La protección del trabajo de los nacionales en el extranjero y el de los extranjeros fuera de su patria
Enviado por luzmb • 3 de Octubre de 2011 • Trabajo • 1.814 Palabras (8 Páginas) • 750 Visitas
Derecho Internacional Privado.
La protección del trabajo de los nacionales en el extranjero y el de los extranjeros fuera de su patria. Dicha rama de la Ciencia jurídica que tiene su raíz en los derechos internos privados, establece las normas aplicables cuando una misma relación jurídica se ha originado o desenvuelto bajo distintas soberanías. Su objeto es el estudio de aquellas relaciones que interesan a más de una regla jurídica nacional, para resolver los conflictos surgidos por la diferencia de legislación entre los distintos países.
Trabajadores Transnacionales de Terceros Estados
Los trabajadores desplazados de terceros Estados precisan además de cumplir la normativa laboral la obtención de una autorización de trabajo. La regulación que hace la ley y reglamento de extranjería es absolutamente insuficiente y debemos completarla con la normativa laboral, con los convenios internacionales de Seguridad Social de los que España forma parte y la jurisprudencia comunitaria.
Por primera vez se aborda un estudio conjunto de los Trabajadores Transnacionales de Terceros Estados (TTTE) de forma sistemática, reconstruyendo todos los escenarios posibles de transnacionalidad y la forma de resorlverlos desde el punto de vista de extranjería conjugando adecuadamente y en la medida de lo posible con la normativa fiscal y de Seguridad Social.
CONVENIO 97 DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (RELATIVO A LOS TRABAJADORES MIGRANTES) (REVISADO EN 1949)
Fecha de adopción: 01-07-1949
Sesion de la Conferencia N° 32
RATIFICACION: 09-06-1983
Denuncias: 0
Visto que la terminología conceptual que utiliza el convenio ya se ha descrito anteriormente, procederemos a realizar el breve análisis descriptivo del mismo.
Como principal característica denotamos que este convenio tiene una redacción técnica en forma de mandato debido a que los Estados Miembros se obligan con la Oficina Internacional del Trabajo cuando lo soliciten a dar:
a) Información sobre la política y la legislación nacionales referentes a la emigración y a la inmigración;
b) Información sobre las disposiciones especiales relativas al movimiento de trabajadores migrantes y a sus condiciones de trabajo y de vida;
c) Información sobre los acuerdos generales y los arreglos especiales en estas materias, celebrados por el Miembro en cuestión.
El objeto principal del convenio se centra en brindar protección adecuada a los trabajadores migrantes de acuerdo a las pautas de cada legislación y al orden público de la misma, igualmente establece que se deben adoptar las medidas pertinentes contra la propaganda sobre la emigración y la inmigración que pueda inducir en error o mala interpretación sobre estas personas (estereotipos).
Los estados miembros deben velar por las condiciones de llegada de los trabajadores migrantes incluso de su salud, así como de su vida familiar y de su entera satisfacción para el buen desarrollo de sus actividades laborales y como ser humano.
En el caso de grandes desplazamientos de migraciones las autoridades competentes de los territorios deberán, siempre que ello fuere necesario o conveniente, celebrar acuerdos para regular las cuestiones de interés común que puedan plantearse al aplicarse las disposiciones del presente Convenio. Escribir mas sobre este convenio es redundar sobre lo ya explicado anteriormente sobre los trabajadores migrantes, la conservación de sus derechos fundamentales y la oportunidad que cada país le debe brindar a este grupo de personas para que puedan desenvolverse dignamente.
POLITICAS Y ESTRATEGIAS DE RECURSOS HUMANOS EN EMPRESAS TRANSNACIONALES
Hamon Trujillo, Maria Cristina *
Nava García, Hilbano *
Resumen
Las empresas transnacionales forman parte de la realidad del mundo moderno, donde las organizaciones traspasan sus operaciones comerciales, e industriales más allá de sus fronteras para ofrecer sus servicios y productos a otros países del mundo. El presente artículo tiene por objetivo conocer las políticas y estrategias de recursos humanos en las empresas transnacionales, entendiéndose estas como organizaciones que operan en varios países y que dependen de una misma casa matriz; El marco teórico de la investigación se fundamentó en varios autores, como Valle Ramón (1997), Bohlander (2001), Werther (2000) entre otros. Este articulo ofrece una investigación documental y también descriptiva al realizar una comparación de las políticas implementadas por algunas transnacionales como lo son HOCOL, cuyas políticas son genéricas en relación a la postura con su personal, Nestlé empresa que apunta sus políticas al bienestar socioeconómico de sus empleados y Baker Hughes que enfoca sus políticas y estrategias hacia el desarrollo técnico de su personal. La información obtenida de estas organizaciones nos permitirá establecer un juicio acerca de las diferentes posiciones que presentan las empresas transnacionales y sus prácticas de recursos humanos.
Palabras Clave: Empresas Transnacionales, Políticas, Estrategias, Recursos Humanos.
Introducción
Los planes y estrategias de recursos humanos son la piedra angular para el desarrollo competitivo de cualquier organización, conforman el punto de partida y expresan los objetivos principales de los directivos y fundadores de las empresas.
Para empezar definamos la palabra estrategia; El término "estrategia" (derivado del vocablo griego strategos, que significa "El arte del general") tiene muchos usos. Es la determinación del propósito o misión y de los objetivos básicos a largo plazo de una empresa, así como la adopción de los cursos de acción y de la asignación de recursos necesarios para cumplirlos. Por lo tanto, los objetivos son parte de la formulación de la estrategia.
Según Valle Ramón (1997), “las estrategias de recursos humanos se pueden definir como un modelo de decisión referente al área de personal
que
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