Legislacion Laboral
Enviado por angela12tlv • 23 de Abril de 2013 • 1.060 Palabras (5 Páginas) • 274 Visitas
1. Después de analizar su contenido ¿De qué forma diferencia la ley N° 28518 las prácticas pre profesionales de las prácticas profesionales? Complete el cuadro siguiente con sus conclusiones:
Prácticas pre profesionales Prácticas profesionales
Ley 28518 se refiere a las prácticas pre profesionales (aprendizaje) en su artículo 12º
Cuando se refiere a los practicantes profesionales la Ley 28518 lo hace en su Artículo 13º
Se realizan cuando aun no te has recibido y/o no tienes tu titulo, es denominado APRENDIZ
Se realiza al acabar la formación teórica a fin de fortalecer tus conocimientos de forma práctica. Son PRACTICANTES
Prácticas pre profesionales cumplen una jornada no mayor a 6 horas diarias o 30 semanales.
Cumplen una jornada normal de 8 horas diarias o 48 semanales
La duración es hasta culminar los estudios
El tiempo no puede exceder los 12 meses
Busca formar conocimientos y habilidades
Busca consolidar los conocimientos ya adquiridos
Recibe un descanso subvencionado por cada año realizado de prácticas, siendo así durante el periodo de relación con la empresa
Si se cumple un año de prácticas el practicante tendrá derecho a que le subvencionen 15 días de descanso al cumplir un año de practicas
Se realiza mediante un convenio entre:
1. Una empresa.
2. Una persona en formación y
3. Un Centro de Formación Profesional
Se realiza mediante un Convenio de Práctica Profesional que se celebra entre:
1. Una empresa
2. Una persona que egresa de un Centro de Formación Profesional o Universidad
3. ¿De qué manera la ley N° 28518 se relaciona con la libertad sindical?
La ley de formación laboral busca la adecuada preparación y desempeño en actividades económicas mediante la adquisición y mejora de los conocimientos teóricos en diferentes empresas, brindado facilidades, beneficios y derechos que permitan un adecuado desenvolvimiento bajo estándares y regulaciones de ley.
Esto es sin duda una similitud con los sindicatos, que buscan también mejoras en sus derechos laborales,
Es así que la relación directa entre ambos se ve de muchas y distintas formas, entre las cuales sobresalen las siguientes:
- Fomentar la capacitación y formación laboral de los trabajadores como un mecanismo de mejoramiento de sus ingresos y la productividad del trabajo
- Unificar las normas sobre contratación laboral y consolidar los beneficios sociales existentes.
- Incentivar el pleno uso de la capacidad instalada existente en las empresas, dentro del marco de programas de reactivación económica.
- Defender no solo sus beneficios económicos si no también los laborales, que les permitan un adecuado ambiente de labores con facilidades y competencias del mercado.
Se parte entonces de la idea del derecho de asociación que aplicado al ámbito de las relaciones laborales reconoce la posibilidad de conformar sindicatos u otras organizaciones colectivas cuyo objetivo principal es la defensa de los intereses de los trabajadores, fundada en dos ideas:
Las relaciones colectivas favorecen más a los trabajadores.
La asociación es un derecho de los trabajadores, por lo que ningún trabajador puede ser obligado ni constreñido a asociarse en contra de su voluntad, es decir, el derecho de asociarse se funda en la libertad. Se fomente de forma:
Individual
El derecho de sus titulares a organizarse en la forma que estimen más conveniente para la mejor
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