Las sociedades por cuotas: RESPONSABILIDAD LIMITADA Y EN COMANDITA.
Enviado por andresjs35 • 24 de Mayo de 2018 • Resumen • 328 Palabras (2 Páginas) • 229 Visitas
Las sociedades por cuotas: RESPONSABILIDAD LIMITADA Y EN COMANDITA.
SE DENOMINA CUOTAS EN CAPITAL, AL APORTES DE LOS SOCIOS EN LA SOCIEDAD DE COMANDITA SIMPLE, CADA CUOTA TIENE UN VALOR NOMINAL.7
ESTOS SOCIOS DEBERAN PAGAR INTEGRAMENTE ELAPORTE SOCIAL EN EL MOMENTO DE CONSTITUIRSE FORMALMENTE LA SOCIEDAD, SI SE LLEGARE A PROBAR LA FALTA DE ESTE REQUISITO POR PARTE DE LOS SOCIOS, DEBE EXIGIRSE LA DISOLUCION SOCIEDAD, DE OFICIO O POR AUTORIDAD COMPETENTE
Las sociedades por acciones: ANONIMA Y COMANDITA POR ACCIONES.
LAS ACCIONES SON DE CARÁCTER PRIVADO SON SERIADOS QUE OTORGAN DERECHOS CREDITICIOS Y ASOCIATIVOS, SE ENCARGAN DE CERTIFICAR EL DERECHO DE PARTICIPACION DENTRO DE LA SOCIEDAD Y TRANSFERIR LA CALIDAD DE SOCIO DE LA MISMA, ESTA ES LA QUE OTORGA LA CALIDAD DE ACCIONISTA Y NO LA SIMPLE Y MERA TENENCIA DE LA ACCION.
SEGÚN LA BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA ESTABLECE QUE LA ACCION ES UN TITULO QUE LE PERMITE A CUALQUIER PERSONA (NATURAL O JURIDICA) SER PROPIETARIO DE UNA PARTE DE LA EMPRESA EMISORA DEL TITULOCONVIRTIENDOLA EN ACCIONISTA DE LA MISMA Y DANDOLE PARTICIPACION EN LAS UTILIDADES QUE LA COMPAÑÍA GENERE. PARA LA BOLSA DE VALORES LAS ACCIONES SON:
- ACCION NOMINATIVA: SON LAS QUE IDENTIFICAN EL NOMBRE DE SU PROPIETARIO, DEBE ESTAR REGISTRADA EN UN LIBRO ESPECIAL DE LA EMPRESA LIBRO REGISTRO DE ACCIONES.
- ACCION ORDINARIA: TIENE LA CARACTERISTICA DE CONCEDER A SU TITULO CIERTOS DERECHOS DE PARTICIPACION EN LA SOCIEDAD EMISORA, ENTRE LOS CUALES ESTA RECIBIR DIVIDENDOS Y EL DERECHO AL VOTO EN LA ASAMBLEA.
- ACCION PRIVILEGIADA: UN DERECHO PREFERENCIAL PARA SU REEMBOLSO EN CASO DE LIQUIDACION, CUALQUIER OTRA PRERROGATIVA DE CARÁCTER EXCLUSIVAMENTE ECONOMIOC.
- ACCION DE GOCE: ES LA QUE SE LE ENREGA A UN SOCIO PARA COMPENSAR ACCIONES DE SERVICIO.
- ACCION CON DIVIDENDO PREFERENCIAL Y SIN DERECHO A VOTO: SE DA A SU POSEEDOR PRIORIDAD EN EL PAGO DE DIVIDENDO Y/O EN CASO DE DISOLUCION DE LA EMPRESA, EL REEMBOLSO DEL CAPITAL. TIENE PRERROGATIVA DE CARÁCTER ECONOMICO QUE PUEDEN SER ACOMULATIVAS , SEGÚN LOS ESTATUTOS.
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