derecho Procesal. La prueba como comprobación o verificación de la exactitud de una afirmación no es una actividad que se realice exclusivamente en el campo del Derecho sino que es, ante todo, una actividad del ser humano que tiene aplicación en otras ciencias extrajurídicas, e incluso, en la vida cotidiana. Es una actividad que se produce en todas las facetas o áreas en donde se desenvuelve la personalidad humana. Tiene, por consiguiente, un carácter meta-jurídico o extrajurídico. La noción de prueba trasciende, por tanto, el campo del Derecho.

c) LA PRUEBA COMO CONVICCIÓN

Desde el punto de vista de la convicción, la prueba es un medio para convencer al juez. Las partes deben agotar todos los recursos admitidos por la ley para formar en el, espíritu del juez un estado de convencimiento acerca de la existencia o inexistencia de las circunstancias relevantes para sus intereses en el juicio.

d) ORDENACION LÓGICA DE LOS MEDIOS DE PUEBA

Para comprender con mayor facilidad lo que es la prueba, se ordena como sigue:

ORDEN LOGICO DE LA PRUEBA

I. LA PRUEBA DIRECTA POR PERCEPCIÓN

La prueba por percepción consiste en el contacto en el contacto directo e inmediato que tiene el juez con los objetos o hechos que habrá de demostrarse en el juicio.

La prueba más eficaz es la que se realiza sin intermediarios; en este sentido, y desde el punto de vista de su eficacia, la prueba idónea es el reconocimiento judicial.

El reconocimiento judicial, como medio probatorio, funciona en escasas oportunidades; ello se debe a que un hecho casi siempre es una circunstancia pasajera y la posibilidad de observarlo se ha perdido definitivamente en el tiempo cuando el juez llega a realizarlo o a dictar sentencia, por lo que es necesario acudir a medios sustitutivos.

II. LA PRUEBA POR REPRESENTACIÓN

La representación puede producirse de dos maneras:

1) Mediante Documentos

Un documento representa un hecho 0pasado o un estado de voluntad. En estos sentidos, la prueba escrita se pre constituye en previsión de posibles discrepancia futuras o desvanecimiento de hechos o acto.

1.1) Se advierte que no en todas las circunstancias puede la prueba registrarse en documento; así, el consentimiento puede documentarse con frecuencia, pero, los hechos ilícitos, los delitos y los cuasidelitos, normalmente no se documentan.

1.2) Un accidente de tránsito ocurre repentinamente y no hay documento posible que lo deje registrado tal y cose sucedí, en este caso, los documentos posteriores, como el parte policiaco, relatan el accidente poseyendo un valor relativo. De ahí que el reconocimiento judicial y la reconstrucción de hechos se verifiquen mediante relatos.

2) Mediante relatos

2.1) El relato efectuado por las partes: se da cuando se presta declaración ante el juez bajo juramento o amonestación o se presta confesión. Las partes al prestar juramento de decir verdad, lo que hacen es representar en el presente una situación o circunstancia ausente, acaecida

2.2) El relato prestado por terceros:

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