Las Disposiciones Generales Del CFF
Enviado por 1578307 • 23 de Septiembre de 2014 • 679 Palabras (3 Páginas) • 362 Visitas
Las Personas Físicas y las Morales, están obligadas a contribuir para los gastos públicos, conforme a las leyes fiscales respectivas.
Las disposiciones de este código se aplicaran en su defecto y sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados internacionales de los que México sea parte.
La Federación queda obligada a pagar contribuciones únicamente cuando las leyes lo señalen expresamente.
Los extranjeros en casos de reciprocidad, no están obligados a pagar impuestos.
Las Contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.
Son aprovechamientos los ingresos que percibe el Estado por funciones de derecho público distinto de las contribuciones, de los ingresos derivados de financiamientos y de los que obtengan los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal.
Son Créditos Fiscales los que tengan derecho a percibir el Estado o sus organismos descentralizados que provengan de contribuciones, de sus accesorios o de aprovechamientos, incluyendo los que deriven de responsabilidades que el Estado tenga derecho a exigir de sus funcionarios o empleados, así como aquellos a los que las leyes les den de carácter y el Estado tenga derecho a percibir por cuenta ajena.
Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones u sanciones, son de aplicación estricta.
Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurran.
Las Leyes Fiscales, sus reglamentos y disposiciones administrativas de carácter general, entraran en vigor en toda la Republica el siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, salvo que en ellas se establezca una fecha posterior.
Para los efectos fiscales se entenderá por México, país y territorio nacional, lo que conforme a la Constitución integre el territorio nacional y la zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial.
Se consideran residentes en territorio nacional, aquellas personas que su casa esta establecida en México, Las de nacionalidad mexicana, que sean funcionarios de Estado o trabajadores del mismo, etc.
Cuando las leyes fiscales establezcan que las contribuciones se calcularan por ejercicios fiscales, estos coincidirán con el año de calendario.
Cuando las personas morales inicien sus actividades con posterioridad al 1 de Enero, en dicho año el ejercicio fiscal será irregular, debiendo iniciarse el día en que comiencen actividades y terminarse el 31 de Diciembre del año que se trate.
Las autoridades fiscales podrán habilitar los días inhábiles. Esta circunstancia
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